Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2002 (15/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, en tal sentido y siendo de interes para la institucion, es necesario autorizar el viaje del citado representante, debiendo este Ministerio asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de representante del Ministerio de Economia y Finanzas, asi como autorizar su viaje a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 23 al 25 de MORDAZA de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 MEF - Administracion General del Pliego del Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle : Pasajes : US$ 763,86 Viaticos : US$ 660,00 Tarifa CORPAC : US$ 25,00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del representante cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 8598

DIRECTIVA PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS Y COLOCACIONES DE LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO E INTERNO DEL GOBIERNO CENTRAL Y SUS GARANTIAS I. FINALIDAD Establecer los procedimientos para los desembolsos y colocaciones de las operaciones de endeudamiento externo e interno, a plazos mayores de un ano, contratadas por el Gobierno Central o que cuenten con su garantia. II. BASE LEGAL - Incisos 8) y 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru. - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560. - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, Decreto Legislativo Nº 183, modificada por el Decreto Legislativo Nº 325. - Ley General de Endeudamiento Publico Externo, Decreto Legislativo Nº 5 y normas complementarias. - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209 y normas complementarias. - Ley de Endeudamiento del Sector Publico. - Decreto Supremo Nº 082-99-EF y sus modificatorias. III. ALCANCE Comprende a las Unidades Ejecutoras que reciben desembolsos y a las entidades encargadas de emitir y/o colocar bonos, provenientes de las operaciones de endeudamiento externo e interno, a plazos mayores de un ano, contratadas por el Gobierno Central o que cuenten con su garantia. IV. DEFINICIONES Las siguientes definiciones son validas para los fines del Sistema Nacional de Endeudamiento y Pagos de la Deuda Publica. - Desembolso: Transferencia de recursos que efectua el acreedor al prestatario de la operacion de endeudamiento externo e interno, de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato de prestamo. - Colocacion: Es la adjudicacion de bonos, nacional o internacional, que se realiza en el MORDAZA de Capitales Primario, de conformidad con lo establecido en los contratos de las operaciones de endeudamiento externo e interno. - Modalidades de Desembolso: Diferentes formas que el acreedor tiene para transferir los recursos de la operacion de endeudamiento externo e interno. Las modalidades mas utilizadas son: Desembolso en Efectivo, Reembolso, Pago Directo, Carta de Credito, en bienes y/o servicios, entre otras. a) Desembolsos en Efectivo: Son transferencias de recursos que se depositan en una cuenta corriente abierta por la Unidad Ejecutora, de acuerdo a la normatividad vigente. El primer desembolso funciona como un adelanto de fondos, y previa justificacion o rendicion de cuentas se realizaran los desembolsos posteriores. Esta modalidad recibe diferentes nombres dependiendo de la fuente financiera: Cuenta Especial, Anticipo de Fondos, Fondo Rotatorio. b) Reembolso: Operacion mediante la cual la Unidad Ejecutora cancela primero, con fondos propios, los pagos vencidos y solicitara al acreedor el reembolso de los gastos efectuados, con cargo a los recursos de la operacion de endeudamiento externo e interno. Los recursos, en efectivo, son depositados en una cuenta corriente abierta por una Unidad Ejecutora de acuerdo con la normatividad vigente. c) Pago Directo: Desembolso a traves del cual el acreedor, a solicitud de la Unidad Ejecutora, pagara directamente y por cuenta de la Unidad Ejecutora, a la empresa cuyos suministros y servicios son financiados con cargo a una operacion de endeudamiento externo e interno. Los recursos monetarios seran transferidos por el acreedor, a la cuenta corriente que indique la empresa. d) Carta de Credito: Transferencia de recursos que se realiza producto de la ejecucion de una Carta de Credito, a solicitud de la Unidad Ejecutora previa conformidad de los bienes y/o servicios recibidos.

Aprueban Directiva sobre Procedimiento de Desembolsos y Colocaciones de las Operaciones de Endeudamiento Externo e Interno del Gobierno Central y sus Garantias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 197-2002-EF/75 MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 082-99-EF, se MORDAZA el MORDAZA de los desembolsos de las operaciones de endeudamiento publico externo e interno, a plazos mayores de un ano, contratadas por el Gobierno Central o que cuenten con su garantia; Que, segun el Articulo 4º del acotado Decreto Supremo, corresponde a la Direccion General de Credito Publico emitir disposiciones complementarias que estime necesarias para la implementacion de lo establecido en dicha MORDAZA legal; Que, en tal sentido, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 112-99-EF/75 que aprobo la Directiva que establecio los Procedimientos de Desembolsos de Operaciones de Endeudamiento Externo e Interno del Gobierno Central y sus Garantias; Que, a la fecha resulta necesario introducir modificaciones a la citada Directiva, con la finalidad de permitir su adecuado cumplimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 082-99-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase la directiva que establece el Procedimiento de Desembolsos y Colocaciones de las Operaciones de Endeudamiento Externo e Interno del Gobierno Central y sus Garantias, la misma que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Derogase la Resolucion Ministerial Nº 11299-EF/75. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas

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