Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2002 (30/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 30 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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ANEXO 1 ACTA DE INSPECCION Circular Nº 013-2002-EF/90

cion- exhibiran una hoja informativa en lugar visible de todas sus oficinas. 5. El BCRP mediante inspecciones por personal autorizado, verificara en ventanilla el cumplimiento de lo dispuesto en los cuatro numerales precedentes. En caso de comprobarse alguna infraccion, se levantara el acta de inspeccion correspondiente (Anexo 1). 6. Las empresas del sistema financiero que infrinjan las disposiciones de los numerales 1 al 4 seran sancionadas por la primera vez con una multa equivalente al 50 por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria. De comprobarse nuevas faltas, la multa sera igual al doble de la aplicada con motivo de la infraccion precedente, hasta un limite equivalente a diez Unidades Impositivas Tributarias, monto que continuara rigiendo para las infracciones que pudieran ocurrir durante el periodo de progresividad a que se refiere el numeral 11. El importe de las multas sera calculado sobre la base de la U.I.T. vigente al momento de aplicarselas. 7. Las multas seran impuestas por el Gerente General del BCRP y notificadas a la empresa infractora con MORDAZA de la correspondiente acta de inspeccion. La empresa debera poner inmediatamente en conocimiento de su Directorio la imposicion de la multa, y remitir al BCRP MORDAZA de la parte pertinente del acta respectiva en un plazo no mayor de 10 dias utiles de realizada la sesion. La resolucion del Gerente General del BCRP puede ser objeto de recurso de reconsideracion por parte de la empresa infractora, el mismo que debera interponerse ante dicha autoridad dentro de los 15 dias habiles de notificada la resolucion, sustentandose en nueva prueba instrumental y cumpliendo los requisitos senalados en el Articulo 113° de la Ley Nº 27444. El Gerente General resolvera el recurso dentro de los 30 dias habiles de presentado. Vencido dicho termino, sin que se MORDAZA resuelto el recurso, se entendera denegado. Este recurso es opcional y su no interposicion no impide el ejercicio del recurso de apelacion. Contra lo resuelto por el Gerente General puede interponerse recurso de apelacion, el cual debera presentarse dentro de los 15 dias habiles de notificada la resolucion y sustentarse en diferente interpretacion de las pruebas producidas o sustentarse en cuestiones de puro derecho, cumpliendose, ademas, con los requisitos senalados en el Articulo 113° de la Ley Nº 27444. El recurso de apelacion sera presentado ante el Gerente General y resuelto por el Directorio del BCRP dentro de los 30 dias habiles de presentado. Vencido dicho termino, sin que MORDAZA sido resuelto el recurso, se entendera denegado. 8. El plazo para el pago de las multas sera de cinco dias habiles siguientes a la notificacion de la sancion. El pago se MORDAZA en cualquiera de las oficinas del BCRP. 9. De no pagarse las multas dentro del plazo senalado en el numeral 8, se aplicara sobre su monto un recargo igual a 1,5 veces la Tasa de Interes Promedio Activa en Moneda Nacional (TAMN). Dicho recargo se devengara hasta que tenga lugar la cancelacion. 10. La falta de pago de la multa y sus recargos faculta al BCRP a iniciar el procedimiento de cobranza coactiva, conforme a lo establecido en el Articulo 76º de su Ley Organica. 11. El periodo de progresividad sera coincidente con los semestres calendarios. 12. Precisar que en las oficinas de la MORDAZA Nacional de Moneda se recibira y cambiara el circulante metalico sin limitacion y sin costo alguno para el publico. En la Oficina Principal del BCRP y en sus sucursales, el canje se MORDAZA hasta la suma de S/ 3 000,00 (TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) por persona y por dia. 13. El canje de monedas que deseen efectuar las empresas del sistema financiero en el BCRP se sujetara al procedimiento que este determine. MORDAZA MORDAZA Gerente General

Siendo las ............... horas del dia ............................., el inspector que suscribe, empleado del Banco Central de Reserva del Peru, se apersono a la oficina del Banco ......................................................., ubicada en ......................................................................, Distrito de ......................................................, Provincia de .........................................., con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo dispuesto por los numerales 1, 2, 3 y 4 de la Circular Nº ........................ Actuando como cualquier persona que solicita los servicios del Banco y observando todas las disposiciones para la atencion a clientes, el inspector solicito al empleado de la ventanilla N° ........... la siguiente operacion: ........ Canje de S/. ................ entregando en billetes/monedas por su equivalente en billetes/monedas de otras denominaciones. ........ Pago de obligaciones por un monto de S/. ..............., entregando billetes/monedas de diversas denominaciones. Esta operacion no se pudo realizar debido a que: ........ El empleado de la ventanilla, manifesto que no tenia billetes/monedas de las denominaciones solicitadas, sin ofrecer ninguna alternativa. ........ El empleado de la ventanilla manifesto que no tenia billetes/monedas de las denominaciones solicitadas, pero le ofrecio otras alternativas. ........ El empleado de la ventanilla se nego a recibir el numerario que le queria entregar el inspector. ........ El empleado de la ventanilla le puso los siguientes obstaculos para atenderlo: ........ Lo hizo esperar demasiado tiempo ( ......... minutos). ........ Lo envio a otra ventanilla, en la que tenia que reiniciar el tramite. ........ Le dijo que seleccione y empaquete sus monedas. ......... Otros: ........................................................ Despues de escuchar al empleado de la ventanilla, el inspector se identifico como tal y solicito la presencia del Jefe de la Oficina, a quien le comunico las faltas verificadas, procediendose a levantar la presente Acta. Adicionalmente, se constato que en dicha oficina SI/NO existe la hoja informativa a que se refiere el numeral 4 de la Circular N° .................. y se informo a Jefe de la Oficina que MORDAZA de esta Acta y del informe del Inspector sobre estos hechos seran puestos en conocimiento del Gerente de Operaciones con el fin de que presente los descargos correspondientes.

..................................................................... ..................................................................... ..................................................................... .....................................................................

OBSERVACIONES: .............................................................

Siendo las ............... horas se concluyo la visita de inspeccion, firmandose la presente acta en senal de que su contenido es conforme.
............................... Firma del Inspector ............................. Firma del Empleado de Ventanilla ..................... Firma del Jefe de Oficina

Nombre: ................. Nº Registro: ............

Nombre: ................. Cargo: ..................

Nombre: ............ Cargo: .............

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