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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2002 (09/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 222607 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de mayo de 2002 Flota (Art. 37° del Reglamento de la Ley General de Pesca) 11. Certificado de avance de construcción al 50% expedido por la autoridad marítima con fecha ante- rior a la celebración del contrato de transferencia. 3Permiso de pesca para la operación de embarcaciones pes- 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (Hacer referencia X 30 Of. Adm. Doc. DNEPP DNEPP queras de menor escala en el ámbito marítimo (E/P de hasta al día y al número de la constancia de pago). del MIPE DVM 32.6 m3 =7.50 de Arqueo Neto) 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. Base Legal: Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro D.Ley N° 25977, Pub.(22/12/92)D.S. Nº 012-2001-PE Pub. correspondiente. (14-03-01) 3. Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 4. Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5. Copia simple del Certificado de Anotación Preventiva de Dominio o Certificado Compendioso de Dominio, con vigencia de 30 días calendario. 6. Copia simple del Certificado de Matrícula vigente. 7. Copia simple del Certificado Nacional de Arqueo, emitido por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, en el cual se consigne además la capacidad de bodega de la embarcación en m3. 8. Características técnicas de la embarcación según Formato 1,con carácter de Declaración Jurada. 9. Pago por derechos de trámite. 0.10 UIT Además: En caso de transferencia de Autorización de Incremento de 10. Copia simple del documento que acredita la transferencia de Autorización de incremento de Flota Flota (Art. 37° del Reglamento de la Ley General de Pesca) 11. Certificado de avance de construcción al 50% expedido por la autoridad marítima con fecha ante- rior a la celebración del contrato de transferencia. 4Permiso de pesca de embarcaciones artesanales marítimas y 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero o al Director Re- X 30 Of. Adm. Doc. DNEPP o DNEPP o de menor escala en el ámbito continental. gional de Pesquería . del MIPE o Dirección Dirección Base Legal: 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. Dirección Regional de Regional de D.Ley N° 25977, Pub.(22/12/92)D.S. Nº 012-2001-PE Pub. Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro Regional de Pesquería Pesquería (14-03-01) correspondiente. Pesquería. DVM 3. Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 4. Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5. Copia simple de Certificado de Matrícula vigente, excepto embarcaciones impulsadas a remo. 6. Copia simple del Certificado Nacional de Arqueo, emitido por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, en el cual se consigne además de la capacidad de bo- dega de la embarcación en m3, para embarcaciones a partir de 6.48 de Arqueo Bruto. 7. Características técnicas de la embarcación de acuerdo a Formato 1 o 2 , según corresponda, con carácter de Declaración Jurada. Además: 8. Ser calificado como armador artesanal por la Dirección Nacional de Pesca Artesanal del MIPE o Para el ámbito marítimo. por la Dirección Regional de Pesquería correspondiente. 5Ampliación de Permiso de Pesca de embarcaciones pes- 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (Hacer referencia X 30 Of. Adm. Doc. DNEPP DNEPP queras de mayor escala de bandera nacional en el ámbito al día y al número de las constancias de pago). del MIPE DVM marítimo 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. Base Legal: Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro D.Ley N° 25977, Pub.(22/12/92)D.S. Nº 012-2001-PE Pub. correspondiente. (14-03-01) 3. Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 4. Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5. Copia simple del Certificado de Anotación Preventiva de Dominio o Certificado Compendioso de Dominio, con vigencia de 30 días calendario. 6. Copia simple del Certificado de Matrícula vigente. 7. Pago por InspecciónTécnica para verificar las características y la operatividad de la embarcación 0.80 UIT pesquera por la DNEPP o por las facultades de Ingeniería Pesquera de las Universidades Nacio- nales del Perú, que suscriban convenio para tal efecto (0.05) UIT. 8. Pago por derechos de trámite 0.50 UIT 9. Pago por publicación de Resolución (1ra. Instancia o por cada recurso que se interponga) Además: 0.25 UIT Para acceder a Recursos Hidrobiológicos plenamente explo- tados. A. Por sustitución de embarcación no siniestrada (Incluida en10. Copia del Certificado de Matrícula de la embarcación emitido por la Autoridad Marítima con la re-Nº DENOMINACION PAGO CALIFICACIONPLAZODEPENDENCIAAUTORIDAD AUTORIDAD DEL REQUISITOS DERECHOS EVALUACIONEN INICIA QUE APRUE- QUE RESUELVE PROCEDIMIENTO TRAMITEAUT.POS.NEG.DIAS TRAMITE BA TRAMITE LOS RECUR- HABILES SOS ADMINIS.