Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2002 (06/11/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 232712

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de noviembre de 2002

da por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda, o por el funcionario o dependencia delegada, toda modificacion debera ser comunicada al CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa-PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, mediante carta de fecha 13 de setiembre de 2002, la Agencia para el Desarrollo Internacional-USAID, ha aprobado la contratacion de dos consultorias en apoyo a la Gerencia de Medio Ambiente y Recuperacion de Ecosistemas Degradados, asi como el financiamiento respectivo, para la "Supervision y Seguimiento de los Proyectos Forestales y Gestion de Nuevos Proyectos en la Gerencia Ambiental" y la "Coordinacion y Elaboracion de la Estrategia Institucional de la Gerencia de Conservacion del Medio Ambiente y Recuperacion de Ecosistemas Degradados"; Que, es necesario incluir en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de DEVIDA los procesos de seleccion para la contratacion de las referidas consultorias por un monto de S/.40,000.00 cada una, por no estar consideradas en dicho plan; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las facultades delegadas mediante Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 023-2002-DV-PE y Nº 053-2002-DV-PE; y, Con las visaciones de los Gerentes (e) de Asesoria Legal y Administracion e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de DEVIDA, para el ejercicio presupuestal 2002, los procesos de las Adquisiciones Directas Selectivas para la contratacion de los Servicios de Consultorias "Supervision y Seguimiento de los Proyectos Forestales y Gestion de Nuevos Proyectos en la Gerencia Ambiental" y "Coordinacion y Elaboracion de la Estrategia Institucional de la Gerencia de Conservacion del Medio Ambiente y Recuperacion de Ecosistemas Degradados" por un monto de S/. 40,000.00 cada una. Articulo 2º.- Autorizar los procesos de Adquisicion por Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de las consultorias indicadas en el articulo precedente; Articulo 3º.- Remitir la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) dias siguientes de aprobada la presente. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese , comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General 19470

ESSALUD
Autorizan contratacion de servicio de publicacion en el directorio telefonico de Telefonica del Peru para el ano 2003 mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 517-PE-ESSALUD-2002 MORDAZA, 31 de octubre del 2002 VISTA: La Carta Nº 001623-GCLI-ESSALUD-2002, la Carta Nº 3522-OCAJ-ESSALUD-2002, la Carta Nº 6102-OCAJ-ESSALUD-2002, y los Informes Tecnicos que sustentan la exoneracion para la contratacion del servicio de publicacion en las Paginas MORDAZA y Paginas Amarillas del directorio telefonico de Telefonica del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27056 "Ley de Creacion de ESSALUD" establece que el Seguro Social de Salud otor-

ga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes, a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion, rehabilitacion, prestaciones economicas y prestaciones sociales que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Tecnico que sustenta la solicitud de exoneracion, los numeros telefonicos de ESSALUD aparecen actualmente en las Paginas MORDAZA del directorio telefonico de Telefonica del Peru, consignados indiscriminadamente, sin ningun orden que permita identificar las areas, centros asistenciales u organos desconcentrados a los que pertenecen; Que, asimismo, no se cuenta con un espacio en las Paginas MORDAZA y en las Paginas Amarillas del directorio telefonico de Telefonica del Peru, que permita acceder rapidamente a los numeros telefonicos de los centros asistenciales y otros numeros telefonicos de la Institucion de uso frecuente; Que, esta situacion genera confusion y falta de informacion en los usuarios, que son generalmente los asegurados, asi como el congestionamiento de las lineas telefonicas de la Institucion por llamadas que no corresponden, lo que repercute negativamente en la imagen de la Institucion; Que, en consecuencia, la Oficina de Imagen Institucional, propone en el Informe Tecnico que en la edicion del directorio telefonico de Telefonica del Peru para el ano 2003: i) Se reordenen los numeros telefonicos de ESSALUD en las Paginas MORDAZA, consignandose basicamente los numeros correspondientes a todas las areas de la Sede Central, STAE, PADOMI, Alo EsSalud, CAM, CERPs, direcciones y telefonos de los hospitales y clinicas y, direcciones y telefonos de las Agencias de Recaudacion; y, ii) Se incluya un aviso en las Paginas Amarillas, en el rubro "Clinicas y Hospitales", en el que se consigne el detalle de todos los telefonos y direcciones correspondientes a los hospitales y clinicas de MORDAZA, destacandose los numeros de emergencia de los centros asistenciales; Que, segun el referido Informe Tecnico, el valor del servicio de publicacion en las Paginas MORDAZA ascenderia a la suma de S/. 50,262.00 (cincuenta mil doscientos sesentidos y 00/100 nuevos soles) y, en las Paginas Amarillas ascenderia a la suma de S/. 51,048.00 (cincuenta y uno mil cuarentiocho y 00/100 nuevos soles), que hace un total de S/. 101,310.00 (ciento un mil trescientos diez ------ y 00/ 100 nuevos soles), lo que ameritaria que la contratacion del servicio en cuestion se lleve a cabo a traves de una adjudicacion directa selectiva; Que, de acuerdo al inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la contratacion de servicios personalisimos esta exonerada del MORDAZA de concurso publico o adjudicacion directa; Que, segun el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, se encuentran incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, el servicio de publicacion en las Paginas MORDAZA y en las Paginas Amarillas constituye un servicio de publicidad, toda vez que, conforme se desprende del Informe Tecnico que sustenta la exoneracion, permitira una mayor difusion de los servicios que ESSALUD brinda a los asegurados y al publico en general, lo que innegablemente contribuira a optimizar y fortalecer la imagen de la Institucion; Que, asimismo, debe tenerse en cuenta que es un servicio que brinda Telefonica del Peru a todos sus clientes de telefonia fija y que constituye ademas un medio de difusion masivo, por la gran cantidad de personas que pueden acceder a las Paginas MORDAZA y a las Paginas Amarillas, lo que lo convierte en un servicio de caracteristicas particulares; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente exonerar la contratacion del servicio de publicacion en las Paginas MORDAZA y en las Paginas Amarillas del directorio telefonico de Telefonica del Peru, de la realizacion de una adjudicacion directa selectiva; en consecuencia, corresponde realizar una adjudicacion de menor cuantia, tal como lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, segun el articulo 20º inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.