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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2002 (15/05/2002)

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Pág. 223060 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de mayo de 2002 cha en que se concluya el proceso de selección corres- pondiente y se suscriba el contrato definitivo, en un plazo máximo de sesenta (60) días naturales. Artículo Segundo.- El valor referencial por la contra- tación del servicio de mensajería asciende a la suma de S/ . 20,000.00 (Veinte mil y 00/100 Nuevos Soles), siendo la fuente de financiamiento de los Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Disponer que los actuados en el pre- sente caso sean remitidos a la Oficina de Auditoría Inter- na, a fin que se practiquen las investigaciones y se esta- blezcan las responsabilidades a que haya lugar, por la de- mora incurrida en la realización del proceso de selección correspondiente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución, así como el Informe Técnico Nº 018-2002-MP-FN-GECLOG- y el Infor- me Legal Nº 244-2002-MP-FN-OAJ, serán puestos en co- nocimiento de la Contraloría General de la República den- tro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 8662 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Fijan factores de conversión monetaria a utilizarse en la declaración de la base imponible en ADUANAS RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADL/2002-000130 Callao, 8 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del Art. 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por D.S. Nº 121-96- EF, señala que para efectos de la Declaración de la base imponible los valores se expresarán en dólares de los Es- tados Unidos de América. De igual modo, refiere que los valores expresados en otras monedas extranjeras se con- vertirán a dólares de los Estados Unidos de América, de- biendo ADUANAS establecer un mecanismo de difusión que permita a los usuarios conocer con suficiente antici- pación dichos factores; Que, en este sentido resulta necesario actualizar los valores establecidos con la R.I.N. Nº 000 ADR/000105 del 10.4.2002, asumiendo en ADUANAS los factores de con- versión fijados por la Superintendencia de Banca y Segu- ros. De conformidad a las facultades delegadas mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000017- 97 del 9.1.97, estando al Informe Nº 004-97-ADUANAS- INRA-GCRC-DC del 15.1.97; SE RESUELVE: Artículo Primero.- FIJAR, a partir del día siguiente de publicación de la presente, los factores de conversión mo- netaria a utilizarse en la declaración de la base imponible en ADUANAS, según se detalla a continuación: PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO (en US$) 1/ Argentina Peso 0.336700 Australia Dólar Australiano 0.536500 Barbados Dólar de Barbados 0.502513 Bolivia Boliviano 0.141784 Brasil Real 0.423729 Canadá Dólar Canadiense 0.637755 Colombia Peso 0.000439 Corea Won 0.000779PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO (en US$) 1/ Chile Peso 0.001547 Dinamarca Corona 0.121158 Ecuador Sucre 0.000040 Fiji Dólar de Fiji 0.449000 Finlandia Marco Finés (Markka) 0.148509 Grecia Dracma 0.002591 Hong Kong Dólar 0.128370 India Rupia 0.020458 Indonesia Rupia 0.000107 Inglaterra Libra Esterlina 1.457000 Israel Nuevo Shekel 0.204499 Japón Yen 0.007778 Kuwait Dinar de Kuwait 3.269042 Malasia Dólar Malasio O Ringgit 0.263158 México Nuevo Peso 0.106394 Noruega Corona 0.118821 Nueva Zelanda Dólar Neozelandés 0.447200 Panamá Balboa 1.000000 Pakistán Rupia Paquistaní 0.016708 Paraguay Guaraní 0.000207 Rusia Rublo 0.032015 Singapur Dólar de Singapur 0.550964 Siria Libra Siria 0.022727 Suecia Corona 0.097656 Sud-Africa, República de Rand 0.094429 Suiza Franco Suizo 0.618276 Taiwan Nuevo Dólar de Taiwan 0.028885 Tailandia Baht 0.023132 Uruguay Peso 0.061350 Venezuela Bolívar 0.001188 Comunidad Andina Peso Andino 1.000000 Unión Europea Euro 0.899000 1/ Fuente: Reuters. Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá vi- gencia hasta la fecha de publicación de su modificatoria. Regístrese, comuníquese y publíquese, archívese los actuados en la Intendencia Nacional de Administración y Recaudación Aduanera. ALICIA OCHARÁN ZEGARRA Intendente Nacional de Administración y Recaudación Aduanera 8557 CONSUCODE Relación de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de abril de 2002 RESOLUCIÓN Nº 103-2002-CONSUCODE/PRE Jesús María, 13 de mayo de 2002 VISTO: El Memorándum Nº 212-2002-RNC del Gerente de Registros, referido a la publicación del Listado de Inhabili- tados para Contratar con el Estado; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo