Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2002 (19/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 19 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Circulacion Terrestre aprobara el formato impreso (papeletas) para la fiscalizacion de infracciones a las disposiciones de MORDAZA en la red vial nacional y departamental. Asimismo, la Direccion General de Circulacion Terrestre sera la responsable de proporcionar a la Policia Nacional del Peru los formatos impresos (papeletas) para la fiscalizacion de infracciones a las disposiciones de MORDAZA en la red vial nacional y departamental. Articulo 8º.- Las actas de verificacion y procedimientos administrativos relacionados con presuntas infracciones al servicio publico de transporte interprovincial de pasajeros cometidas con anterioridad a la entrada en vigencia del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402001-MTC, en los que a la fecha no se MORDAZA expedido resolucion administrativa seran archivados cualquiera sea su estado. Exceptuese de esta disposicion los procedimientos administrativos sancionadores derivados de accidentes de MORDAZA que hayan sido admitidos a tramite de oficio hasta la fecha de publicacion del presente decreto supremo. Articulo 9º.- Condonense las multas no cobradas hasta la fecha, incluidos intereses y gastos, impuestas por infraccion a las normas que regulaban el servicio publico de transporte terrestre nacional de pasajeros con anterioridad a la entrada en vigencia del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC. Articulo 10º.- Suspendase la exigencia del requisito al que se refiere el literal d) del Articulo 325º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 002-2002-MTC y 012-2002-MTC, hasta la entrada en funcionamiento del sistema de revisiones tecnicas. Articulo 11º.- Precisese que se encuentra prohibido carrozar sobre vehiculos originalmente destinados al transporte de mercancias con el proposito de destinarlos al transporte de pasajeros. Articulo 12º.- Mediante resolucion ministerial del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion se dictaran las normas complementarias para la aplicacion de lo dispuesto por el presente decreto supremo. Articulo 13º.- El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 9005

bo el Estatuto del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, el cual senala que su Consejo Directivo estara constituido, entre otros, por un representante del Ministerio de Educacion; Que, por Resolucion Suprema Nº 069-93-TCC se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del Consejo Directivo del INICTEL, en representacion del Ministerio de Educacion; Que, mediante Oficio Nº 173-2002.ME.DM se ha propuesto a la persona que reemplazara al designado por la Resolucion Suprema Nº 069-93-TCC; De conformidad con el inciso 9) del Articulo 1º de la Ley Nº 27594 y el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a que se contrae la Resolucion Suprema Nº 069-93-TCC, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Nombrar al senor MORDAZA Marcone MORDAZA, miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, en representacion del Ministerio de Educacion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 9008

Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. y El MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-2002-MTC/15.02 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 establece que las autorizaciones de viajes al exterior para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios se otorgara por Resolucion Ministerial; Que, el Decreto Supremo Nº 035-99-MTC establece por excepcion que los viajes al exterior que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, que irroguen gastos al Estado por concepto de viaticos y pasajes, en cumplimiento de sus funciones, seran autorizados en via de regularizacion; Que, asimismo, dicho Decreto Supremo senala que el Director General de Aeronautica Civil del citado Ministerio presentara la informacion de los viajes realizados por los Inspectores el mes anterior, acreditando la necesidad y/o urgencia de los mismos; Que, el Director General de Aeronautica Civil, en aplicacion de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 03599-MTC, ha emitido el Informe Nº 072-2002-MTC/15.16, senalando los montos pertinentes en observacia de la Escala de Viaticos por Zonas Geograficas vigente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862;

Nombran miembro del Consejo Directivo del INICTEL en representacion del Ministerio de Educacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2002-MTC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2002 Visto, el Oficio Nº 173-2002.ME.DM del Ministerio de Educacion; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 017-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 042-2001-MTC, se apro-

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