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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (06/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 232724 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de noviembre de 2002 En uso de las facultades que confiere los incisos 6) y 15) del artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM; su Regla- mento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y en aplica- ción de la Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE que aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE que regula el procedimiento de elaboración e in- formación que debe contener el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión en el Plan de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Breña para el año 2002, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 029-2002-DA-MDB, la Contratación que se detalla en el cuadro adjunto que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Unidad de Abas- tecimiento y Servicios Generales, remita copia de la pre- sente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPY- ME dentro de los (10) días hábiles siguientes a la aproba- ción del mismo, conforme lo dispone el Art. 8º del Regla- mento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 19592 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Disponen el cumplimiento de disposiciones del acta de Convenio Co- lectivo Laboral suscrito con los traba- jadores de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 103-2002-MDSB-A San Bartolo, 19 de octubre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 071-2002 de fecha 9/7/2002 se dispuso la conformación de la Comisión Pari- taria, la misma que tenía por objeto, negociar en Trato Di- recto, el Pliego de Reclamos, presentado por el Frente Úni- co de Trabajadores de esta Municipalidad; Que, por Acta de Convenio Colectivo Laboral, de fecha 12 de setiembre último, la Comisión Paritaria, culminó su negociación colectiva, suscribiendo la referida Acta; Que, dicho documento es elevado y puesto en conoci- miento del Cuerpo Edilicio y cuenta con el apoyo y aproba- ción de parte de mi Alcaldía en todos sus extremos; De acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 070-85-PCM que norma las negociaciones bilaterales o colectivas con los servidores municipales sobre percepción de remune- raciones por incrementos acordadas y demás disposicio- nes legales, y en uso de las atribuciones que conferidas por el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Primero.- Cúmplase con todos los puntos a que se con- trae el acta de Convenio Colectivo Laboral, suscrito entre la Municipalidad y los representantes de los trabajadores.Segundo.- Cúmplase específicamente con los pagos a que se refiere las demandas económicas pactadas, en los puntos 6to., 7mo. y 8avo. Tercero.- La Secretaría General del Concejo, la Jefatu- ra de Personal y la Oficina de Contabilidad y Presupuesto quedan encargadas de su cumplimiento, bajo responsabili- dad. Regístrese, comuníquese y dése cuenta al Concejo. WILDOR PARINANGO SÁNCHEZ Alcalde 19526 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Establecen Reglamento sobre tapiado y destapiado de locales que ejercen actividades contrarias a disposiciones legales, la moral, buenas costumbres y otros DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0048-2002 San Juan de Miraflores, 4 de noviembre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Según el Informe Nº 168-DR-MDSJM-2002 de la Direc- ción de Rentas, sobre Modificación del Reglamento para la aplicación de la sanción del tapiado de los establecimien- tos que ejercen actividades contrarias a las disposiciones legales y municipales contra la moral y buenas costumbres, tranquilidad, orden y salud pública. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 11-A-2001 en su Artículo Primero se aprobó la creación de la Sanción de tapiado, sanción más estricta y que permita la eficacia de los cie- rres determinados por la Autoridad Municipal para los esta- blecimientos que se encuentren ejerciendo actividades con- trarias a las disposiciones legales municipales, contra la moral, las buenas costumbres, contra la tranquilidad y la salud pública; Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza acotada au- torizó al Alcalde dictar las medidas reglamentarias y com- plementarias de la referida norma; Que, mediante Informe Nº 168-DR-MDSJM-2002, la Di- rección de Rentas señala que es necesaria la modificación de ciertos artículos en Reglamento aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2002 de fecha 8 de abril del año en curso, a fin de dar mayo celeridad a los trámites administrativos, por resultar los actuales engorrosos y dila- torios; Estando en las facultades otorgadas por el artículo 17º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y a lo establecido en la Ordenanza Nº 011-A-2001; DECRETA: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcal- día Nº 006-2002 de fecha 8 de abril del 2002. Artículo Segundo.- El presente Reglamento de pro- cedimiento de Tapiado y Destapiado de los locales don- de se constate el ejercicio de actividades contrarias a las disposiciones legales municipales, contra la moral, las buenas costumbres, contra la tranquilidad y la salud pú- blica, el cual se encuentra conformado por dos capítulos y ocho artículos. Artículo Tercero.- El presente Reglamento póngase en conocimiento de la Dirección Municipal y la Dirección de Renta. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO MEDINA PÉREZ Alcalde