Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2002 (15/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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Entidades Prestadoras bajo su ambito de competencia, con relacion a los servicios prestados por estas. Articulo 6º.- Procedimiento de Oficio 6.1. Formulacion de la propuesta de fijacion o revision de los precios regulados La Gerencia de Estudios Economicos es el organo competente para elaborar la propuesta integral de fijacion o revision de los precios regulados a que se refiere el Articulo 1º de la presente MORDAZA, incluyendo el proyecto normativo correspondiente. Dicha propuesta se elaborara en el MORDAZA de lo dispuesto por los Lineamientos Metodologicos. Para los fines a que se contrae el parrafo precedente, la Gerencia de Estudios Economicos contara con un plazo de sesenta (60) dias, excepcionalmente prorrogables por unica vez a treinta (30) dias adicionales. La Gerencia General contara con un plazo de siete (7) dias para evaluar y aprobar la propuesta elaborada por la Gerencia de Estudios Economicos, con el fin de someterla a consideracion del Consejo Directivo, quien, de no haber observaciones, aprobara la prepublicacion de la propuesta en el Diario Oficial El Peruano, la fecha y el lugar de celebracion de la Audiencia Publica, a que se refiere el Articulo 9º del Decreto Supremo, y la difusion de la propuesta en la pagina web institucional. Para los fines a que se refiere el parrafo precedente, el Consejo Directivo contara con un plazo de veinte (20) dias. Los interesados contaran con un plazo de treinta (30) dias para remitir a OSITRAN sus comentarios, observaciones o aportes, contados a partir de la publicacion. La Audiencia Publica se llevara dentro de los veinte quince (20) posteriores al vencimiento del plazo de recepcion de los comentarios, observaciones o aportes de los interesados. En dicha Audiencia Publica, se expondra la Metodologia, estudios, informes, y otros elementos que hayan servido de base para la elaboracion de la propuesta de fijacion o revision de los precios regulados. En caso que se produzca una variacion en la metodologia utilizada, MORDAZA sera publicada en la pagina web institucional al menos quince (15) dias MORDAZA de llevarse a cabo la referida Audiencia Publica. 6.2. Aprobacion de la propuesta de fijacion o revision del precio regulado Una vez que hayan sido debidamente evaluados y procesados los comentarios, observaciones o aportes de los interesados, la Gerencia de Estudios Economicos presentara ante la Gerencia General, en un plazo de diez (10) dias, la metodologia y propuesta final de fijacion o revision del precio regulado, asi como el proyecto normativo correspondiente. En un plazo de siete (7) dias, la Gerencia General evaluara y aprobara la propuesta final que establezca el precio regulado materia de fijacion o revision, luego de lo cual la sometera a la aprobacion del Consejo Directivo. El Consejo Directivo contara con un plazo de veinte (20) dias para aprobar la referida propuesta final y emitir la Resolucion tarifaria para la publicacion, notificacion y difusion correspondiente. Articulo 7º.- Procedimiento a solicitud de las Entidades Prestadoras 7.1. Solicitud de la Entidad Prestadora La solicitud de fijacion o revision de los precios regulados a que se refiere el Articulo 1º del presente procedimiento, comprende la metodologia y estudios sustentatorios que sirven de base a la propuesta de fijacion o revision del precio regulado solicitada por la Entidad Prestadora. Los requisitos de informacion que debera tener toda solicitud seran establecidos en los Lineamientos Metodologicos a que se refiere el Articulo 2º de la presente Resolucion. La unidad de recepcion de la solicitud es la Secretaria General de OSITRAN . En el caso que la solicitud no cumpla los requisitos establecidos para su admision, se otorgara el plazo MORDAZA de subsanacion establecido por la Ley del Procedimiento Administrativo General. Vencido este, sin que el solicitante MORDAZA cumplido con subsanar lo pertinente, la solicitud se considerara como no presentada. 7.2. Analisis de Procedencia de la solicitud Si la solicitud es admitida a tramite, la Gerencia Legal realizara el analisis de procedencia correspondiente en un plazo de quince (15) dias, con el fin de presentar el informe y el proyecto normativo correspondiente ante la Gerencia General.

La Gerencia General contara con un plazo de siete (7) dias para evaluar y declarar la procedencia de la solicitud. La entidad prestadora podra apelar la Resolucion de la Gerencia General que declare improcedente la solicitud dentro de los plazos establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. 7.3. Evaluacion de la solicitud de la Entidad Prestadora La Gerencia de Estudios Economicos contara con un plazo de sesenta (60) dias excepcionalmente prorrogables por un periodo de treinta (30) dias adicionales, para evaluar la metodologia y propuesta de fijacion o revision del precio regulado a que se refiere la solicitud de la Entidad Prestadora, con el fin de presentar ante la Gerencia General el Informe y el proyecto normativo correspondiente. En un plazo de siete (7) dias, la Gerencia General evaluara y aprobara el referido informe y lo sometera a consideracion del Consejo Directivo, quien dentro de un plazo de veinte (20) dias y de no haber observaciones, aprobara su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano. En dicha publicacion, se incluira la fecha y el lugar en la que se llevara a cabo la Audiencia Publica a la que se refiere el Articulo 9º del Decreto Supremo. Asi mismo, el Consejo Directivo dispondra la difusion del Informe de la Gerencia de Estudios Economicos en la pagina web institucional. Para los fines a que se refiere el parrafo precedente, los interesados contaran con un plazo de treinta (30) dias, contados a partir de la publicacion, para remitir a OSITRAN sus comentarios, observaciones o aportes. La Audiencia Publica se llevara a cabo dentro de los veinte (20) dias siguientes al vencimiento del plazo de recepcion de los comentarios, observaciones o aportes de los interesados. En dicha Audiencia Publica, se expondra la Metodologia, estudios, informes, y otros elementos que hayan servido de base para la elaboracion del Informe de la Gerencia de Estudios Economicos. En caso que se produzca una variacion en la metodologia utilizada, MORDAZA sera publicada en la pagina web institucional al menos quince (15) dias MORDAZA que llevarse a cabo la referida Audiencia. 7.4. Aprobacion de la propuesta de fijacion o revision del precio regulado Una vez que hayan sido debidamente evaluados y procesados los comentarios, observaciones o aportes de los interesados, la Gerencia de Estudios Economicos, en un plazo de quince (15) dias, presentara ante la Gerencia General el Informe que establezca el precio regulado materia de fijacion o revision, asi como el proyecto normativo correspondiente. En un plazo de siete (7) dias, la Gerencia General evaluara y aprobara el referido informe, y lo sometera a consideracion del Consejo Directivo. El Consejo Directivo contara con un plazo de veinte (20) dias para aprobar el Informe de la Gerencia de Estudios Economicos y emitir la correspondiente Resolucion tarifaria. Articulo 8º.- Recursos Frente a las Resoluciones que establezcan tarifas en via de fijacion o de revision, la entidad prestadora podra interponer el Recurso de Reconsideracion ante el Consejo Directivo de OSITRAN, observandose lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley Nº 27444). Titulo III Disposiciones Finales Primera.- En materia de fijacion y revision de los precios regulados a que se refiere el Articulo 1º, el presente procedimiento es de aplicacion en cuanto no se oponga a lo especificamente establecido en los respectivos contratos de concesion de infraestructura de transporte de uso publico. Segunda.- La referencia a "dias" en el presente procedimiento, se entendera referida a dias calendario. Tercera.- El Consejo Directivo de OSITRAN puede declarar expresamente la confidencialidad de determinada informacion a que hace referencia el Articulo 5º del Decreto Supremo. Cuarta.- Autoricese al Presidente del Consejo Directivo de OSITRAN, para que dentro del MORDAZA de lo dispuesto en el presente procedimiento, y con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo, dicte las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para su cumplimiento.

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