Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2002 (06/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de noviembre de 2002

ORGANISMOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos a que se refiere informe sobre acciones de control en el Poder Judicial
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 240-2002-CG
MORDAZA, 31 de octubre de 2002 Vistos, el Informe Especial Nº 111-2002-CG/SDR, resultante de las acciones de control que se vienen efectuando en el Poder Judicial, encontrandose entre sus objetivos evaluar la legalidad y resultados de la gestion de la Gerencia Central de la Reforma, durante el periodo comprendido entre los ejercicios 1998 al 2000; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26546 de 20.Nov.1995 creo la Comision Ejecutiva del Poder Judicial encargandole las funciones de gobierno y administracion que, conforme a la Ley Organica del Poder Judicial, ejercian la Sala Plena de la Corte Suprema y el Consejo Ejecutivo de dicho poder del Estado, otorgando al Secretario Ejecutivo la condicion de Titular del Pliego, cuyas funciones fueron establecidas por el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 018-CME-PJ del 8.Ene.96, las cuales incluian ejecutar, coordinar y supervisar las actividades administrativas del Poder Judicial, sumandose a ello el cargo de Director Nacional del Proyecto PER/95/020 "Modernizacion y Reforma del Poder Judicial", ejecutado desde 1995 en el MORDAZA del Convenio suscrito entre el Gobierno Peruano y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD. La Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva tuvo, a su vez, a la Gerencia Ejecutiva de Proyectos como organo de linea, luego denominada Gerencia Central de la Reforma, por disposicion de la Resolucion Administrativa Nº 582-CME-PJ, estando el Secretario Ejecutivo, el Gerente Central y demas funcionarios del Poder Judicial contratados a traves del Proyecto PER/ 95/020, bajo el regimen de locacion de servicios, pagados sus honorarios con fondos del Tesoro Publico (recursos ordinarios) que el PNUD administraba; Que, en el informe de Vistos, se observa la existencia de gastos irregulares, durante los anos 1998 a 2000, por un monto total de S/. 88 698,58, autorizados por el ex Gerente Central de la Reforma con los recursos del Fondo para Pagos en Efectivo asignado a dicha Gerencia, parte de los cuales fueron sustentados con documentacion que tiene evidencias de falsificacion o adulteracion, por un monto total de veintitres mil quinientos treintiseis y 20/100 nuevos soles (S/. 23 536,20) y otros con declaraciones juradas emitidas en forma sistematica, por un total de sesenta y tres mil cuatrocientos once y 88/ 100 nuevos soles (S/. 63 411,88), que pretenden sustentar gastos de representacion, comidas y atenciones oficiales, en montos desproporcionados, involucrando indebidamente sin precision de nombres ni motivo, a supuestos funcionarios del Banco Interamericano de Desarrollo, Ministerio de Economia, Contaduria Publica de la Nacion, Magistrados de las Cortes Superiores, Ministerio Publico, Contraloria General y otros, no estando ademas autorizado el pago de estos conceptos con los recursos del referido Fondo. Los hechos senalados constituyen indicios razonables de comision del delito de Peculado, tipificado por el articulo 387º del Codigo Penal, y concurrentemente, de delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, previsto y penado por el articulo 427º del mismo cuerpo legal; Que, tambien se ha evidenciado que el Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, en los anos 1999 y 2000, dispuso la adquisicion de vales de consumos y de casacas de tela por un monto total de S/. 163 898,50, para si mismo y para distribuirlos al personal del Proyecto PER/95/020 asignado a dependencias de la Secretaria Ejecutiva y Gerencia Central de la Reforma, los cuales estaban sujetos a contratos de locacion de servicios que no permitian percibir mayores retribuciones que las establecidas en los mismos, careciendo de atribuciones y sustento legal para efectuar dicho gasto, lo cual constituye indicio de comision de delito de Peculado, previsto y penado por el articulo 387º del Codigo Penal;

Que, conforme a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de MORDAZA de 2002, el MORDAZA integral de control iniciado MORDAZA de la entrada en MORDAZA de esta ley, se regira por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el articulo 22º inciso d), de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 19503

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscal provincial a Panama para participar en diligencias relativas a investigaciones de presuntos responsables de la comision de delito contra la tranquilidad publica y otro
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1898-2002-MP-FN
MORDAZA, 4 de noviembre de 2002 VISTOS: El Oficio Nº 305-2002-2ºFPPE-MP-FN, remitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Especializado en Delito de Corrupcion de Funcionarios, el Oficio Nº 3122002-FSE-MP-FN, remitido por el Fiscal Superior Titular Coordinador de las Fiscalias Provinciales Especializadas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 305-2002-2ºFPPE-MP-FN, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Especializado en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, solicita autorizacion para viajar a la MORDAZA de Panama con el objeto de participar en las declaraciones indagatorias de las ciudadanas peruanas MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rivero MORDAZA, esposa y hermana de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, diligencias que han sido programadas para los dias 8 y 9 de noviembre del presente ano a horas 09.00 de la manana, en la Sede del Consulado de Peru en Panama; Que, las manifestaciones de las ciudadanas peruanas MORDAZA referidas, resultan de MORDAZA importancia para el esclarecimiento de los hechos en la Investigacion Preliminar instaurada con fecha 11 de MORDAZA del ano en curso, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizier Corbetto, MORDAZA MORDAZA Lizier Corbetto y los que resulten responsables por el delito contra la Tranquilidad Publica Asociacion Ilicita para delinquir- y por el delito contra la Administracion Publica -Encubrimiento Real-, conforme se detalla en el Oficio Nº 305-2002-2ºFPPE-MP-FN, por lo que resulta necesario proceder a otorgar la autorizacion de viaje solicitada; Contando con el visto del Gerente Central de la Oficina de Asesoria Juridica, Gerente Central de Recursos Economicos, Gerente Central de Logistica, Gerente General; y,

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