Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2002 (26/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 26 de noviembre de 2002

guiente de la suspension del viaje. Para tales efectos, no sera necesaria otra Resolucion que deje sin efecto la autorizacion correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho de exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 20767

tos, no sera necesaria otra Resolucion que deje sin efecto la autorizacion correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o de derechos aduaneros, cualesquiera que MORDAZA su denominacion o clase a favor de la funcionaria, cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 20768

Autorizan viaje de funcionaria de la Biblioteca Nacional del Peru a Colombia para participar en evento de responsables nacionales de Bibliotecas Publicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1225-2002-ED MORDAZA, 22 de noviembre de 2002 Visto el Oficio Nº 1127-2002-BNP/DN del Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru y demas documentos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que mediante carta de fecha 15 de noviembre de 2002, el Director del Centro de Formacion de la Cooperacion Espanola de Cartagena de Indias - Colombia solicita la designacion del funcionario que participara en el "III Encuentro Iberoamericano de Responsables Nacionales de Bibliotecas Publicas", organizado por la Subdireccion General de Coordinacion Bibliotecaria, la Direccion General del Libro, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte de Espana, a desarrollarse en el Centro de Formacion de la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional (AECI), MORDAZA Cartagena de Indias, Colombia, del 26 al 28 de noviembre de 2002, concediendo, asimismo, una beca parcial que comprende los costos de alojamiento y manutencion; Que, con documento del visto, el Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru solicita autorizacion de viaje de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General (e) del Centro de Servicios Bibliotecarios Publicos, para que participe en el referido evento; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y la Resolucion Suprema Nº 170-2002-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General (e) del Centro de Servicios Bibliotecarios Publicos de la Biblioteca Nacional del Peru, a la MORDAZA de Cartagena de Indias, Colombia, del 25 al 29 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente Resolucion seran sufragados con cargo al presupuesto de la Biblioteca Nacional del Peru, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Pasaje aereo Tarifa CORPAC $ 1,000.00 $ 547.52 $ 25.00

Autorizan contratar polizas de seguros para proteccion de bienes y valores mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1226-2002-ED MORDAZA, 25 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que por Memorandum Nº 3378-2002-ME/SG-OA-UA, el Jefe de la Unidad de Abastecimiento, pone en conocimiento de la Oficina de Administracion, la situacion de urgencia que informa el Area de Control Patrimonial para contratar por exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, las polizas de seguros para la proteccion de los bienes y valores del Ministerio de Educacion - Sede Central y de las Unidades Ejecutoras 027 y 028, en tanto se realice el MORDAZA de seleccion respectivo; Que con el documento citado en el considerando precedente se sustenta tecnicamente la necesidad de exonerar al Ministerio de Educacion y por consiguiente, se permite autorizar a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, en tanto y en cuanto se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente para satisfacer la necesidad total; Que el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, al respecto, el articulo 21º del citado Texto Unico Ordenado, senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios que la entidad tiene a su cargo; Que el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Informe Nº 1558-2002-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto por el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion;

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria cuyo viaje se autoriza, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. En caso de no realizarse el viaje autorizado, corresponde la inmediata devolucion de los montos entregados al dia siguiente de la suspension del viaje. Para tales efec-

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