Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2002 (14/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 14 de octubre de 2002

pertinentes son considerados por la EPS o por la SUNASS. La MORDAZA audiencia tiene caracter informativo pero por su ubicacion permite recoger aportes y comentarios que tengan fundamental importancia para la decision. Se ha considerado tambien la observacion acerca de que falta consignar quien asumiria los costos de las audiencias publicas. La primera correra a cargo de la EPS habida cuenta que es esta la que sustenta ante la poblacion su solicitud y, en el mismo razonamiento, la MORDAZA correra a cargo de la SUNASS. 6.3 Sugerencias no tomadas en cuenta Efectivamente se produce un costo al modificar el procedimiento pero se obtiene una mayor participacion de la sociedad civil con lo que las tarifas ganan en legitimidad y aceptabilidad. La critica a la duracion del procedimiento de fijacion de tarifas se ha aceptado solo parcialmente ya que los correspondientes plazos8 estan, en unos casos, establecidos en diversas normas y, en otros, son lo minimo necesario para que la tarea sea realizada con la calidad necesaria. Tampoco se han aceptado las sugerencias de establecer condiciones o requisitos para quienes acudan a las audiencias publicas porque la concurrencia a estas debe ser libre y sin ningun MORDAZA de restriccion. 7. MORDAZA PROCEDIMIENTO APROBADO. 7.1 Admision de la solicitud El MORDAZA se inicia con la MORDAZA de la solicitud acompanando segun sea el caso del plan financiero elaborado de acuerdo con la Directiva para la MORDAZA de Planes Financieros o del expediente establecido en la Resolucion de Superintendencia N° 240-2000SUNASS y la Resolucion de Superintendencia N° 15099-SUNASS. La Gerencia de Regulacion Tarifaria (GRT) en un plazo MORDAZA de 3 dias habiles revisa el cumplimiento de los requisitos pudiendo dentro del periodo solicitar se subsanen las deficiencias encontradas para lo cual se MORDAZA un plazo MORDAZA de 5 dias habiles. Si la documentacion esta completa la GRT emitira una resolucion admitiendo a tramite, de lo contrario declarara la inadmisibilidad de la solicitud. 7.2 Convocatoria y realizacion de audiencia publica para que la EPS sustente su propuesta. Una vez admitida la solicitud, la GRT dispone la publicacion de la solicitud y sus anexos en la pagina web de la SUNASS y coordina con la EPS el lugar, fecha y hora en la que se realizara la audiencia publica. Luego el Consejo Directivo de la SUNASS (CD) procedera a convocar a la audiencia publica. Los avisos se publicaran en el diario que publica los avisos judiciales y en el diario de mayor circulacion de la provincia sede de la EPS. Los costos de la organizacion de esta audiencia publica correran a cargo de la EPS. En esta audiencia publica, la EPS sustentara ante la poblacion y sus organizaciones representativas el programa de inversiones, las metas de gestion, los niveles de cobertura y calidad del servicio y el programa tarifario propuesto en su solicitud. La EPS para reducir los puntos de controversia con la poblacion debia haber realizado de manera previa a la MORDAZA de la solicitud un MORDAZA de consultas con entes representativos de la localidad, asi mismo se asegurara de presentar un plan tecnicamente consistente. En caso la EPS no organiza u organizandola no acude a la audiencia publica, la Gerencia General de la SUNASS (GG) emitira resolucion denegando la solicitud y dando por concluido el tramite. Los asistentes a la audiencia publica expondran sus puntos de vista, comentarios, sugerencias, pedidos, etc. de manera ordenada y siguiendo las reglas establecidas en la directiva que regula la realizacion de las audiencias publicas. El equipo tecnico de la SUNASS tambien intervendra precisando sus comentarios y observaciones a la solicitud. En esta fase se da la mayor importancia a la participacion de las organizaciones de consumidores y de la sociedad civil en su conjunto y todos aquellos puntos de vista, comentarios, sugerencias y pedidos tienen la oportunidad de ser tomados en cuenta en la medida que MORDAZA relevantes y consistentes.

7.3 Evaluacion de la solicitud En los siguientes 20 dias habiles la GRT evaluara la consistencia tecnica de la solicitud a la luz de la exposicion realizada por la EPS, los puntos de vista, comentarios, sugerencia y pedidos de los asistentes. Si la solicitud es consistente sigue el tramite. En caso hubiera inconsistencia y se considera posible su subsanacion, se otorgara un plazo a la EPS para que subsane las observaciones. Si por el contrario las observaciones son graves y se considera que no es posible subsanarlas sin cambios radicales en la solicitud o si no se subsana las observaciones en el plazo requerido, la GG emitira resolucion denegando la solicitud y dando por concluido el tramite. 7.4 Audiencia publica para que la GRT sustente su opinion tecnica sobre la solicitud y presente la formula tarifaria calculada o el incremento por autorizar. Si la solicitud de la EPS es consistente con la problematica de la prestacion de los servicios, la GRT calculara, segun sea el caso, la formula tarifaria o el monto del incremento en las tarifas. Con el informe correspondiente el CD convoca a la audiencia publica para que la GRT informe la metodologia, criterios, modelos economicos, estudios tecnicos y todo aquello que sustente su opinion tecnica sobre la solicitud de la EPS y el calculo de las formulas tarifarias o del monto del incremento en las tarifas. En la audiencia publica la poblacion y sus organizaciones podran plantear preguntas, comentarios y sugerencias, las cuales seran absueltas por la GRT y se consignaran en el informe de la audiencia publica para que el CD MORDAZA la decision correspondiente. 7.5 Publicacion del proyecto de resolucion que aprueba las formulas tarifarias o que autoriza el incremento en las tarifas. El CD aprobara la publicacion del proyecto de resolucion que aprueba las formulas tarifarias o el incremento en las tarifas con base en el informe de la GRT que da cuenta de su opinion tecnica acerca de la solicitud, del calculo de la formula tarifaria o del incremento en las tarifas y de la realizacion de la audiencia publica. Dicho proyecto sera publicado en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS por un periodo no menor de 15 dias habiles. La GRT recoge y evalua los comentarios poniendolos en consideracion del CD para que MORDAZA el acuerdo de notificar a la EPS las formulas tarifarias a fin de que manifieste si esta o no conforme con ellas. En el caso de los incrementos solicitados sobre la base de planes operativos, el CD tomara la decision de autorizar el incremento correspondiente. 7.6 Dirimencia en caso de inconformidad de la EPS con las formulas tarifarias calculadas por la SUNASS. Cuando la EPS mediante sus propios estudios manifieste su disconformidad con las formulas tarifarias calculadas por la SUNASS, se procedera a seleccionar el consultor independiente que dirimira entre las propuestas de la EPS y la SUNASS. 7.7 Aprobacion de las formulas tarifarias o de la autorizacion para el incremento en las tarifas. Para el caso de las solicitudes formuladas sobre la base de los planes maestro y financiero, el CD emitira la Resolucion de aprobacion de las formulas tarifarias, ya MORDAZA estas las calculadas por la SUNASS o las establecidas por el consultor dirimente. En el caso de las solicitudes que se sustentan en planes operativos, el CD emitira la resolucion que autoriza el incremento en las tarifas.

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Tanto el D.S. Nº 124-2001-PCM como la reciente Ley Nº 27838 establecen plazos minimos con la finalidad de que los usuarios y la poblacion puedan tomar conocimiento, analizar y preparar sus comentarios acerca de la informacion publicada.

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