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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (20/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 233587 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de noviembre de 2002 bre de 2002, día de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, a favor del candidato a la alcaldía del Concejo Provin- cial de Lima, señor Luis Castañeda Lossio. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 20337 RESOLUCIÓN Nº 781-2002-JNE Lima, 17 de noviembre de 2002 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el segundo párrafo del artícu- lo 190º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, desde veinticuatro horas antes del día de las elecciones se sus- pende toda clase de propaganda política; Que el diario "El Tío" en su edición del 17 de noviembre de 2002, ha publicado en su página principal, la foto del candidato a la alcaldía de Lima, señor Luis Castañeda Lo- ssio, con el titular "Vota bien y no hagas chanchadas" y en sus páginas interiores 4 y 5 desarrolla un especial a dicho candidato con el título "Lucho Castañeda buen padre y esposo, amante de los animales, la música, el deporte y la justicia social. El hombre que sueña con cambiar Lima"; Que el artículo 389º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 tipifica como delito la propaganda electoral en las horas de suspensión; Que el numeral 3) del artículo 178º de la Constitución Política establece que éste supremo órgano electoral tiene como competencia fiscalizar la legalidad del proceso elec- toral y conforme al literal q) del artículo 5º de la Ley Orgá- nica del Jurado Nacional de Elecciones debe denunciar las infracciones penales; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público en- cargado de los asuntos judiciales del Jurado Nacional de Elecciones, a fin que interponga la correspondiente denun- cia penal contra los directivos y otros del diario "El Tío" que resulten responsables de la publicación del día 17 de no- viembre de 2002, día de las Elecciones Regionales y Mu- nicipales 2002, a favor del candidato a la alcaldía del Con- cejo Provincial de Lima, señor Luis Castañeda Lossio. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 20338 Autorizan a la ONPE utilizar actas electorales de garantía en los casos en que se hayan destruido o sustraido ac- tas de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales RESOLUCIÓN Nº 782-2002-JNE Lima, 19 de noviembre de 2002CONSIDERANDO: Que este órgano electoral ha tomado conocimiento de la destrucción de material y actas electorales, así como hechos que han impedido su traslado hacia los centros de acopio; además de agresiones a los funcionarios y servi- dores, y, ataques a locales de los órganos electorales, en diversas circunscripciones electorales donde se ha reali- zado el domingo 17 de noviembre de 2002 las Elecciones Regionales y Municipales del año en curso; Que ante los mencionados hechos es necesario adop- tar las medidas que garanticen que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad popular del elector expresada en las urnas por votación directa, conforme lo dispone el artículo 176º de la Constitución Política; Que, el artículo 310º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 establece que en caso que las actas de las me- sas de sufragio no hayan sido recibidas, el cómputo se rea- liza con el ejemplar que se entregó al Jurado Electoral Es- pecial y ante la falta de éste con el que se entregó a los miembros de las Fuerzas Armadas y que las Oficinas Des- centralizadas de Procesos Electorales deben solicitar y, en defecto de aquél, con las copias que presenten los per- soneros; Que en aquellos casos que las Oficinas Descentraliza- das de Procesos Electorales, se encuentren en la imposi- bilidad de cumplir adecuadamente con lo previsto en el ar- tículo antes mencionado, es conveniente autorizar a la Ofi- cina Nacional de Procesos Electorales la ejecución de las referidas acciones; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Oficina Nacional de Pro- cesos Electorales para utilizar las actas electorales de ga- rantía en aquellos casos en que se hayan destruido o sus- traído las actas que corresponden a las Oficinas Descen- tralizadas de Procesos Electorales y, a realizar el cómputo de votos correspondiente, en los centros de acopio y cóm- puto que ofrezcan seguridad y garantía para dicho cómpu- to y para las actas y documentos electorales, dando cuen- ta al Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20443 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 767-2002-JEF/RENIEC Lima, 15 de noviembre de 2002 Visto el Memorándum Nº 2303-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 1077-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Ge- rencia de Asesoría Jurídica, de fecha 30 de octubre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que el ciudadano Enrique