Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2002 (02/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 2 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
ORDENANZA

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realizacion de las certificaciones y clasificaciones de los vehiculos automotores. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Establezcase como plazo MORDAZA para realizar la Certificacion del Control del Nivel de Emision de Gases Contaminantes el 30 de noviembre de cada ano. Segunda.- La Certificacion del Control del Nivel de Emision de Gases Contaminantes se MORDAZA de acuerdo al cronograma que establezca la Direccion Municipal. Tercera.- El monto establecido para el pago por el derecho de servicio podra ser modificado por Decreto de Alcaldia. Cuarta.- Los vehiculos de transporte publico que circulen en el distrito de ANCON tendran un plazo de seis meses para adecuarse a lo establecido en el Articulo Decimo Primero de la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7827

Articulo Unico.- Interpretar el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 007-98/MVMT en el sentido que el termino "exonerar" debe entenderse como CONDONAR; convalidandose todos los actos administrativos que hayan sido emitidos en su aplicacion hasta el mes de MORDAZA de 1998 inclusive, en favor de los integrantes del Sindicato de Vendedores de Diarios y Revistas de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 7829

Prorrogan fecha para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, el PERLAE y la MORDAZA de declaracion jurada anual de permanencia en el giro autorizado a establecimientos comerciales
ORDENANZA Nº 068
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 23 de MORDAZA del 2002

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Interpretan articulo de la Ordenanza Nº 007-98/MVMT y convalidan actos administrativos emitidos en su aplicacion hasta el mes de MORDAZA de 1998
ORDENANZA Nº 067
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 19 de MORDAZA del 2002 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 19 de MORDAZA de 2002, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Condemarin, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre la Ordenanza Nº 007-98/MVMT; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru conceden a las Municipalidades autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, otorgando potestad tributaria para crear, modificar, suspender o suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos Municipales; Que, la Ordenanza Nº 007-98/MVMT de fecha 29.MAYO.98 establece en su Articulo MORDAZA una exoneracion de pago por derecho de ocupacion de la via publica a favor de los integrantes del Sindicato de Vendedores de Diarios y Revistas de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, correspondiente a los anos 1996, 1997 y 1998; Que, mediante Informes Nºs. 040-2002-OAL-MVMT y 082-2002-OAL-MVMT la Oficina de Asesoria Legal refiere que el termino "exoneracion" consignado en la Ordenanza Nº 007-98/MVMT no es aplicable, por cuanto la exoneracion de un derecho rige a partir de su aprobacion y no tendria vigencia con relacion a los anos anteriores consignados; recomendando asimismo se expida una Ordenanza aclaratoria en el sentido que el termino "exoneracion" debe entenderse como condonacion; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente:

EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de MORDAZA del 2002, bajo la presidencia del senor MORDAZA, Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA, y con la asistencia de los senores Regidores: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Condemarin, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre fecha de vencimiento de pago de tributos y prorroga de beneficios tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 066 del 27.MARZO.2002 se establecen los plazos para el pago del 1er. Trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 22.ABRIL.2002; asi como se prorroga el Programa Especial de Regularizacion de Licencias de Apertura de Establecimientos - PERLAE y la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual de Permanencia en el Giro Autorizado a Establecimientos Comerciales, hasta el 30.ABRIL.2002; Que, el Pleno del Concejo considera necesario prorrogar prudencialmente las fechas de vencimiento de pago y beneficios referidos en el primer considerando de esta Ordenanza, a fin de otorgar mayores facilidades a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias que permitan continuar realizando los servicios que brinda la Institucion Municipal a la Comunidad; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, asi como Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributacion Municipal; con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- PRORROGAR la fecha de vencimiento de pago sin recargo ni intereses del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales -primer trimestre del 2002- hasta el 15.MAYO.2002. Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30.MAYO.2002 el Programa Especial de Regularizacion de Licencias de Apertura de Establecimientos - PERLAE y la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual de Permanencia en el Giro Autorizado a Establecimientos Comerciales. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Oficina de Rentas, Unidad de Sistemas de Informacion Municipal, Unidad de Imagen Institucional y Comunicacio-

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