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Pág. 219166 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de marzo de 2002 Declaran infundada apelación de reso- lución referida a permiso de pesca solicitado por Empresa Pesquera Mike- vi S.C.R.L. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 021-2002-PE Lima, 4 de marzo del 2002 Visto el expediente con escrito de Registro Nº 07573002, del 12 de noviembre del 2001, presentado por EMPRESA PESQUERA MIKEVI S.C.R.L. CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 003-96-PE, del 20 de julio de 1996, se dispuso el Censo de Embarcaciones Pesqueras y el Programa de Verificación de Capacidad de Bodega de las embarcaciones mayores de 11.52 de TRN (capacidad de bodega mayor a 30 Toneladas Mé- tricas), con la finalidad de contar con la información actualizada que permitiera regular la actividad de cada pesquería; Que a través del Decreto Supremo Nº 001-97-PE, del 6 de febrero de 1997, se precisó la situación de las embarcaciones pesqueras, consignando en sus Anexos 2 y 3, respectivamente, los listados correspondientes a las embarcaciones censadas con capacidad de bode- ga verificada que no contaban con derecho administra- tivo otorgado o procedimiento en trámite y a las embarcaciones censadas que no cumplieron con la verificación de capacidad de bodega dispuesta por el Decreto Supremo Nº 003-96-PE; Que por Decreto Supremo Nº 002-98-PE, se autorizó a los armadores de las embarcaciones comprendidas en los Anexos 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 001-97-PE, a solici- tar la autorización de incremento de flota y el correspon- diente permiso de pesca, siempre que la normatividad pes- quera vigente permitiera el acceso a la pesquería solicita- da y se cumplieran los requisitos correspondientes del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería; Que, atendiendo al incumplimiento de los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesque- ría, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, me- diante Resolución Directoral Nº 077-2001-PE/DNEPP, del 25 de mayo del 2001, se declaró improcedente la solicitud presentada por EMPRESA PESQUERA MIKEVI S.C.R.L. a fin de excluir a la embarcación pesquera de su propiedad "PETSA 3" del Anexo 3 del Decreto Supremo Nº 001-97- PE e incluirla en el Anexo 2 de dicha norma, solicitud que fuera encausada como una de permiso de pesca en virtud de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 002-98-PE. Asimismo, a través de la referida resolución directoral se declaró improcedente la solicitud de prórroga del plazo para presentar los requisitos correspondientes al permiso de pesca, considerando que había transcurrido en exceso el plazo de 30 días solicitado; Que mediante Resolución Directoral Nº 271-2001-PE/ DNEPP, del 16 de octubre del 2001, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por EMPRESA PESQUERA MIKEVI S.C.R.L. contra la Resolución Direc- toral Nº 077-2001-PE/DNEPP, como consecuencia de no sustentarse en nueva prueba instrumental; Que a través del escrito del visto, EMPRESA PES- QUERA MIKEVI S.C.R.L. interpone recurso de apela- ción contra la Resolución Directoral Nº 271-2001-PE/ DNEPP, alegando la nulidad de la Resolución Directo- ral Nº 077-2001-PE/DNEPP, por cuanto declaró impro- cedente su solicitud relativa a la inclusión de su em- barcación "PETSA 3" en el Anexo 2 del Decreto Supre- mo Nº 001-97-PE, encausándola indebidamente como un procedimiento de permiso de pesca y requiriéndole requisitos propios de una embarcación operativa, cuan- do, según sostiene, oportunamente había sido puesto en conocimiento de la Administración que la referida embarcación se encontraba en reconstrucción y por tanto inoperativa, situación que a juicio de la recurren- te configuraría en la causal de nulidad prevista en el inciso 1) del Artículo 10º de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General, Ley Nº 27444. Asimismo, como petición alternativa, solicita la suspensión de los efec- tos de la Resolución Directoral Nº 077-2001-PE/DNE- PP y el otorgamiento de un plazo de 12 meses para la culminación de las obras necesarias para devolver la operatividad a la embarcación pesquera "PETSA 3"; Que del análisis del expediente fluye que, mediante escrito del 11 de julio de 1997, la recurrente solicitó ex- cluir a la embarcación pesquera de su propiedad "PETSA 3" del Anexo 3 del Decreto Supremo Nº 001-97-PE e in- cluirla en el Anexo 2 de dicha norma y, adicionalmente, solicitó se le reservase el derecho de solicitar el permiso de pesca para la citada embarcación. Posteriormente, el Decreto Supremo Nº 002-98-PE, autorizó a los armado- res de las embarcaciones comprendidas en los Anexos 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 001-97-PE, a solicitar la au- torización de incremento de flota y el correspondiente permiso de pesca, siempre que la normatividad pesquera vigente permitiera el acceso a la pesquería solicitada y se cumplieran los requisitos correspondientes del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería. En tal sentido, al dictarse el Decreto Su- premo Nº 002-98-PE, para los efectos relativos a la soli- citud de permiso de pesca, carecía de objeto distinguir a las embarcaciones comprendidas ya sea en el Anexo 2 o en el Anexo 3 del Decreto Supremo Nº 001-97-PE, por cuanto los armadores de tanto unas como otras podían solicitar sus correspondientes autorizaciones de incre- mento de flota y permisos de pesca. Así las cosas y considerando que la recurrente no había sustentado los motivos para reservar su derecho a solicitar su permiso de pesca, se procedió a encausar su solicitud como un permiso de pesca, lo cual le fue debidamente notificado a fin de permitir el ejercicio de su derecho de oposición, decisión que, no obstante, fue consentida por la recurren- te solicitando incluso -sin fundamento jurídico que lo sustente- un plazo adicional para la presentación de los requisitos correspondientes, aceptando de esta forma la determinación de la Administración, por lo que se conclu- ye que no se configura en el presente caso la causal de nulidad alegada, toda vez que el pronunciamiento emitido por Resolución Directoral Nº 077-2001-PE/DNEPP se ha ajustado lo establecido en la Constitución y las leyes; Que, de otro lado, la recurrente no ha desvirtuado los fundamentos que dieron mérito a la resolución recurrida, ni ha acreditado circunstancias especiales que puedan ha- cer atendible su pretensión alternativa relativa a la suspen- sión de los efectos de la Resolución Directoral Nº 077-2001- PE//DNEPP y al otorgamiento de un plazo adicional de 12 meses para la conclusión de la embarcación pesquera "PETSA 3", por lo que corresponde declarar infundado su recurso de apelación e improcedente su solicitud en ese sentido; De conformidad con lo establecido en los Artículos 43º y 99º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, aplicable al pre- sente caso de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1 de la Primera Disposición Transitoria de la Ley del Procedimien- to Administrativo General, Ley Nº 27444 y de acuerdo a las facultades dispuestas por la Resolución Ministerial Nº 071- 2001-PE; Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar infundado el recurso de apela- ción interpuesto por EMPRESA PESQUERA MIKEVI S.C.R.L. contra la Resolución Directoral Nº 271-2001-PE/ DNEPP, por los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud presen- tada por EMPRESA PESQUERA MIKEVI S.C.R.L. para la suspensión de los efectos de la Resolución Directoral Nº 077-2001-PE//DNEPP, así como el otorgamiento de un pla- zo de doce meses para la culminación de la embarcación pesquera "PETSA 3". Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GONZALES FERNÁNDEZ Viceministro de Pesquería 4790