Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2002 (16/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de noviembre de 2002

OPLAN-INO, el Anexo Nº 1 "Requerimiento Urgente de Medicamentos" que consigna el detalle de los medicamentos con sus valores referenciales especificos a un total de S/. 300,000.00 y el Anexo Nº 2 "Requerimiento Urgente de Material Medico e Insumos" que consigna el detalle del material medico e insumos con sus valores referenciales especificos a un total de S/. 300,000.00, del Instituto de Oftalmologia y el Oficio Nº 3370-2002-OGAJ e Informe Nº 1606-2002-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Informe Nº 031-2002-LOG-INO expone la necesidad tecnica de exonerar la adquisicion de Medicamentos por S/. 300,000.00 y de Material Medico e Insumos por S/. 300,000.00 para el Instituto de Oftalmologia del respectivo MORDAZA de seleccion, por situacion de urgencia, lo que asciende a un valor referencial total de S/. 600,000.00 Nuevos Soles, constando el detalle de dichos bienes con sus valores referenciales especificos por cada uno en el Anexo Nº 1 "Requerimiento Urgente de Medicamentos" y Anexo Nº 2 "Requerimiento Urgente de Material Medico e Insumos" presentado por Oficio Nº 044-2002-DEA-INO; Que, el Informe Nº 031-2002-LOG-INO senala que la adquisicion de bienes que solicita via exoneracion responde a razon que su ausencia extraordinaria e imprevisible compromete en forma directa e inminente la continuidad de la atencion integral de salud en el Instituto de Oftalmologia, asimismo indica que el requerimiento que presenta para su adquisicion via exoneracion es por las magnitudes minimamente necesarias de acuerdo a las metas programadas para el periodo que dure las Licitaciones Publicas en curso Nº 0002-2002-INO-MINSA para la "Adquisicion de Medicamentos" y Nº 0003-2002-INO-MINSA para la "Adquisicion de Material Medico e Insumos", entendiendose que la adquisicion via exoneracion se solicita como medida temporal ante un hecho de excepcion como lo es su desabastecimiento, sin perjuicio de la culminacion de la ejecucion de los procesos anteriormente mencionados; Con la visacion de la Direccion General del Instituto de Oftalmologia y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud y de conformidad con el Articulo 8º literales d) y l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar por situacion de urgencia del MORDAZA de licitacion publica la adquisicion de medicamentos, material medico e insumos para el Instituto de Oftalmologia, detallados en el Anexo Nº 1 "Requerimiento Urgente de Medicamentos" (ascendente a S/. 300,000.00)

y el Anexo Nº 2 "Requerimiento Urgente de Material Medico e Insumos" (ascendente a S/. 300,000.00) de vistos, por un valor referencial total de S/. 600,000.00 (Seiscientos mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y de los documentos de vistos que la sustentan, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion Ejecutiva de Administracion se encargue de realizar la adquisicion exonerada por la presente resolucion con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Instituto de Oftalmologia. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina de Auditoria Interna del Instituto de Oftalmologia, realice las acciones de control pertinentes a fin de determinar la responsabilidad, a que hubiere lugar, en la generacion de la situacion de urgencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 20099 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1775-2002-SA/DM Mediante Oficio Nº SA-SG-1819-2002, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 1775-2002-SA/DM, publicada en nuestra edicion del dia 14 de noviembre de 2002, en la pagina 233289. En el primer Considerando; DICE: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1597-2002-SA/ DM, de fecha 3 de octubre del 2002, se acepto la renuncia formulada por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Morales... DEBE DECIR: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 1678-2002-SA/ DM, de fecha 18 de octubre del 2002, se dio por concluida la designacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA Lastarria del Alamo... 20178

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del CTAR MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 321-2002-TR MORDAZA, 14 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Ayacucho; Que, es necesario designar a la persona que desempenara el mencionado cargo;

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