Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2002 (16/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 16 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal establece que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado o en forma fraccionada. En el presente caso el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial fue prorrogado mediante el Decreto de Alcaldia Nº 0032002/MJM; Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 84 se aprobo las Tasas de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana correspondiente al ejercicio 2002, para la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, estableciendose el vencimiento de la primera cuota para el dia 15 de marzo del 2002; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF en su Articulo 29º establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con cargo de dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de marzo del presente ano el vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ano 2002. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion de Tributos y Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 5117

locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, mediante los documentos de vistos, la Direccion de Rentas y la Oficina de Asesoria Juridica, opinan de la necesidad de contratar a un Estudio de Abogados que brinde a la entidad sus servicios profesionales para la recuperacion de la deuda que mantiene Electrolima con esta entidad, la misma que asciende a la suma de S/. 7,944,434.00 (siete millones novecientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y 00/100 nuevos soles), mas los intereses de ley que se hubieren generado; Que, mediante Informe Nº 014-02-OAJ/MDLV, la Oficina de Asesoria Juridica, emite opinion favorable y determina que se ha configurado la causal de exoneracion prevista en el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hecho que debe corroborado por el Concejo Municipal; De conformidad con el inciso h) de los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2002-PCM, los Articulos 111º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-PCM y en uso de sus facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo; ACORDO: Articulo 1º.- Exonerar a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del Estudio de Abogados de la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ibanez, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar que los servicios personalisimos en mencion, MORDAZA contratados mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Encargar a la Unidad de Logistica la contratacion de los servicios exonerados y disponer que este mismo organo remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan la exoneracion; a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 4952

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Autorizan contratacion mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia de estudio de abogados para encargarse de recuperacion de deuda
ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-02-MDLV La MORDAZA, 28 de febrero del 2002 EL MORDAZA DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, y vistos los Informes Nº 014-02-DM/MDLV de la Direccion de Rentas y el Informe Nº 014-02-OAJ/MDLV de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2002PCM, las contrataciones para servicios personalisimos estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica o Adjudicacion Directa que les correspondan, debiendo utilizar el procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia conforme a lo dispuesto por el Articulo 116º del Reglamento de la Ley aprobado por D.S. Nº 013-2002PCM; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la precitada MORDAZA, establece que son servicios personalisimos los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Establecen regimen tributario de Arbitrios de Limpieza Publica y de Parques y Jardines para el ano 2002
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 058/ML Lurin, 6 de febrero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 6 de febrero del 2002, el Proyecto de Ordenanza sobre Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Ano 2002, presentado por la Oficina de Rentas mediante Informe Nº 010-2002-ML-OR; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales Autonomia Politica, Economica y Ad-

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