Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2002 (16/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de noviembre de 2002

MORDAZA MORDAZA, respectivamente, del Concejo Distrital de Asquipata, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentado por la Regidora MORDAZA MORDAZA Tarqui; CONSIDERANDO: Que en el Expediente Nº 2002-01, la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA por resolucion de fecha 12 de MORDAZA del 2002, confirmo el auto de fecha 18 de enero del ano 2002, en el extremo que dicta mandato de detencion en contra del inculpado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien estuvo recluido en el Establecimiento Penal de MORDAZA Seguridad de "Yanamilla" segun informe del Presidente de la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fojas 16; Que segun consta de fojas 27 a 33, por sentencia de fecha 23 de octubre del 2002, la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA absolvio a MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la acusacion fiscal por delito contra la administracion publica en su modalidad de peculado y malversacion de fondos, en agravio de la Municipalidad Distrital de Asquipata y el Estado; haciendo extensiva la absolucion al acusado ausente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto de la acusacion fiscal por delito contra la administracion publica en su modalidad de peculado en agravio de la citada entidad; disponiendo la inmediata MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA Cucho; documentacion remitida con Oficio Nº 8205-2002-1SM-CSJAY/PJ recibido el 6 de noviembre del 2002, por el Presidente de la referida Sala, quien ademas informa que dicha sentencia no se encuentra consentida, por interposicion del recurso de nulidad de parte del Fiscal Superior; Que habiendo variado a la fecha el mandato de detencion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no habiendose acreditado mandato de detencion firme contra el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y no encontrandose incursos en la causal de suspension prevista en el numeral 3) del articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el pedido de suspension de los cargos del MORDAZA y del Regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Distrital de Asquipata, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, respectivamente, quienes continuan ejerciendo los cargos para los cuales fueron elegidos. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20154

VISTO, en Audiencia Publica de fecha 14 de noviembre del 2002, la apelacion interpuesta por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido Accion Popular, contra la Resolucion Nº 482-2002-JEE-Santa de fecha 8 de noviembre del 2002 del MORDAZA Electoral Especial del Santa; CONSIDERANDO: Que por resolucion de vista, el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA resuelve excluir a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la lista de candidatos a Regidores para el Concejo Provincial del MORDAZA, por el partido Accion Popular, al no haber cumplido con renunciar a sus cargos de miembros del Directorio de la entidad prestadora de servicio de saneamiento "Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del MORDAZA, Casma y Huarmey" Sociedad Anonima, "SEDACHIMBOTE"; Que de la escritura de aumento de capital y modificacion del Estatuto de SEDACHIMBOTE, cuya MORDAZA obra de fojas 118 a 133, en el articulo tercero se dispone la aprobacion del MORDAZA Estatuto Social, especificando expresamente que es una Empresa del Estado de Derecho Privado organizada bajo la forma de sociedad anonima; en consecuencia, los citados candidatos en su condicion de miembros del Directorio de una empresa del Estado, conforme lo dispone el literal d) del numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley de Elecciones Municipales, para mantener su condicion de candidatos debieron formular renuncia a sus cargos de directores sesenta dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, requisito que no han cumplido; Que no se puede hacer distingo donde la ley no distingue; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido Accion Popular; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 482-2002-JEESanta de fecha 8 de noviembre del 2002 emitida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, quedando excluidos los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la lista de candidatos para el Concejo Provincial del MORDAZA, por el partido Accion Popular. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA y de la parte interesada el contenido de la presente Resolucion, devolviendose los autos al MORDAZA de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20207

Confirman resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA que excluyo integrantes de lista de candidatos a regidores para el Concejo Provincial del MORDAZA
RESOLUCION Nº 776-2002-JNE Expediente Nº 1522-2002 MORDAZA, 14 de noviembre de 2002

Convocan a candidata no proclamada para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San MORDAZA
RESOLUCION Nº 777-2002-JNE Expediente Nº 1386-2001-Vacancia MORDAZA, 14 de noviembre de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, que ejercia MORDAZA MORDAZA MORDAZA To-

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