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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2002 (16/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 219400 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de marzo de 2002 cumento que contiene las estipulaciones, que bajo el rubro "Apoyo a una Reforma del Sistema Procesal Penal en el Perú" proporciona la Cooperación Alemana al Desarrollo, representado por su Director Peter Luhmann. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento la presen- te resolución al Ministerio de Justicia, Tribunal Consti- tucional, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magis- tratura y Academia de la Magistratura, para los fines perti- nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE CALDERÓN CASTILLO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 5081 Crean Quinto Juzgado Especializado en lo Penal Permanente de la Corte Supe- rior de Justicia de Loreto RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 022-2002-CE-PJ Lima, 15 de marzo del 2002 VISTOS: Los Oficios Nºs. 001, 0115 y 0116-2002-P-CSJLO/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y el Informe Nº 026-2002-SEP-GP-GG de la Gerencia Ge- neral del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto solicita a este Órgano de Gobierno la Creación del Quinto Juzgado Especializado en lo Penal Permanente en ese Distrito Judicial, solicitando únicamente la Provisión de la plaza de un Magistrado; Que, la Solicitud efectuada por el Presidente de la Cor- te Superior de Justicia de Loreto se fundamenta en la exis- tencia de diversos procesos que se siguen a ex funciona- rios del Estado por el delito de Peculado y contra la Admi- nistración Pública, que por su complejidad, número de per- sonas involucradas, cuantía de la denuncia, gravitancia so- cial y otros, hacen recomendable la designación de un Juez que se avoque a sustanciar los mismos, a cuyo término asumirá la carga procesal pendiente de los otros Juzga- dos; Que, en efecto, la creación del Quinto Juzgado Espe- cializado en lo Penal Permanente en Loreto, contribuirá a resolver los procesos contra ex funcionarios del Consejo Transitorio de Administración Regional de Loreto - CTAR- Loreto, los que alcanzan a más de 102 denunciados, por el delito de Peculado, contra la Fe Pública y otros, asumiendo posteriormente la carga procesal pendiente de los otros Juzgados excepto los que estén para sentencia, previa re- distribución, lo que coadyuvará a la mejor administración de justicia en esa zona del país; Que, el Informe Nº 026-2002-SPR-GDI-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibili- dad técnica y financiera de la creación del Quinto Juzgado Especializado en lo Penal Permanente en Loreto, al reque- rir sólo la plaza del Juez Especializado, toda vez que el Presidente de la Corte procederá a redistribuir el personal Auxiliar necesario, equipo, mobiliario e infraestructura ne- cesaria para que funcione el mismo; Que, de conformidad con el texto modificado del Ar- tículo 82º, inciso 24), de la Ley Orgánica del Poder Ju- dicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está fa- cultado para crear y suprimir Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero Calderón Castillo, en sesión extraordinaria de la fe- cha, por unanimidad;RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Quinto Juzgado Especia- lizado en lo Penal Permanente en la Corte Superior de Jus- ticia de Loreto. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a realizar las acciones co- rrespondientes para el cumplimiento de la presente resolu- ción. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, a la Fiscal de la Nación, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 5100 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ONPE Aceptan invitaciones para que funciona- rios de la ONPE participen en semina- rios sobre medios de comunicación, gobernabilidad y conflictos sociales, a realizarse en Argentina RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 072-2002-J/ONPE Lima, 14 de marzo de 2002 Vistos, la invitación del Director del Programa Medios de Comunicación y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer, de fecha 8 de marzo del año en curso, al señor Fernando Tuesta Soldevilla, Jefe Nacio- nal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que asista del 18 al 22 de marzo del año en curso, inclusi- ve, a las ciudades de Buenos Aires, La Plata y Córdoba de la República de Argentina, a participar en el ciclo de semi- narios internacionales "Medios de Comunicación, Gober- nabilidad y Conflictos Sociales"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 26487, Ley Orgáni- ca de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE es función esencial del citado organismo velar por la ob- tención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de refe- réndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, según el documento de Vistos, el Jefe Nacional de la ONPE ha sido invitado a participar en el ciclo de seminarios internacionales "Medios de Comunicación, Gobernabilidad y Conflictos Sociales", a realizarse en las ciudades de Buenos Aires, La Plata y Córdoba de la República de Argentina del 18 al 22 de marzo del año en curso, inclusive; Que el Jefe Nacional de la ONPE ha sido invitado a participar en calidad de panelista, motivo por el cual duran- te el ciclo de seminarios los gastos que irrogue dicho viaje serán cubiertos por la Fundación Konrad Adenauer; Que el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electo- rales es responsable de normar, coordinar y desarrollar el funcionamiento y organización de dicho organismo, de con- formidad con lo establecido por el Artículo 13º de la Ley Nº 26487; Que el literal h) del Artículo 9º del Reglamento de Or- ganización y Funciones –ROF- de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 482-2001-J/ONPE, establece que es función del Jefe