Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2002 (21/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 21 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo a suscribirse con el BIRF destinada al financiamiento parcial del inicio de la preparacion del "Prestamo Programatico Reforma Social III"
DECRETO SUPREMO Nº 179-2002-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 16º de la Ley Nº 27575, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 021-2002, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 250 000 000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) de los cuales hasta la suma de US$ 275 000 000,00 (DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) estaran destinados a Sectores Sociales, segun el inciso b) del acotado articulo; Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara un prestamo con el Banco Internacional de Construccion y Fomento -BIRF-, hasta por la suma de US$ 1 500 000,00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinado a financiar, parcialmente, el inicio de la preparacion del "Prestamo Programatico Reforma Social III"; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 6º de la Ley Nº 27575; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico, la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de Endeudamiento Externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27575; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo que suscribira la Republica del Peru con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento -BIRF-, hasta por la suma de US$ 1 500 000,00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinados a financiar, parcialmente, el inicio de la preparacion del "Prestamo Programatico Reforma Social III". Si el BIRF otorgase el Prestamo de Asistencia Tecnica para la preparacion del "Prestamo Programatico Reforma Social III", los montos desembolsados de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en el parrafo precedente serian cancelados integramente junto con los intereses devengados con cargo al primer desembolso del mismo; caso contrario, los montos utilizados de la operacion seran amortizados: (i) menos de US$ 50 000,00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), en el plazo senalado en la notificacion que el BIRF remita para tal fin; y, (ii) a partir de US$ 50 000,00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) en 10 (diez) cuotas semestrales, aproximadamente iguales; asimismo, la referida operacion devengara una tasa de interes semestral LIBOR mas un margen a ser determinado por el BIRF. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora de la preparacion del "Prestamo Programatico Reforma Social III" sera la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo derivado de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por el articulo 1º de esta MORDAZA legal.

Articulo 4º.- El servicio de amortizacion, intereses y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del sector le correspondan en cada ejercicio presupuestal para el servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de noviembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 20589

Donan a favor del BANMAT S.A.C. terrenos ubicados en los departamentos de La MORDAZA y Tacna
RESOLUCION SUPREMA Nº 310-2002-EF
MORDAZA, 19 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, es propietario del terreno de 72 817,66 m², ubicado en el MORDAZA Industrial de MORDAZA, en el distrito de La MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad; Que, el mencionado terreno se encuentra debidamente inscrito en la Partida Electronica Nº 11014008 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de La MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 968 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de La Libertad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, el Estado ha declarado de interes nacional la ejecucion de actividades destinadas a facilitar la construccion y promocion del acceso de la poblacion a la propiedad privada destinada a la vivienda; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, el Banco de Materiales S.A.C. BANMAT S.A.C., participa en la ejecucion del Proyecto "Techo Propio", ejecutando las acciones administrativas y presupuestarias necesarias a fin de lograr el objetivo de dotar de una vivienda MORDAZA a los sectores poblacionales de menores recursos, en concordancia con sus posibilidades economicas; Que, mediante Oficio Nº 2992-2002/DE-FONAFE, de fecha 11 de octubre de 2002, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado solicita se transfiera el predio submateria a favor de la Empresa BANMAT S.A.C., en el que se ejecutara el Programa de Proyectos Integrales de Desarrollo Habitacional denominado MORDAZA Industrial - MORDAZA, enmarcado dentro del Plan Nacional "Vivienda Para Todos" - Proyecto "Techo Propio", regulado por Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC y Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA; Que, el articulo 58º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", establece que la donacion de la propiedad predial del Estado a favor de particulares que coadyuven al fin social del Estado procede por excepcion y sera aprobada por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector al cual esta adscrita la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, la presente donacion de propiedad predial del Estado ha sido sustentada ante la Superintendencia de Bienes Nacionales, conforme a la normatividad contenida en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº

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