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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2002 (26/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 219932 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de marzo de 2002 Que, como única justificación de dicho gasto se esta- bleció la emisión de Resoluciones Ministeriales, no tenién- dose en consideración para el efecto que, en ninguno de estos dispositivos, se eximió al Ministerio del Interior - MI- NINTER del cumplimiento de las normas presupuestales en torno al sustento de dichos gastos; en este sentido, no se puede desconocer los principios de legalidad y subordi- nación subsidiaria que se encuentran consagrados en el Art. 51º de la Constitución Política de 1993 y el Art. 87º de la Constitución de 1979, siendo por tanto de prevalencia la obligación jurídica de custodia y conservación del acervo documentario en su totalidad con observancia de las nor- mas de orden público aplicables sobre la materia, como son entre otros el Decreto Ley Nº 19414 de 16.MAY.72 "Ley de Conservación e Incremento del Patrimonio Documen- tal" y la Ley Nº 25323 de 10.JUN.91 "Creación del Sistema Nacional de Archivos", así como sus Reglamentos apro- bados mediante Decreto Supremo Nº 022-75-ED de 29.OCT.75 y Decreto Supremo Nº 008-92-JUS de 26.JUN.92, respectivamente; situación que permite con- cluir que, de haber existido, debió conservarse en las ins- talaciones de dicho Ministerio; Que, asimismo cabe precisar, que las Resoluciones Ministeriales justificatorias de los gastos de inteligencia tie- nen "carácter de secreto", hecho que estaría contrariando el ordenamiento constitucional vigente, por cuanto el Art. 51º in fine de la Constitución Política del Estado establece que la publicidad es esencial para la vigencia de toda nor- ma del Estado concordantemente con lo establecido por el Art. 109º de la citada Carta Magna; Que, los hechos expuestos han imposibilitado que du- rante el examen practicado la Comisión Auditora verifique el destino real de estos recursos y su utilización en activi- dades propias e inherentes de las Oficinas y/o Direccio- nes que recibieron los recursos, a fin de evaluar el cumpli- miento de metas y objetivos previstos, con el consiguiente hecho del desvío de fondos hacia el Servicio de Inteligen- cia Nacional - SIN, de acuerdo a la información proporcio- nada mediante Comunicación de 23.AGO.2001, la cual adjunta los Oficios Nºs. 280 y 452-DIGIMIN/U.T de 25.JUL.95 y 27.OCT.95, respectivamente, a través de los cuales se remite dinero en efectivo al Jefe del Servicio de Inteligencia Nacional - SIN, por encargo del señor Ministro del Interior, para cubrir los Gastos de Operación del SIN; así como, los Oficios Nºs. 102-93 SIN-10, 256-94 SIN-10, 013-95 SIN-10 y 020-95 SIN-10 de 2.AGO.93, 1.DIC.94, 1.AGO.95 y 2.NOV.95, respectivamente, con los que el Jefe del Servicio de Inteligencia remite la Rendición de Cuen- tas de los fondos asignados para las actividades de inteli- gencia; entidad esta última, que a través de los hechos que son de público conocimiento y que vienen siendo in- vestigados por el órgano jurisdiccional, se cometieron di- versos ilícitos que incluso han sido materia de investigación por este Órgano Superior de Control, habiéndose emitido sendos Informes Especiales; Que, es evidente que al actuar de esta manera se ha ocasionado perjuicio administrativo contra el propio Esta- do, al impedir que los diversos Sistemas existentes en la Administración Pública actúen correctamente, no permitien- do realizar el respectivo control del adecuado uso de los recursos públicos asignados, que debe efectuar tanto el Sistema Nacional de Control y el Sistema Nacional de Ar- chivos lo cual conlleva a contar con la totalidad del acervo documentario, situación que hubiera permitido acreditar el origen y destino de los recursos, así como de otras irregu- laridades de carácter administrativo que han generado la absoluta inobservancia de los Sistemas Administrativos del Ministerio del Interior - MININTER; Que, mediante Oficio Nº 1521-2001-IN-0601 del 13.NOV.2001, el señor Ministro del Interior señala que "se- gún la información proporcionada por las diferentes áreas comprometidas de este Ministerio, no se ha encontrado en los archivos la documentación requerida; encontrándose en la OGA-MIN solamente la copia autenticada de las Re- soluciones Ministeriales que aprueban las Rendiciones de Cuentas, (...)" ; hecho que ratifica la falta de documenta- ción sustentatoria respecto a los gastos de inteligencia efec- tuados por el MININTER; Que, sin perjuicio de los restantes aspectos que vienen siendo procesados por la Comisión Auditora como resulta- do de la acción de control efectuada y que darán lugar opor- tunamente a las acciones que el caso amerite, los hechos precedentemente citados permiten establecer que el ocul- tamiento de los documentos sustentatorios de las activida- des presupuestales como administrativas se ha practica-do excediendo a las atribuciones de los funcionarios en- cargados de las áreas correspondientes incurriendo en la presunta comisión del delito de Abuso de Autoridad, ilícito tipificado y sancionado en el Art. 376º del Código Penal, concurriendo la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Destrucción u Ocultamiento de Documentos, tipificado y sancionado en el Art. 430º del mismo cuerpo normativo. Asimismo se ha atentado contra el normal desenvolvimiento y funcionamiento de la adminis- tración pública en cuanto al cumplimiento de la función pú- blica al dejar de exigirse la rendición conforme lo estable- cía la normativa antes referida, presumiéndose la comi- sión del delito de Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión de Cumplimiento de Funciones, ilícito tipificado y sancionado en el Art. 377º del Código Penal vigente; Que, mediante Resolución Suprema Nº 016-2002-JUS del 31.ENE.2002 se designó al doctor Luis Gilberto Vargas Valdivia como Procurador Público Ad Hoc, a fin que ejerza la defensa de los derechos e intereses del Estado respec- to a los delitos contra la administración pública y otros en agravio del Estado; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 19º Inc. f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, en los casos que la Contraloría General de la Re- pública en la ejecución directa de una acción de control encuentre presunción de acto doloso, dispondrá que el Pro- curador Público inicie las acciones judiciales respectivas contra los presuntos responsables; y, De conformidad con los Arts. 47º de la Constitución Política del Perú y 12º del Decreto Ley Nº 17537, modifi- cado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en coordinación con el señor Procurador Público Ad Hoc, designado median- te Resolución Suprema Nº 016-2002-JUS de 31.ENE.2002 formule y/o gestione la denuncia constitu- cional correspondiente contra los señores ex ministros del Interior señalados en el Informe de Vistos, propician- do la acusación constitucional regulada en los Artículos 99º y 100º de la Constitución Política del Estado, concor- dante con la Ley Nº 26231 de 25.SET.93, conforme a lo establecido en el Artículo 89º del Reglamento del Con- greso de la República y lo dispuesto por la Ley Nº 27399 del 12.ENE.2001; remitiéndosele para el efecto los an- tecedentes correspondientes. Artículo Segundo.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en coordinación con el señor Procurador Público Ad Hoc, designado mediante Resolución Suprema Nº 016-2002-JUS de 31.ENE.2002 formule y/o gestione las acciones legales por los hechos expuestos, en los Informes de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes respectivos. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al señor Presidente del Congreso de la Repú- blica, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 5668 Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comisión de delito comprendidos en el Examen Especial efectuado al Ministe- rio de la Presidencia RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 052-2002-CG Lima, 22 de marzo de 2002 Vistos, el Informe Especial Nº 012-2002-CG/B392, re- sultante del Examen Especial efectuado en el Ministerio de la Presidencia; y,