Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2002 (19/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 19 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Tercero.- Remitir los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF para que dentro del plazo de ley, concluya las acciones correspondientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta 8979

neros; asi como, de Antiguos Derechos Mineros correspondiente al mes de MORDAZA del 2002, de la siguiente manera:
Entidades Gob. Loc. Provincial (*) Gob. Loc. Distrital (*) Extrema Pobreza INGEMMET Total a Distribuir US$ S/. 155,404.28 155,404.28 269,229.25 77,280.07 77,165.99 38,640.03 773,123.90 6,261.34 6,261.34 6,777.23 2,473.51 2,324.92 1,236.76 Menos Deducciones US$ S/. 2,445.29 2,180.90 537.14 Neto a Distribuir US$ S/. 5,919.38 6,261.34 6,777.23 0.00 531.79 0.00

341.96 152,958.99 0.00 153,223.38 0.00 268,692.11 69,901.12 73,245.55 34,950.56

7,378.95 2,473.51 3,920.44 1,793.13 3,689.47 1,236.76

INACC
Asignan monto recaudado por concepto de derecho de vigencia de nuevos petitorios y antiguos derechos mineros, correspondiente al mes de MORDAZA de 2002
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0856-2002-INACC/J MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2002 Visto, el Informe Nº 247-2002-INACC-DGDC de la Direccion General de Desarrollo Corporativo de fecha 15 de MORDAZA del 2002, que contiene la informacion correspondiente a la Distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia durante el mes de MORDAZA del 2002; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 119-02-EM/DGM la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a los que se refiere el Articulo 57º de la Ley, de acuerdo a lo dispuesto en el tercer parrafo del Articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y modificado por el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM; Que, el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por la Ley Nº 27341, Decreto de Urgencia Nº 003-2001 y Decreto Legislativo Nº 913, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, por Informe Nº 247-2002-INACC/DGDC, de la Direccion General de Desarrollo Corporativo de fecha 15 de MORDAZA del 2002, determina los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad hasta el mes anterior, de acuerdo con el Articulo 92º del Decreto Supremo Nº 0394-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2002-EM e informa que durante el mes de MORDAZA del 2002, el monto total a distribuir es de US $ 773,123.90 (Setecientos Setenta y Tres Mil Ciento Veintitres y 90/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 25,335.10 (Veinticinco Mil Trescientos Treinta y Cinco y 10/100 Nuevos Soles) efectuandose las deducciones por montos que ascienden a US $ 20,152.19 (Veinte Mil Ciento Cincuenta y Dos y 19/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 5,845.36 (Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco y 36/100 Nuevos Soles), resultando un importe neto a distribuir de US $ 752,971.71 (Setecientos Cincuenta y Dos Mil Novecientos Setenta y Uno y 71/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 19,489.74 (Diecinueve Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve y 74/100 Nuevos Soles), respectivamente. Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Desarrollo Corporativo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios Mi-

INACC MEM TOTAL

25,335.10 20,152.19 5,845.36 752,971.71 19,489.74

(*) Ver Anexos Nºs. 1 y 2.

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 119-02-EM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, a efectos de que ejecute las acciones pertinentes para proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional
ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES: DERECHO DE VIGENCIA DE MINAS De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, el Art. 1º del D.U. Nº 036-95 y el D.L. Nº 913, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia durante el mes de MORDAZA del 2002 a las siguientes Municipalidades Provinciales: DPTO. / PROV. AMAZONAS BONGARA CHACHAPOYAS MORDAZA MORDAZA RAYMONDI MORDAZA BOLOGNESI CARHUAZ CORONGO MORDAZA MORDAZA HUAYLAS PALLASCA POMABAMBA RECUAY MORDAZA YUNGAY MORDAZA ABANCAY AYMARAES COTABAMBAS GRAU MORDAZA MORDAZA CAMANA CARAVELI MORDAZA S/. US$

0.00 0.00

2,827.93 503.70

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 84.00 0.00 0.00

383.69 3.71 202.98 1,413.97 4,144.81 442.32 470.36 3,999.86 11,415.20 137.80 80.00 12,162.20 940.14

0.00 0.00 0.00 600.00

66.84 973.16 1,920.00 0.00

0.00 0.00 75.60 0.00

561.32 48.81 3,011.55 669.20

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