Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2002 (13/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 13 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, este acto administrativo fue impugnado por el Consorcio VICMER S.A.C. & Los Linces S.A. el cual fue desestimado con Resolucion Nº 328/2001.TC-S2 de fecha 17 de agosto de 2001, por lo que en aplicacion del Articulo 118º numeral 3 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el PRONAP convoca al postor que ocupo el MORDAZA lugar en orden de prelacion, otorgandole la Buena Pro a la Empresa de Seguridad, Vigilancia y Control S.A.C. - ESVICSAC, por un plazo de cuatro meses y nueve dias (del 23 de agosto al 31 de diciembre del 2001), por la suma total de S/. 85,942.04 (Ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos y 04/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Memorandum Nº 054-2001/PRES/VMI/ PRONAP/DAP/UP, de fecha 21 de noviembre de 2001, se remitio a la Direccion de Administracion y Presupuesto el proyecto de Bases del Concurso Publico conducentes a la contratacion del servicio de vigilancia, siendo diferido en tanto no se defina la situacion del PRONAP en lo relativo a local, Pliego Presupuestal al cual seria transferido, entre otros; Que, mediante Ley Nº 27570 se transfiere el Sector Saneamiento del Ministerio de la Presidencia al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002EF, de fecha 17 de enero de 2002, se autoriza la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 del Ministerio de la Presidencia al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, destinadas a la ejecucion de obras de saneamiento; Que, a finales del mes de enero, el contrato de arrendamiento de local del PRONAP se prorrogo hasta el mes de MORDAZA de 2002, concretandose la suscripcion de la Addenda respectiva a inicios del mes de febrero de 2002; Que, de conformidad con el Articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se amplio el Contrato de vigilancia y seguridad por un mes y nueve dias, (el cual vencio el 9 de febrero de 2002) en tanto se definia la ubicacion fisica de las oficinas del PRONAP, la cual a la fecha y hasta fines de MORDAZA mantiene su ubicacion actual, existiendo la posibilidad de trasladarse; Que, habiendo transcurrido la MORDAZA prorroga posible, y habiendose dispuesto la permanencia de la ubicacion fisica del PRONAP hasta el termino del contrato de alquiler de local, se solicita cubrir el servicio de vigilancia por el periodo MORDAZA mencionado (80 dias), para lo cual no se requiere declarar en situacion de urgencia la cobertura del referido servicio y en tanto se concreta el traslado de la Sede Administrativa del PRONAP, autorizar la contratacion del servicio por este periodo mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia hasta por un monto de S/. 55 000,00 con cargo a la Unidad Ejecutora 018 del MTC; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM senala que estan exonerados de los procesos de Concurso Publico las contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la referida ley; Que, el Articulo 21º del citado texto legal senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la Entidad a la contratacion de los servicios por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las contrataciones exoneradas del MORDAZA de Concurso Publico se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico Legal previo; Que, asimismo, dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado mediante Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal, ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones definitivas;

Que, en consecuencia es necesario contratar el servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia, en via de regularizacion, la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP, ubicadas en avenida MORDAZA MORDAZA Nº 2199, Miraflores y avenida Materiales Nº 276, Cercado de Lima. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizar a la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por un monto de S/. 55,000.00 (Cincuenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles) por el periodo de 80 dias calendario. Articulo 4º.- La contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a recursos de la Unidad Ejecutora 018 del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado del Ministerio de Transportes Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico Nº 001-2002/MTC.15.24.PRONAP/DAP/UL y el Informe Legal, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 4857

Designan representante ante la Comision encargada de coordinar la defensa del Estado Peruano en MORDAZA judicial iniciado en los EE.UU. referente al arrendamiento y opcion de compra de aeronave
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 148-2002-MTC/15.01 MORDAZA, 12 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2002-JUS se creo una Comision encargada de coordinar la defensa de los intereses del Estado Peruano en relacion a la controversia derivada del Contrato de Arrendamiento Nº 010DIDE-DEJA-2000 y de su Addendum ante la Corte del Undecimo Circuito Judicial del Condado de Dade, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA y en cualquier otra accion legal que pudiera iniciarse en dicho MORDAZA con relacion a los documentos MORDAZA mencionados, la misma que gozara de las mas amplias facultades de representacion; Que, en el Articulo 2º del mencionado Decreto Supremo se senala que la Comision estara integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al representante del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ante la citada Comision; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Nº 27549;

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