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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2002 (13/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 219177 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de marzo de 2002 Que, este acto administrativo fue impugnado por el Consorcio VICMER S.A.C. & Los Linces S.A. el cual fue desestimado con Resolución Nº 328/2001.TC-S2 de fecha 17 de agosto de 2001, por lo que en aplicación del Artículo 118º numeral 3 del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, el PRONAP convoca al postor que ocupó el segundo lugar en orden de prelación, otorgándole la Buena Pro a la Empresa de Seguridad, Vigi- lancia y Control S.A.C. - ESVICSAC, por un plazo de cua- tro meses y nueve días (del 23 de agosto al 31 de diciem- bre del 2001), por la suma total de S/. 85,942.04 (Ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos y 04/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Memorándum Nº 054-2001/PRES/VMI/ PRONAP/DAP/UP, de fecha 21 de noviembre de 2001, se remitió a la Dirección de Administración y Presupuesto el pro- yecto de Bases del Concurso Público conducentes a la con- tratación del servicio de vigilancia, siendo diferido en tanto no se defina la situación del PRONAP en lo relativo a local, Plie- go Presupuestal al cual sería transferido, entre otros; Que, mediante Ley Nº 27570 se transfiere el Sector Saneamiento del Ministerio de la Presidencia al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002- EF, de fecha 17 de enero de 2002, se autoriza la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002 del Ministerio de la Presidencia al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, des- tinadas a la ejecución de obras de saneamiento; Que, a finales del mes de enero, el contrato de arren- damiento de local del PRONAP se prorrogó hasta el mes de abril de 2002, concretándose la suscripción de la Adden- da respectiva a inicios del mes de febrero de 2002; Que, de conformidad con el Artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se amplió el Contrato de vigilancia y seguridad por un mes y nueve días, (el cual venció el 9 de febrero de 2002) en tanto se definía la ubicación física de las oficinas del PRONAP, la cual a la fecha y hasta fines de abril mantiene su ubicación actual, existiendo la posibilidad de trasladarse; Que, habiendo transcurrido la máxima prórroga posi- ble, y habiéndose dispuesto la permanencia de la ubica- ción física del PRONAP hasta el término del contrato de alquiler de local, se solicita cubrir el servicio de vigilancia por el período antes mencionado (80 días), para lo cual no se requiere declarar en situación de urgencia la cobertura del referido servicio y en tanto se concreta el traslado de la Sede Administrativa del PRONAP, autorizar la contratación del servicio por este período mediante una Adjudicación de Menor Cuantía hasta por un monto de S/. 55 000,00 con cargo a la Unidad Ejecutora 018 del MTC; Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM señala que están exonerados de los procesos de Concur- so Público las contrataciones que se realicen en situación de urgencia, declaradas de conformidad con la referida ley; Que, el Artículo 21º del citado texto legal señala que se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraor- dinaria e imprevisible de determinado servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la Entidad a la contratación de los servicios por el tiempo necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las contrataciones exoneradas del proceso de Concurso Pú- blico se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, y se aprobarán mediante Resolución del Titu- lar del Pliego, requiriendo de un Informe Técnico Legal previo; Que, asimismo, dicha Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, modificado median- te Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC, señala que la situa- ción de urgencia debe entenderse como una medida tempo- ral, ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de contratar lo indispensable para paliar la ur- gencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selec- ción correspondiente para las contrataciones definitivas;Que, en consecuencia es necesario contratar el servi- cio de seguridad y vigilancia para las instalaciones del Pro- grama Nacional de Agua Potable y Alcantarillado, median- te el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Con el informe favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica y de conformidad con el Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, y su modificatoria aprobada por Decreto Su- premo Nº 079-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia, en vía de regularización, la contratación del servicio de seguri- dad y vigilancia para las instalaciones del Programa Na- cional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP, ubica- das en avenida Alfredo Benavides Nº 2199, Miraflores y avenida Materiales Nº 276, Cercado de Lima. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del proceso de Concurso Público para la contratación del servicio a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar a la Dirección Ejecutiva del Pro- grama Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRO- NAP la contratación del servicio a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución, mediante el proceso de Ad- judicación de Menor Cuantía, hasta por un monto de S/. 55,000.00 (Cincuenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles) por el período de 80 días calendario. Artículo 4º.- La contratación del servicio a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución se realizará con car- go a recursos de la Unidad Ejecutora 018 del Programa Na- cional de Agua Potable y Alcantarillado del Ministerio de Trans- portes Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución, así como el In- forme Técnico Nº 001-2002/MTC.15.24.PRONAP/DAP/UL y el Informe Legal, serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 4857 Designan representante ante la Comi- sión encargada de coordinar la defen- sa del Estado Peruano en proceso judi- cial iniciado en los EE.UU. referente al arrendamiento y opción de compra de aeronave RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 148-2002-MTC/15.01 Lima, 12 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2002-JUS se creó una Comisión encargada de coordinar la defensa de los intereses del Estado Peruano en relación a la con- troversia derivada del Contrato de Arrendamiento Nº 010- DIDE-DEJA-2000 y de su Addendum ante la Corte del Undécimo Circuito Judicial del Condado de Dade, Estado de Florida, Estados Unidos de América y en cualquier otra acción legal que pudiera iniciarse en dicho país con rela- ción a los documentos antes mencionados, la misma que gozará de las más amplias facultades de representación; Que, en el Artículo 2º del mencionado Decreto Supre- mo se señala que la Comisión estará integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al representante del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción ante la citada Comisión; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 27549;