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Pág. 233396 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de noviembre de 2002 El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo el acuerdo del Concejo Provincial de Paita de Sesión Ordinaria Nº 17 de fecha 11 de setiembre del 2001 que acordó por mayoría nombrar al señor Ricardo Landeo Ponce como Teniente Alcalde del mencionado Concejo. Artículo Segundo.- Declarar que don Fidel Periche Purizaca, regidor del Movimiento Independiente Vamos Vecino, asume el cargo de Teniente Alcalde del Concejo Provincial de Paita ante la vacancia del señor Luis Antonio Bodero Coelho. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20144 Convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Cajabamba RESOLUCIÓN Nº 770-2002-JNE Exp. Nº 765-2002-Vac. Lima, 13 de noviembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 0589-2002-MPC/A, remitido por Wilson El- mer Pesantes Alayo, Alcalde del Concejo Provincial de Cajabamba, comunicando la declaratoria de vacancia del Regidor señor Lucido Enrique Boy Palacios; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Provincial de Cajabamba en sesión ordinaria del 12 de junio de 2002, con voto conforme de 9 de sus miembros, de un total de 10 integrantes, declaró la vacancia del cargo de Regidor que ejercía Lucido Enrique Boy Palacios, por estar incurso en la causal prevista en el numeral 3) del artículo 23º concordante con el numeral 3) del artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, al haber sido nombrado Fiscal Provincial Mixto de la provincia de Cajabamba, tal como se aprecia de fojas 5 a 9; siendo ratificada dicha vacancia por Acuerdo de Con- cejo Nº 092-2002/MPC del 13 de junio de 2002, conforme aparece a fojas 2; Que conforme lo establecido por el numeral 3) del artí- culo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, no pueden desempeñar los cargos de Alcalde y Regidores los miembros del Poder Judicial, Ministerio Público, Tribu- nal Constitucional, Consejo Nacional de la Magistratura y Jurado Nacional de Elecciones; Que en las Elecciones Municipales Complementarias de 1999 el ciudadano Lucido Enrique Boy Palacios fue ele- gido y proclamado Regidor del Concejo Provincial de Ca- jabamba, departamento de Cajamarca; posteriormente, por Resolución Nº 280-2002-CNM de fecha 22 de mayo del 2002, publicada el 24 de mayo del 2002, el Consejo Nacio- nal de la Magistratura nombra al citado ciudadano en el cargo de Fiscal Provincial Mixto de la provincia de Caja- bamba. Este último nombramiento genera un impedimento para que Lucido Enrique Boy Palacios siga ostentando elcargo de Regidor en el Concejo Provincial de Cajabamba, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 3) del artí- culo 23º concordante con el numeral 3) del artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28º numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el artículo 35º de la Ley de Elec- ciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reempla- zados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revi- sadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Elec- toral Especial de Cajabamba, corresponde asumir el cargo de Regidor a Aduen Jabier Rudas Escalante, candidato no proclamado de la lista independiente "Gloriabamba"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Aduen Jabier Rudas Escalante, para que asuma el cargo de Regidor del Con- cejo Provincial de Cajabamba, departamento de Cajamar- ca, para completar el período de gobierno municipal 1999 - 2002, a quien se le otorgará la correspondiente credencial. Artículo Segundo.- Cumpla el Concejo Provincial de Cajabamba con cancelar los derechos establecidos en el ítem 17 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20151 Convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Chancay RESOLUCIÓN Nº 771-2002-JNE Exp. Nº 460-2002-Vac. Lima, 13 de noviembre de 2002 VISTOS: El escrito remitido por el ciudadano Javier Francisco Ocaña Aguilar solicitando la vacancia del cargo de Regidor correspondiente a Samuel Eduardo Torres Ramírez en el Concejo Distrital de Chancay, provincia de Huaral, departa- mento de Lima. El Oficio Nº 247-2002-MDCH/A de Grover Torres Málaga Zvietcovich, Alcalde del citado Municipio, co- municando que el mencionado Regidor no ha prestado jura- mento para asumir dicho cargo y que se ha declarado la vacancia del mismo. Y visto en sesión pública; CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 1296-2000-JNE de fecha 26 de octubre de 2000, el Jurado Nacional de Elecciones convo- có a Samuel Eduardo Torres Ramírez para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Chancay, otor- gándosele la correspondiente credencial, por vacancia de Bernardino Rodríguez Figueroa; Que el artículo 6º de la Ley Nº 26997 establece que los Alcaldes y Regidores deben juramentar sus respectivos cargos para poder ejercerlos; Que de fojas 20 a 24 aparecen los cargos de notifica- ciones para las sesiones de Concejo de fechas 11, 27 y 30