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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2002 (09/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

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Pág. 222613 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de mayo de 2002 interponga). 0.25 UIT 0.30 UIT Además: - En caso de Investigación: 7. Proyecto de Investigación suscrito por el profesional responsable del proyecto - En caso de exportación con fines de recreación y/o difusión7. Copia simple de documento de compromiso adquirido con la entidad de destino, indicando espe- cultural: cies y cantidad de recursos hidrobiológicos a exportar. - En caso de Importación : 7. Declaración Jurada comprometiéndose a importar los recursos hidrobiológicos, con el corres- pondiente Certificado Sanitario, que deberá ser presentado dentro de las 24 horas de haberse efectuado la importación. 8. Indicar la relación de especies con su nombre científico y cantidad de recursos hidrobiológicos a importar. 9. Contar con infraestructura adecuada para mantener las especies hidrobiológicas 19Modificación de Resoluciones Autoritativas por cambio de 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, según formato X Of. Adm. Doc. DNEPP DNEPP o DVM nombre de E/P o matrícula (puerto, número o tipo de servicio) N° 6. del MIPE (Apelación) Base legal: 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. D.S. Nº 028-DE/MGP (pub. 02-06-2001) Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro correspondiente. A) Actividad de mayor escala en el ámbito marítimo: 3. Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 4. Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5. Copia simple del Certificado de matrícula vigente. 6. Pago por derecho de trámite. 0.10 UIT 7. Pago por publicación de Resolución (1ra. instancia o por cada recurso administrativo que se TOTAL interponga). 0.25 UIT Mayor Escala 8. Copia Simple del Certificado de Anotación Preventiva de Dominio o Certificado Compendioso deámbito marítimo Dominio, con vigencia de 30 días calendario. 0.35 UIT B) Actividad artesanal o de menor escala del ámbito marítimo 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero o al Director Re- X Of. Adm. Doc. DNEPP o DNEPP o embarcaciones del ámbito continental: gional de Pesquería, según Formato N° 7. del MIPE o Dirección Direpe 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. Dirección Regional de DVM Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro Regional de Pesquería (Apelación) correspondiente. Pesquería. 3. Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 4. Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5. Copia Simple de Certificado de Matrícula vigente. 6. Pago por derecho de trámite. - Actividad artesanal marítima y menor escala continental. exonerado - E/P de menor escala del ámbito marítimo y embarcaciones de mayor escala del ámbito con- tinental. 0.05 UIT 0.05 UIT 20Modificación de Resoluciones Autoritativas por Implementa- 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero X 15 Of. Adm. Doc. DNEPP DNEPP ción de RSW u otro sistema a bordo de las E/P (actividad de (Hacer referencia al día y al número de las constancias de pago). del MIPE mayor escala en el ámbito marítimo). 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. Base Legal: Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro D.S. Nº 012-2001-PE Pub.(14/03/01) correspondiente. 3. Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 4. Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5. Copia simple del Certificado de Matrícula vigente. 6. Certificado de operatividad del sistema de frío a bordo, emitido por empresas inscritas en INDECOPI para otorgar certificados al sector pesquero 7. Copia del Certificado Nacional de Arqueo emitido por la Dirección General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, en el cual se consigne además la capacidad de bodega de la embarcación en m3. TOTAL 8. Pago por derecho de trámite. 0.10 UIT Mayor Escala 9. Pago por publicación de Resolución (1ra. instancia o por cada recurso administrativo que se ámbito marítimo interponga). 0.25 UIT 0.35 UITNº DENOMINACION PAGO CALIFICACIONPLAZODEPENDENCIAAUTORIDAD AUTORIDAD DEL REQUISITOS DERECHOS EVALUACIONEN INICIA QUE APRUE- QUE RESUELVE PROCEDIMIENTO TRAMITEAUT.POS.NEG.DIAS TRAMITE BA TRAMITE LOS RECUR- HABILES SOS ADMINIS.