Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (14/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 231341 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de octubre de 2002 - Área de Recreación Pública · (Parques N°1 y N°2) : 11,409.70m2 - Área de Vías Públicas : 17,959.59m2 CUADRO DE APORTES: REGLAMENTO PROYECTO Recreación Pública 1% 6,582.40m2 11,409.70m2 Ministerio de Educación 2% 1,196.80m2 1,200.80m2 Que, a partir de la vigencia de la Ley General de Ha- bilitaciones Urbanas Ley Nº 26878, es facultad de las Mu- nicipalidades Distritales, conocer y aprobar las solicitu- des de Habilitación Urbana, estando al Informe técnico favorable y en aplicación de lo establecido en el Decreto de Alcaldía Nº 011- norma mediante el cual el señor Alcalde delega al suscrito en calidad de Director de De- sarrollo Urbano de esta Municipalidad resolver los pro- cedimientos correspondientes a esta Dirección; SE RESUELVE: Artículo Primero.- TÉNGASE por Recepcionada las Obras de Habilitación Urbana de la ASOCIACION PROVI- VIENDA DEL HOSPITAL DE AERONAUTICA, del terreno de 59,840.00m2, constituido por el Lote H, localizado en la Pampa del Arenal, denominada Portada del Sol, del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; calificán- dose como Habilitación Urbana de tipo Progresivo para uso residencial de Densidad Media “R-4”, de conformidad al Plano N° 041-2002-MDLM-DDU-DOPHU, dejándose dife- rida la ejecución de las obras de ornamentación y sembrío del Parque N° 1, así como la colocación de muretes de señalización en todas las vías, las mismas que serán eje- cutadas en un plazo máximo de 10 años, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, precisándose que esta recepción ha sido aprobada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Resolución N° 389-2001- MML-DMDU del 22 de Agosto del 2001; en consecuencia autorícese la libre adjudicación de los lotes que se recep- cionan de Acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS: ·Área Bruta : 59,840.00m2 ·Área Útil -Vivienda : 26,120.91m2 -Comercio : 3,140.00m2 -Subestación (Mz. D, Lote 14 A) : 9.00m2 -Ministerio de Educación (Lote 1, Mz. H) : 1,200.80m2 ·Área de Vías Públicas : 17,959.59m2 ·Área de Recreación Pública Parques N° 1 y N° 2. : 11,409.70m2 El Área Útil de 30,470.71m2 está distribuido de la si- guiente manera: MANZANA Nº DE LOTES NUMERACIÓN ÁREA (M²) A 30 1 al 30 6,632.36 B 28 1 al 28 5,426.88 C 18 1 al 18 3,517.20 D 29 1 al 14, 14a y del 15 al 28 5,517.97 E 28 1 al 28 5,351.50 F 05 1 al 5 1,784.00 G 07 1 al 7 1,840.00 H 01 01 1,200.80 TOTAL 146 ------- 30,470.71 Los lotes 1,2 y 3 de la Mz.F y del 1 al 7 de la Mz. G están destinados al Uso de Comercio Local Artículo Segundo. - AUTORIZAR la independización de los lotes exceptuándose los lotes que constituyen apor- tes reglamentarios: para el Ministerio de Educación ubi- cado en le lote 01 de la Mz. H con 1,200.80m2 y la Sub- estación Eléctrica ubicado en el lote 14A de la Mz. D con 9.00m2. Artículo Tercero. - Dejar como carga inscrita en los Registros Públicos la obligatoriedad de que los propieta-rios de los lotes que conforman la presente Habilitación, quedan obligados a ejecutar las obras de ornamentación y sembrío del Parque N° 1, previa adecuación técnica del terreno Artículo Cuarto .- Disponer que la propietaria de la presente Habilitación, inserte en los documentos de Ad- judicación la obligatoriedad de contribuir con el prorrateo de las obras de ornamentación del Parque N° 1 y de los muretes de señalización de calles. Artículo Quinto .- Transcríbase la presente Resolu- ción a los Registros Públicos para su inscripción y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimien- to y fines, previamente la Asociación recurrente deberá publicar en el Diario Oficial El Peruano el contenido de la presente Resolución en el término de 15 días de notifica- do la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JULIO ECHAZU PERALTA Director Dirección de Desarrollo Urbano 18102 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan plazo de situación de urgen- cia para contratación de vehículos para prestación de servicio de recolección de residuos sólidos y disposición final ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-02-MDLV La Victoria, 30 de setiembre del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto, el Informe Nº 020-2002-DM/MDLV de fecha 26 de setiembre del 2002 de la Dirección Municipal respecto a prorrogar la Situación de Urgencia del Servicio de Reco- lección de Residuos Sólidos y Disposición Final de los mis- mos, del distrito de La Victoria; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a ley, son órganos de Gobierno Local con auto- nomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 192º del mismo cuerpo constitucio- nal, señala entre otros aspectos como competencia municipal, la organización, reglamentación y adminis- tración de los servicios públicos locales de su responsabilidad; Que, en el mismo sentido, el inciso 6) del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 dispone que, las municipalidades son competentes para "Organi- zar, Reglamentar y Administrar los servicios públicos lo- cales"; Que, el artículo 71º del mismo texto legal establece en su inciso 4) que las Municipalidades son competentes para sostener o supervisar por lo menos, los servicios públicos esenciales para la comunidad, entre los que se encuentra la Limpieza Pública, servicio que integralmente implica la recolección de Residuos Sólidos, la Recolec- ción de Maleza, Recolección de Desmonte, Disposición Final (Relleno Sanitario); Que, mediante Informe Nº 393-2002-DSC/MDLV de fecha 25 de setiembre del 2002 la Dirección de Servicios a la Ciudad informa que nuestras unidades recolectoras no han podido ser reparadas debido a la falta de los re- puestos de las mismas en el Mercado Nacional, siendo necesario y urgente prorrogar la Situación de Urgencia dispuesta mediante Acuerdo de Concejo Nº 022-02-MDLV de fecha 9 de agosto del 2002, a efectos de garantizar la prestación del servicio de Recolección de Residuos Sóli- dos; Que, mediante Informe Nº 020-2002-DM/MDLV de fe-