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Pág. 220435 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de marzo de 2002 ción- exhibirán una hoja informativa en lugar visible de todas sus oficinas. 5. El BCRP mediante inspecciones por personal autori- zado, verificará en ventanilla el cumplimiento de lo dispuesto en los cuatro numerales precedentes. En caso de compro- barse alguna infracción, se levantará el acta de inspección correspondiente (Anexo 1). 6. Las empresas del sistema financiero que infrin- jan las disposiciones de los numerales 1 al 4 serán sancionadas por la primera vez con una multa equiva- lente al 50 por ciento de la Unidad Impositiva Tributa- ria. De comprobarse nuevas faltas, la multa será igual al doble de la aplicada con motivo de la infracción pre- cedente, hasta un límite equivalente a diez Unidades Impositivas Tributarias, monto que continuará rigien- do para las infracciones que pudieran ocurrir durante el período de progresividad a que se refiere el nu- meral 11. El importe de las multas será calculado sobre la base de la U.I.T. vigente al momento de aplicárselas. 7. Las multas serán impuestas por el Gerente Ge- neral del BCRP y notificadas a la empresa infractora con copia de la correspondiente acta de inspección. La empresa deberá poner inmediatamente en conocimiento de su Directorio la imposición de la multa, y remitir al BCRP copia de la parte pertinente del acta respectiva en un plazo no mayor de 10 días útiles de realizada la sesión. La resolución del Gerente General del BCRP puede ser objeto de recurso de reconsideración por parte de la empresa infractora, el mismo que deberá interponer- se ante dicha autoridad dentro de los 15 días hábiles de notificada la resolución, sustentándose en nueva prueba instrumental y cumpliendo los requisitos seña- lados en el Artículo 113° de la Ley Nº 27444. El Geren- te General resolverá el recurso dentro de los 30 días hábiles de presentado. Vencido dicho término, sin que se haya resuelto el recurso, se entenderá denegado. Este recurso es opcional y su no interposición no impi- de el ejercicio del recurso de apelación. Contra lo resuelto por el Gerente General puede inter- ponerse recurso de apelación, el cual deberá presentarse dentro de los 15 días hábiles de notificada la resolución y sustentarse en diferente interpretación de las pruebas pro- ducidas o sustentarse en cuestiones de puro derecho, cum- pliéndose, además, con los requisitos señalados en el Ar- tículo 113° de la Ley Nº 27444. El recurso de apelación será presentado ante el Ge- rente General y resuelto por el Directorio del BCRP dentro de los 30 días hábiles de presentado. Vencido dicho térmi- no, sin que haya sido resuelto el recurso, se entenderá de- negado. 8. El plazo para el pago de las multas será de cin- co días hábiles siguientes a la notificación de la san- ción. El pago se hará en cualquiera de las oficinas del BCRP. 9. De no pagarse las multas dentro del plazo señalado en el numeral 8, se aplicará sobre su monto un recargo igual a 1,5 veces la Tasa de Interés Promedio Activa en Moneda Nacional (TAMN). Dicho recargo se devengará hasta que tenga lugar la cancelación. 10. La falta de pago de la multa y sus recargos faculta al BCRP a iniciar el procedimiento de cobranza coactiva, conforme a lo establecido en el Artículo 76º de su Ley Or- gánica. 11. El período de progresividad será coincidente con los semestres calendarios. 12. Precisar que en las oficinas de la Casa Nacio- nal de Moneda se recibirá y cambiará el circulante me- tálico sin limitación y sin costo alguno para el público. En la Oficina Principal del BCRP y en sus sucur- sales, el canje se hará hasta la suma de S/ 3 000,00 (TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) por persona y por día. 13. El canje de monedas que deseen efectuar las em- presas del sistema financiero en el BCRP se sujetará al procedimiento que éste determine. HENRY BARCLA Y Gerente GeneralANEXO 1 ACTA DE INSPECCIÓN Circular Nº 013-2002-EF/90 Siendo las ............... horas del día ............................., el inspector que suscribe, empleado del Banco Central de Re- serva del Perú, se apersonó a la oficina del Banco ......................................................., ubicada en ......................................................................, Distrito de ......................................................, Provincia de .........................................., con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo dispuesto por los numerales 1, 2, 3 y 4 de la Circular Nº ........................ Actuando como cualquier persona que solicita los servi- cios del Banco y observando todas las disposiciones para la atención a clientes, el inspector solicitó al empleado de la ventanilla N° ........... la siguiente operación: ........Canje de S/. ................ entregando en billetes/mo- nedas por su equivalente en billetes/monedas de otras denominaciones. ........Pago de obligaciones por un monto de S/. ..............., entregando billetes/monedas de diversas denomina- ciones. Esta operación no se pudo realizar debido a que: ........ El empleado de la ventanilla, manifestó que no tenía billetes/monedas de las denominaciones solicitadas, sin ofrecer ninguna alternativa. ........ El empleado de la ventanilla manifestó que no tenía billetes/monedas de las denominaciones solicitadas, pero le ofreció otras alternativas. ........ El empleado de la ventanilla se negó a recibir el nu- merario que le quería entregar el inspector. ........ El empleado de la ventanilla le puso los siguientes obstáculos para atenderlo: ........Lo hizo esperar demasiado tiempo ( ……… minutos). ........Lo envió a otra ventanilla, en la que tenía que reiniciar el trámite. ........Le dijo que seleccione y empaquete sus mo- nedas. .........Otros: ........................................................ Después de escuchar al empleado de la ventanilla, el ins- pector se identificó como tal y solicitó la presencia del Jefe de la Oficina, a quien le comunicó las faltas verificadas, procediéndose a levantar la presente Acta. Adicionalmente, se constató que en dicha oficina SI/NO existe la hoja informativa a que se refiere el numeral 4 de la Circular N° .................. y se informó a Jefe de la Oficina que copia de esta Acta y del informe del Inspector sobre estos hechos serán puestos en conocimiento del Gerente de Operaciones con el fin de que presente los descargos correspondientes. OBSERVACIONES: ............................................................. ..................................................................... ..................................................................... ..................................................................... ..................................................................... Siendo las ............... horas se concluyó la visita de inspec- ción, firmándose la presente acta en señal de que su con- tenido es conforme. ............................... ……………………….. ………………… Firma del Inspector Firma del Empleado Firma del Jefe de Ventanilla de Oficina Nombre: ................. Nombre: ................. Nombre: ............ Nº Registro: ............ Cargo: ……........…. Cargo: …....…… 5821