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Pág. 219397 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de marzo de 2002 Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa NEGOCIOS GE- NERALES INTERNACIONALES S.A.C., autorización y per- miso de instalación por el plazo de diez (10) años, que in- cluye un período de instalación y prueba de doce (12) me- ses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en UHF, en el dis- trito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda IV Video: 513.25 MHz Audio: 517.75 MHz Canal :21 Indicativo :OAS-7M Potencia :Video: 1 Kw Audio: 0.1 Kw Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta :Jr. Guillermo Billingurst Nº 320 - Puerto Maldonado, distrito y provin- cia de Tambopata, departamento de Madre de Dios. Coordenadas: L.0. 69° 10' 43" L.S. 12° 35' 36" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho pe- ríodo, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando; impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Mi- nisterio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y com- plementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ TÁVARA MARTÍN Viceministro de Comunicaciones 4987 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 125-2002-MTC/15.03 Lima, 11 de marzo de 2002 VISTA, la solicitud formulada por doña MARITZA CA- BALLERO ENRÍQUEZ, para que se le otorgue autoriza- ción para instalar y operar una estación del servicio de ra- diodifusión comercial por Televisión en UHF en la localidad de Puerto Maldonado, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otor- gados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servi- cio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para ins- talar en un lugar determinado equipos de radio- comunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, señalan que para obtener autoriza- ción para prestar servicio de radiodifusión se requiere pre- sentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autori- zación para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros paráme- tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 760-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 872-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Ase- soría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud for- mulada por doña MARITZA CABALLERO ENRÍQUEZ cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a doña MARITZA CABALLERO ENRÍQUEZ, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses improrrogable, para ope- rar una estación del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en UHF, en la localidad de Puerto Maldonado, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, de acuerdo a las siguientes características técni- cas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda IV Video: 525.25 MHz Audio: 529.75 MHz Canal :23 Indicativo :OAS-7N Potencia :Video: 0.2 Kw Audio: 0.02 Kw Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de la Planta :Jr. Gonzales Prada Nº 713, Puerto Maldonado, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios. Coordenadas: L.O. 69° 11' 9" L.S. 12° 35' 46"