Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2002 (20/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 20 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA YESHIKA MORDAZA MORDAZA autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de La Convencion , departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion : BC-FM Frecuencia : 98.7 MHz Indicativo : OBR-7D Potencia : 0.25 Kw. Emision : 256F8E Horario : H24 Ubicacion de los Estudios y Planta : Av. Grau Nº 334-Quillabamba, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. Coordenadas: L.O. 72° 42' 03" L.S. 12° 52' 15" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- MORDAZA YESHIKA MORDAZA MORDAZA esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 5273

La Resolucion Jefatural Nº 135-2002-ORLC/JER.MART, Resolucion Administrativa Nº 018-2002-CE-PJ del primero de febrero y primero de marzo del presente ano respectivamente; y, CONSIDERANDO: La Resolucion Administrativa Nº 018-2002-CE-PJ que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, comprende dentro de la estructura de las Cortes Superiores como Unidad Organica, rubro 14, el procedimiento de inscripcion y reinscripcion de los martilleros publicos, el mismo que debe efectuarse semestralmente en concordancia con la Resolucion Jefatural emitida por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao que autoriza el ejercicio de sus funciones en forma semestral; Que, los senores Martilleros Publicos han presentado sus solicitudes de incorporacion o reincorporacion, segun el caso, para ser considerados en la nomina que esta Presidencia emita correspondiente al primer semestre del presente Ano Judicial; Siendo esto asi, resulta necesario aprobar la indicada nomina habiendo cumplido los citados profesionales con presentar los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, los mismos que se encargaran de efectuar los remates en los procesos judiciales que giran ante los diversos organos jurisdiccionales asi como en los Almacenes Generales de Deposito; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Administrativa Nº 255-2001-P-CSJLI/PJ del 24 de agosto del ano proximo pasado, habilita un Registro de Martilleros Judiciales y lo incorpora transitoriamente en el sistema informatico del REPEJ, siendo conveniente incluir en forma definitiva la nomina de los citados profesionales y el sistema de seleccion aleatoria en la Oficina de Registro de Peritos Judiciales para su supervision y control; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Nomina de Martilleros Publicos para el Primer Semestre del presente ano judicial cuyos nombres aparecen en la relacion que es parte integrante del presente documento. Articulo Segundo.- INCORPORAR la nomina de Martilleros Judiciales asi como el sistema informatico de seleccion aleatoria de dichos profesionales a la Oficina de Registro de Peritos Judiciales (REPEJ). Articulo Tercero.- ENCARGAR al Jefe de la Oficina de REPEJ el cumplimiento de la presente resolucion, debiendo informar trimestralmente a esta oficina el estado del funcionamiento del registro asi como del sistema informatico. Articulo Cuarto.- PONER la presente en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Administracion Distrital y Martilleros Publicos, para los fines pertinentes Registrese, comuniquese, publiquese y archivese.

PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban nomina de martilleros publicos para el primer semestre del ano 2002
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 111-2002-P-CSJLI/PJ MORDAZA, quince de marzo del 2002 Nº 1 2 3 4 5 6

MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA RELACION DE MARTILLEROS PUBLICOS INSCRITOS EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Apellidos y Nombres MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jilmer MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Wilber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Registro Nº 125 63 141 167 84 133

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