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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (02/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 230827 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de octubre de 2002 Vistos; el informe Técnico Legal Nº 029-2002-INDECI/ DNL/12.0 de la Dirección Nacional de Logística, sus ante- cedentes; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios per- sonalísimos están exonerados de los procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, se- gún sea el caso; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selec- ción, los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas, cuando para ello se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particu- lares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio, agregando que la evaluación de las características o habilidades del locador deberá ser objeti- va y se efectuará en función de la naturaleza de las presta- ciones a su cargo, la misma que no puede ser materia de subcontratación; Que, el Artículo 20º de la Ley acotada, concordante con los Artículos 113º y 114º de su Reglamento, dispo- nen que las exoneraciones se aprobarán mediante Re- solución del Titular del Pliego, siendo esta facultad in- delegable y requiriendo para ello obligatoriamente de un informe que contendrá la justificación técnica y legal de la contratación, la necesidad de la exoneración y contemplará criterios de economía, tales como los cos- tos y la oportunidad; Que, para el fortalecimiento de la gestión institucional y a efecto de garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios esenciales que debe brindar el INDECI, en su condición de Organismo rector del Sistema Nacional de Defensa Civil, en el marco de los estados de emergencia decretados y frente a la inminencia del Fenómeno "El Niño", se requiere contar con el concurso de profesionales califi- cados, que permitan la sostenibilidad de las acciones en marcha y la atención oportuna de las acciones que se en- cuentran en proceso por el Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, en dicho contexto, el Capitán de Navío (r) y Rafael Luna Aubry tiene reconocida calidad y experiencia profe- sional y ha prestado servicios de asesoría en apoyo a la Jefatura del INDECI, para coadyuvar al fortalecimiento de la gestión institucional, en el área de la Subjefatura; así como, en materia de Defensa Civil y Defensa Nacional, ha participado en la formulación del Plan Nacional de Preven- ción y Atención de Desastres; así mismo, ha brindado apo- yo en las acciones de prevención y atención de emergen- cias; Que, en el caso del abogado Luis Jorge Pitta Pereyra, tiene amplia experiencia profesional en el Sector Público y ha prestado servicios de asesoría en Sistemas Adminis- trativos y apoyo a la gestión de la Jefatura, para coadyuvar al fortalecimiento de la gestión institucional, tanto en el área de Asesoría Jurídica, como en la de Secretaría General e Imagen Institucional; así mismo, ha brindado apoyo en las acciones de prevención y atención de emergencias; habien- do participado además, como ponente en los eventos de capacitación para la acreditación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil y ha elaborado un Estudio sobre los Fundamentos y Nociones del Sistema Nacional de Defensa Civil; Que, la abogada Mariela Pinillos Rodríguez, igualmente, posee amplia experiencia profesional en el Sector Público, habiendo ejercido cargos a nivel de la Alta Dirección en el Sector y ha prestado servicios de asesoría en apoyo a la Jefatura, para coadyuvar al fortalecimiento de la gestión institucional, en el área de la Oficina de Asesoría Jurídica; asimismo, ha brindado apoyo en las acciones de preven- ción y atención de emergencias; así como, asesoramiento en el proceso para la instalación de Almacenes Adelanta- dos y el Plan de las 72 Horas; Que, por lo expuesto, es de suma importancia para el Instituto Nacional de Defensa Civil contar con los ser- vicios especializados de los profesionales en mencióny estando a lo opinado en el Informe Técnico Legal de vistos; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM y en los Artículos 105º, 106º y 111º al 116º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; el Art. 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selec- ción por adjudicación directa selectiva y autorizar a la Dirección Nacional de Logística, a efectuar la contrata- ción de servicios personalísimos de los profesionales que se mencionan a continuación, para brindar servi- cios de asesoría especializada a la Jefatura del Institu- to Nacional de Defensa Civil, por los períodos y montos que se detallan: - Capitán de Navío (r) Rafael Luna Aubry, por el pe- ríodo del 1 de setiembre al 31 de diciembre de 2002, por el monto total de S/. 34 000,00 (Treinta y Cuatro Mil Nuevos Soles), por concepto de honorarios profesiona- les. - Abogado Luis Pitta Pereyra, por el período del 1 de setiembre al 31 de diciembre de 2002, por el monto total de S/. 32 000,00 (Treinta y Dos Mil Nuevos Soles), por con- cepto de honorarios profesionales. - Abogada Mariela Pinillos Rodríguez, por el período del 1 de setiembre al 31 de diciembre de 2002, por el mon- to total de S/. 22 000,00 (Veintidós Mil Nuevos Soles), por concepto de honorarios profesionales. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Re- solución a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 (diez) días calendario de su expedición. Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional, ingrese la presente Resolución en el archivo general del INDECI y remita copia fedateada a la Dirección Nacional de Logística y a la Oficina de Asesoría Jurídica, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 17535 OSINERG FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 1450-2002-OS/CD Por Oficio Nº 262-2002-OSINERG/GART, el Organis- mo Supervisor de la Inversión en Energía solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución OSINERG Nº 1450-2002-OS/CD, publicada en nuestra edición del día 26 de setiembre de 2002, en la página 230509. En el primer párrafo del Artículo 4º: DICE: Modifíquese el párrafo final del numeral 1.3, del Artícu- lo 2º de la Resolución Nº 940-2000-P/CTE, el que quedará redactado de la siguiente forma: DEBE DECIR: Modifíquese el párrafo final del numeral 1.3, del Artícu- lo 2º de la Resolución OSINERG Nº 0940-2002-OS/CD, el que quedará redactado de la siguiente forma: 17433