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Pág. 223053 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de mayo de 2002 tranjero INDUSTRIA ECUATORIANA DE ALIMENTOS C.A. INEPACA, solicita permiso de pesca para operar las em- barcaciones pesqueras denominadas "DOMINADOR" y "LUCY", de bandera ecuatoriana, en la extracción del re- curso hidrobiológico atún, dentro de aguas jurisdicciona- les peruanas con destino al consumo humano directo, por el término de tres meses; Que de la evaluación efectuada al expediente se ha verificado que el señor VÍCTOR PÉREZ HERNÁNDEZ en representación de INDUSTRIA ECUATORIANA DE ALIMENTOS C.A. INEPACA ha suscrito Convenios de Abastecimiento para destinar el producto de la extrac- ción a un establecimiento industrial pesquero con licen- cia de operación otorgada por el Ministerio de Pesque- ría, para desarrollar la actividad de congelado y cura- dos, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.5 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, apro- bado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, conforme a la modificación establecida por el Decreto Supremo Nº 038-2001-PE y, asimismo, ha cumplido con presen- tar los requisitos procedimentales y sustantivos exigi- dos por la normatividad pesquera vigente, por lo que deviene procedente otorgar los permisos de pesca so- licitados; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 178-2002- PE/DNEPP-Dap, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamen- to de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por De- creto Supremo Nº 014-2001-PE, modificado por los De- cretos Supremos Nºs. 038-2001-PE y 001-2002-PE; el pro- cedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por De- creto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a INDUSTRIA ECUATORIANA DE ALIMENTOS C.A. INEPACA, representada en el país por el señor VÍCTOR PÉREZ HERNÁNDEZ, permisos de pes- ca para operar las embarcaciones pesqueras cerqueras de bandera ecuatoriana que a continuación se detallan, en la extracción del recurso hidrobiológico atún, en aguas ju- risdiccionales peruanas a partir de las 10 millas de la cos- ta, con destino al consumo humano directo, por un plazo determinado que vencerá a los tres (3) meses de la entra- da en vigencia de la presente resolución. NOMBRE DE LA NÚMERO DE AN TAMAÑO SISTEMA DE EMBARCACIÓN MATRÍCULA DE MALLA PRESERVACIÓN DOMINADOR P-04-0124 42.00 110 mm. (4 pulgadas) R.S.W. LUCY P-04-0008 56.57 110 mm. (4 pulgadas) R.S.W. Artículo 2º.- Los permisos de pesca a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución, caducarán automá- ticamente al vencer el plazo establecido en el citado artí- culo, por el incumplimiento de los pagos por concepto de derecho de explotación o por el cumplimiento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Ministerio de Pesquería para la temporada de pesca. Los permisos de pesca otor- gados a través de la presente resolución, podrán ser reno- vado automáticamente por un período igual con el pago de los correspondientes derechos de pesca, siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtención del permiso de pesca, conforme a lo establecido en numeral 7.4 del Reglamento de Ordenamiento Pesque- ro del Atún. Artículo 3º.- Las operaciones que se autorizan a través de la presente resolución están sujetas a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, modificado por Decretos Supremos Nºs. 038-2001-PE y 001-2002-PE, así como las normas sobre sanidad y medio ambiente y demás que le sean aplicables. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, previo informe dela Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesquería, impedirá que las embarcacio- nes a que se refiere el Artículo 1º abandonen aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigen- cia de sus permisos de pesca, registraran alguna obliga- ción pendiente frente al Ministerio de Pesquería, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente resolución. Artículo 5º.- Transcríbase la presente resolución direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNÁNDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 8594 RELACIONES EXTERIORES Designan Delegación Oficial que acom- pañará al Presidente de la República en visita oficial a España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 187-2002-RE Lima, 14 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, entre los días 15 y 20 de mayo, el señor Presiden- te de la República, deberá viajar a la ciudad de Madrid, Reino de España, con el fin de participar en la Cumbre Unión Europea - América Latina y el Caribe, así como cum- plir compromisos de carácter bilateral con el Presidente del Gobierno español y otros líderes; Que, en la mencionada Cumbre, los Jefes de Estado y de Gobierno abordarán temas sustanciales de la agenda internacional de interés común, algunos de los cuales tie- nen repercusión en el ámbito nacional, tales como la co- operación internacional para el desarrollo, las preferencias comerciales europeas a los países andinos y las medidas de estímulo para el crecimiento económico, entre otros importantes temas de orden político, social, cultural y edu- cativo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, el Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exte- riores, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu- tivo, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Delegación Oficial que acompañará al Presidente Constitucional de la República, doctor Alejandro Toledo Manrique, en su viaje a España, entre los días 15 y 20 del mismo mes, la que estará confor- mada por las siguientes personas: - Primera Dama de la Nación, doctora Eliane Karp de Toledo; - Ministro de Justicia, señor Fernando Olivera Vega; - Subsecretario General de la Presidencia de la Repú- blica, señor Luis Chuquihuara Chil; - Secretario de Prensa de la Presidencia de la Repúbli- ca, señor Guillermo Gonzáles Arica; - Jefe de la Casa Militar, General de Brigada Rafael Hoyos de Vinatea; - Consejero Presidencial, General (r) Luis Arias Gra- ziani; - Asesor Presidencial, señor Avraham Dan-On; - Jefa de Gabinete de la Primera Dama, doctora Martha Hurtado. Artículo Segundo.- El egreso por concepto de viáti- cos para los integrantes de la Delegación Oficial por el