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Pág. 231326 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de octubre de 2002 premo Nº 012-2001- PCM, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relación de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Artículo 216º del Reglamento de la Ley, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, es- tablece que el Consejo Superior de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado - CONSUCODE, publicará men- sualmente la relación de proveedores, postores o contra- tistas que hayan sido sancionados en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Re- gistros respecto de los proveedores, postores o contra- tistas sancionados, comunicados a dicha Gerencia por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSU- CODE durante el mes de setiembre; y, De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59º inci- so c) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y, del Artículo 4º numeral 3) y Artículo 7º numeral 22) del De- creto Supremo Nº 021-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de los pro- veedores, postores y contratistas sancionados por el Tri- bunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado san- cionados durante el mes de setiembre: 1. SUPER CHEFF S.A., Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y con- tratar con el Estado, por incumplimiento de contrato, se- gún Resolución Nº 633/2002.TC-S2 de 3.9.02 que entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su notifica- ción. 2. REALBA E.I.R.L., Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contra- tar con el Estado, por incumplimiento de obligaciones con- tractuales, según Resolución Nº 636/2002.TC-S2 de 3.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 3. SERVICIOS ESPECIALIZADOS E.I.R.L., Suspen- sión de un (1) año en su derecho a presentarse a proce- sos de selección y contratar con el Estado, por no sus- cripción injustificada de contrato, según Resolución Nº 637/2002.TC-S2 de 3.9.02 que entrará en vigencia a par- tir del día siguiente de su notificación. 4. SERVICIOS METÁLICOS PADILLA E.I.R.L., Sus- pensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por in- cumplimiento de contrato, según Resolución Nº 638/ 2002.TC-S2 de 3.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 5. ATLAS CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (ac- tualmente Constructora Atenas S.R.L., (Reg. 3727), Sus- pensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por in- cumplimiento de obligaciones y resolución del contrato, según Resolución Nº 646/2002.TC-S1 de 3.9.02 que en- trará en vigencia a partir del día siguiente de su notifica- ción. 6. CONSTRUCTORA EL PACIFICO S.R.L. (Reg. 7524), Suspensión de un (1) año en su derecho a presen- tarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscripción de contrato, según Resolución Nº 647/ 2002.TC-S1 de 3.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 7. EMPRESAS PRO VIGILIA S.A. e INVISA, Sus- pensión de seis (6) meses en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documentación falsa, según Resolución Nº 651/2002.TC-S1 de 3.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 8. COMERCIAL EL CAMPEON SCRL, Suspensión de tres (3) meses en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscrip- ción injustificada de contrato, según Resolución Nº 652/ 2002.TC-S1 de 3.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 9. TRANSPORTE RAPIDO UNIVERSAL S.A., Suspen- sión de un (1) año en su derecho a presentarse a proce- sos de selección y contratar con el Estado, por presenta- ción de documentos falsos, según Resolución Nº 653/ 2002.TC-S1 de 3.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 10. CORPORACION SANTA RITA S.A., Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por incumplimientoinjustificado de contra to, según Resolución Nº 655/ 2002.TC-S1 de 3.9.02 que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 11. CONSTRUCTORA DE LA CRUZ S.R.L. Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documentación falsa y no suscribir el contrato, según Reso- lución Nº 700/2002.TC-S2 de 27.9.02 que entrará en vigen- cia a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 12. RMC CONTRATISTAS GENERALES S.A. (Reg. 1838), Suspensión de un (1) año en su derecho a presen- tarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por presentar documentación falsa y/o declaración jurada con información inexacta, según Resolución Nº 701/ 2002.TC-S2 de 27.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 13. INDUSTRIAL DEL NORTE SRL, Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por presentar documentación falsa, según Resolución Nº 706/2002.TC-S1 de 27.9.02 que entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 14. AVIGAR REPRESENTACIONES S.A.C., Suspen- sión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por incumplimiento de obligaciones, según Resolución Nº 708/2002.TC-S1 de 27.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación. 15. MUEBLES LUXI "A" S.A.C., Suspensión de un (1) año en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, por incumplimiento de obliga- ciones del contrato, según Resolución Nº 710/2002.TC-S1 de 27.9.02 que entrará en vigencia a partir del día siguien- te de su notificación. 16. MERVISA S.R.LTDA. (Reg. 5857), Suspensión de ocho (8) meses en su derecho a presentarse a procesos de selección y contratar con el Estado, presentación de documentación falsa, según Resolución Nº 714/2002.TC- S1 de 27.9.02 que entrará en vigencia a partir del día si- guiente de su notificación. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Re- gistros incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de agosto, a la página web de la entidad, www.consucode.gob.pe. donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHÁVEZ Presidente 18034 SUNARP Encargan funciones de la Jefatura de la Zona Registral Nº VI - Sede Pucallpa al Gerente Registral RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 455-2002-SUNARP/SN Lima, 10 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el señor abogado José Antonio Mena Villena, Jefe de la Zona Registral Nº VI - Sede Pucallpa, va a hacer uso de su período vacacional a partir del 14 de octubre hasta el 12 de noviembre del año en curso; Que, de conformidad, con lo establecido en el inciso p) del artículo 91º del Reglamento de Organización y Funcio- nes de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS, es función del Gerente Registral reempla- zar al Jefe de la Zona Registral en caso de ausencia; Estando a lo establecido en el inciso v) del artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Pú- blicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al señor abogado Orlando Gamio Málaga, Gerente Registral de la Zona Registral