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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (02/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 230810 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de octubre de 2002 1. Concurso Público de Méritos Nº 001-2002 para cu- brir las plazas notariales de las provincias de Cañete y Yau- yos. 2. Concurso Público de Méritos Nº 002-2002 para cu- brir la plaza notarial de la provincia de Barranca. 3. Concurso Público de Méritos de Nº 003-2002 para cubrir la plaza notarial de la provincia de Huarochirí. Artículo 3º.- Los derechos abonados por los postulan- tes para el Concurso Público Nº 001-2000, que se ha deja- do sin efecto, son válidos y dan derecho a los participantes a señalar el Concurso Público en el que participarán, bas- tando para ello la presentación de una comunicación escri- ta dirigida al Decano del Colegio de Notarios del Callao. Artículo 4º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción al Colegio de Notarios del Callao y a los interesados para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Presidente JOSÉ PEREIRA RIVAROLA Consejero OSCAR ZEGARRA GUZMÁN Consejero El voto singular del Consejero Carlos Enrique Becerra Palomino es como sigue: "El Reglamento de Concurso Público para el Ingreso a la Función Notarial aprobado por Resolución Ministerial Nº 398-2001-JUS, al disponer que los concursos convocados a la fecha de expedición de dicha norma se rijan por las nuevas normas, resulta atentatorio de derechos adquiridos." CARLOS ENRIQUE BECERRA PALOMINO Consejero 17418 PRODUCE Autorizan al IMARPE ejecutar la opera- ción EUREKA LIX, con la participación de embarcaciones cerqueras con permi- so para la extracción del recurso an- choveta RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 097-2002-PRODUCE Lima, 1 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que el artículo 13º de la Ley General de Pesca - Decre- to Ley Nº 25977, establece que la investigación pesquera está orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases científicas que sustentan el desarrollo integral y armónico del proceso pesquero; Que mediante Resolución Ministerial Nº 243-2002-PE del 11 de julio del 2002, se estableció la veda reproductiva del recurso anchoveta ( Engraulis ringens ) y se suspendie- ron las actividades de extracción de los recursos anchove- ta y anchoveta blanca ( Anchoa nasus ) a partir del 31 de julio del 2002, y de procesamiento a partir del 1 de agosto del 2002, en el área comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta el paralelo 16° 00' La- titud Sur; Que en el artículo 13º de la precitada resolución, se encarga al Instituto del Mar del Perú - IMARPE la evalua- ción del proceso reproductivo del recurso anchoveta, de- biendo alcanzar al Ministerio de la Producción el informe correspondiente, el cual incluirá la recomendación sobre el levantamiento de la veda reproductiva del recurso; Que por Resolución Ministerial Nº 077-2002-PRODU- CE del 25 de setiembre del 2002, se establecen las disposi- ciones que regulan el abastecimiento de los recursos sar- dina ( Sardinops sagax ), jurel ( Trachurus picturatus murphyi ) y caballa ( Scomber japonicus peruanus ) a la industria con-servera, congeladora, de curados o de otros productos de consumo humano directo en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE. Asimismo, en su artículo 13º se establece que aquellas embarcaciones cerqueras que hayan suscrito los convenios a que se refie- re la citada resolución, y a la vez hayan dado cumplimiento a ellos; tendrán un trato preferencial en las operaciones EUREKA que ejecute el Ministerio de la Producción; Que la citada Institución mediante Oficio Nº PCD-100- 508-2002-PRODUCE/IMP del 20 de setiembre del 2002, remite el informe "Avance del Proceso Reproductivo de Anchoveta al 15 de setiembre", en el cual señala que del análisis de los parámetros reproductivos se ha determina- do que el recurso se encuentra en pleno proceso del deso- ve principal de invierno - primavera, no observándose aún la declinación alguna en este proceso; sin embargo, sugie- re la ejecución de la Operación EUREKA LIX a inicios del mes de octubre, con el objeto de conocer la actual distribu- ción, concentración y condiciones biológico - pesqueras de este recurso en la costa peruana, especialmente el estado del proceso de desove; Que se considera necesario oficializar la ejecución del Plan de Operación EUREKA LIX, presentado por el Institu- to del Mar del Perú, el mismo que consiste en el desarrollo de actividad científica durante tres (3) días consecutivos, en el ámbito marítimo comprendido entre los paralelos 04° 00' Latitud Sur (Máncora) y 18° 00' Latitud Sur (Atico) y con la participación de treinta y un (31) embarcaciones cerque- ras de mayor escala con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta; los cuales desarrollarán trayectos de hasta 100 millas de distancia de la línea de costa en el área marítima ubicada al norte de Pisco, y al sur de ella los trayectos comprenden hasta una distancia de 150 millas; por lo que dicha Institución requiere contar con embarcaciones pesqueras con autonomía necesaria para efectuar este desplazamiento, así como los equipos acústicos adecuados; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto del Mar del Perú - IMARPE la ejecución de la Operación EUREKA LIX, los días 6, 7 y 8 de octubre del 2002, en el área marítima com- prendida entre el paralelo 04° 00' Latitud Sur (Máncora) y el paralelo 18° 00' Latitud Sur (Atico), y con la participación de treinta y un (31) embarcaciones pesqueras cerqueras de mayor escala con permiso de pesca vigente para la ex- tracción del recurso anchoveta, las cuales además debe- rán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 2º. Artículo 2º.- Los armadores de las embarcaciones pes- queras cerqueras que al amparo de lo dispuesto en el artí- culo 1º, se orienten a participar en las actividades de Ope- ración EUREKA LIX, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Contar con permiso de pesca vigente para extraer el recurso anchoveta y estar consignados en los literales A), B), C), J) y L) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 152-2002-PE o haber sido incorporados a los literales en mención conforme lo dispuesto en la citada resolución; b) Contar y utilizar obligatoriamente, en las faenas de pesca, redes de cerco con un tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 mm.); c) Las embarcaciones pesqueras deberán contar a bor- do con las plataformas / balizas del Sistema de Seguimien- to Satelital (SISESAT) operativas, las que deben emitir se- ñales de posicionamiento GPS (Global Positioning System); d) Las embarcaciones pesqueras, deberán obligatoria- mente embarcar y brindar las facilidades necesarias a bor- do para el cumplimiento de las labores de los técnicos cien- tíficos que designe el Instituto del Mar del Perú, durante sus operaciones de pesca, quien deberá estar debidamen- te acreditado como inspector a bordo. Artículo 3º.- Las embarcaciones pesqueras cerqueras que decidan participar en la Operación EUREKA LIX auto- rizada en el artículo 1º, deberán inscribirse en la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Mi- nisterio de la Producción a partir del día de la fecha de publicación de la presente resolución hasta el día 3 de oc-