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Pág. 219174 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de marzo de 2002 SALUD Aprueban la Directiva Nº 006-2002-OGA- SA referida a la "Adquisición centralizada de medicamentos para las direcciones de Salud, hospitales, institutos especializa- dos del Pliego 011-M. de Salud" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 488-2002-SA/DM Lima, 6 de marzo del 2002 Visto el Oficio Nº 440-2002-OGA/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial el Titular del Plie- go, centralizó las adquisiciones de medicamentos corres- pondiente a las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupues- tal del Ministerio de Salud, a través de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, para dichos fines es necesario dictar lineamien- tos normativos de carácter interno orientados a la mejor implementación de las medidas señaladas en los conside- randos precedentes; Que, con las visaciones de las Oficina General de Admi- nistración, la Oficina de Asesoría Jurídica; con la opinión favorable del Viceministro; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 6) del Ar- ticulo 3º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 006-2002-OGA-SA "DIRECTIVA PARA LA ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE MEDICAMENTOS PARA LAS DIRECCIONES DE SALUD, HOSPITALES INSTITUTOS ESPECIALIZADOS DEL PLIE- GO 011 - MINISTERIO DE SALUD". Artículo 2º.- La máxima autoridad administrativa de cada Unidad Ejecutora del Pliego 011; Ministerio de Salud, será responsable del cumplimiento de la presente Directiva. Artículo 3º.- Disponer que mientras se encuentre en pro- ceso de selección la adquisición de medicamentos, detallados en el Petitorio Nacional de Medicamentos aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 308-98-SA/DM, las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados, según corresponda, podrán adquirir aquellos medicamentos que en su proyección se muestren deficitarios al 30 de junio del 2002, y sólo para garantizar su abastecimiento durante el período del Segundo Trimestre correspondiente al ejercicio presupuestal. Artículo 4º.- Derógase la Resolución Ministerial Nº 336- 2001-SA/DM, y las demás Disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud DIRECTIVA Nº 006-2002-OGA/MINSA ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE MEDICAMENTOS PARA LAS DIRECCIONES DE SALUD, HOSPITALES E INSTITUTOS ESPECIALIZADOS DEL PLIEGO 011 - MINISTERIO DE SALUD I. FINALIDAD Y ALCANCE La presente Directiva tiene por finalidad establecer los lineamientos para la convocatoria a Licitación Pública para la Adquisición Centralizada de Medicamentos para las Di- recciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados del Pliego 011- Ministerio de Salud. Las normas de la presente Directiva alcanzan a todos los funcionarios y servidores que intervienen en los procedimientos de los Sistemas Administrativos del nivel institucional, deriva- dos del referido proceso de selección, con la finalidad de ad- quirir los productos de la mejor calidad y al más bajo precio. Para el caso de unidades operativas denominadas Cen- tro de Salud, Puestos de Salud y CLAS, pertenecientes a una Dirección de Salud, esta última a través de su Unidad Ejecutora efectuará los procesos administrativos respecti- vos.La adquisición centralizada a la que se refiere la presen- te Directiva se hará sólo por medicamentos de conformi- dad con el D.S. Nº 0062-2001-PCM. II. BASE LEGAL Constituyen Base Legal de la presente Directiva las si- guientes disposiciones: - Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado". - Ley Nº 27573 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2002". - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decre- to Supremo Nºs. 012 y 013-2001-PCM, respectivamente. - Ley Nº 27657 "Ley del Ministerio de Salud". - Decreto Supremo Nº 062-2001-PCM que exonera al MINSA, entre otras dependencias, de la aplicación de los literales a) y b) del inciso 1) del Artículo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. - Resolución Ministerial Nº 470-2002-SA/DM que dis- pone centralizar las adquisiciones de medicamentos e Insu- mos médicos de las Unidades Ejecutoras del Pliego Pre- supuestal a través de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud. - Ley Nº 27143 "Ley de Promoción Temporal del Desa- rrollo Productivo Nacional" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2000-PCM. - Ley Nº 27633 que modifica el Artículo Único y la segun- da disposición final de la Ley Nº 27143. - R.M. Nº 308-98-SA-DM que aprueba el Petitorio Nacio- nal de Medicamentos Esenciales. - R.M. Nº 084-2000-SA/DM que dicta normas sobre administración de fondos rotatorios, concernientes a la comercialización de medicamentos esenciales y material quirúrgico u odontológico. III. CRITERIOS PARA LA ADQUISICIÓN CENTRA- LIZADA Se incluirán en la presente convocatoria a Licitación Pública los medicamentos de consumo masivo de la po- blación y de alto impacto en el presupuesto, identificados mediante su Denominación Común Internacional (DCI), y que se encuentran dentro del listado de medicamentos señalados en la R.M. Nº 308-98-SA-DM que aprueba el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales. Podrán participar todos los postores nacionales o extran- jeros interesados, sin hacer distinción del lugar de ubica- ción de su planta industrial o del lugar de procedencia y origen del producto ofertado. En la calificación de la propuesta técnica y económica de la oferta de medicamentos se agregará un 20% adicio- nal a la calificación final de los postores nacionales, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27633 que modifica la Ley Nº 27143 "Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional". Mientras se encuentre en proceso de selección la adquisi- ción de medicamentos materia de la presente directiva y deta- llados en Anexo adjunto, las Direcciones de Salud, Hospita- les e Institutos Especializados, según corresponda, podrán adquirir aquellos que en su proyección se muestren deficita- rios al 30 de junio del 2002, sólo hasta por la Modalidad de Adjudicación Directa de conformidad con los Decretos Su- premos Nºs. 012 y 013-2001-PCM; y que garanticen su abas- tecimiento durante el período del Segundo Trimestre corres- pondiente al presente ejercicio presupuestal. IV. PROCEDIMIENTOS 4.1 Se conformará un Equipo de Trabajo para conducir la formulación de requerimiento de los medicamentos a Li- citar. Dicho equipo será presidido por un representante de la Oficina General de Administración del MINSA y estará conformado por: a. Un representante de la Dirección Ejecutiva de Logísti- ca del MINSA. b. Un representante de DIGEMID. c. Un representante de la DGSP. d. Un representante del PAAG. 4.2 Selección de medicamentos esenciales La selección de los productos se efectuará sobre la base de los medicamentos señalados en la R.M. Nº 308-98-SA-DM que aprueba el Petitorio Nacional de Medicamentos Esencia-