TEXTO PAGINA: 25
Pág. 231491 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de octubre de 2002 Que, en cuanto al Convenio Interinstitucional con la Di- rección Regional de Educación de Piura, de lo actuado aparece que el referido Convenio tiene como objetivos rea- lizar un Programa de Proyección Cultural de la Corte Su- perior de Justicia de Piura a los Centros Educativos del ámbito de la Región de Educación de Piura, a fin de pro- pender a difundir la Cultura de Paz en los Centros Educati- vos de la Región; promover la conciliación como medio al- ternativo de resolución de conflictos, destacar la importan- cia del Poder Judicial, su función en la sociedad y su res- ponsabilidad de resolver conflictos sociales; así como sen- sibilizar a la comunidad con relación al servicio de admi- nistración de justicia; Que, el Convenio propuesto por la Corte Superior de Justicia de Piura es eminentemente académico, por lo que no requiere disponibilidad presupuestaria para su ejecu- ción, y en consecuencia no irrogará gastos al Pliego del Poder Judicial; Que, el artículo 90º, inciso 3°, del Texto Único Orde- nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que es atribución y obligación del Presidente de Corte Superior, dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo, en coordina- ción con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; en tal sentido, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura es responsable de aplicar dicho Convenio den- tro de los límites de la normatividad administrativa vi- gente; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Con- sejero Jorge Calderón Castillo, quien no interviene por en- contrarse de viaje en comisión de servicios, en sesión ex- traordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Corte Superior de Justicia de Piura y la Dirección Regional de Educación de Piura, el que cons- ta de 08 cláusulas, autorizándose al Presidente de la Cor- te Superior de Justicia de Piura a suscribirlo, siendo res- ponsable de su ejecución. Artículo Segundo.- La suscripción y ejecución del Convenio materia de la presente resolución no irrogará gasto alguno al Poder Judicial. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimien- to y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 18283 Cesan Vocal de la Corte Superior de Justicia de Junín por límite de edad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 152-2002-CE-PJ Lima, 16 de octubre del 2002 VISTO: El Informe Nº 019-2002-GPEJ-GG-PJ emitido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del doctor RAÚL VÍCTOR NEIRA BRAVO, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Junín; y, CONSIDERANDO: Que, de la documentación que se adjunta aparece que el doctor, RAÚL VÍCTOR NEIRA BRAVO Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Junín, el día 17 de octubre del 2002, cumplirá setenta (70) años de edad;Que, de la copia de la Partida de Nacimiento anexa, se desprende que el doctor RAÚL VÍCTOR NEIRA BRAVO nació el 17 de octubre de 1932; Que, en virtud a lo establecido en el inciso a) del artícu- lo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y en el artículo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, una de las causa- les justificadas para que proceda el cese definitivo de un servidor, es por cumplir setenta (70) años de edad, causal que es aplicable a todo servidor público; salvo aquellos sometidos a regímenes de excepción; Que, habiéndose determinado, que el doctor RAÚL VÍC- TOR NEIRA BRAVO, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Junín, cumplirá setenta (70) años de edad el día 17 de octubre del 2002, se encuentra incurso en la cau- sal de cese por límite de edad, por cuanto le resulta aplica- ble la norma contenida en el inciso a) del artículo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y el artículo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; De conformidad con lo previsto en el inciso a) del artí- culo 35º del Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y la Ley Nº 27367; el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; en uso de las faculta- des conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin la intervención del señor Consejero Jorge Calderón Casti- llo por encontrarse de viaje en comisión de servicios, en sesión extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- CESAR por límite de edad, a partir del 17 de octubre del 2002, al doctor RAÚL VÍCTOR NEI- RA BRAVO, en el cargo de Vocal Titular de la Corte Supe- rior de Justicia de Junín, dándosele las gracias por los ser- vicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presi- dencia de la Corte Superior de Justicia de Junín, a la Ge- rencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO CARLOS ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 18284 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan acuerdo de Sala Plena Extra- ordinaria que aprueba implementar el Consejo Ejecutivo Distrital del Distrito Judicial del Cono Norte de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 285-2002-P-CSJCN/PJ Independencia, once de octubre del dos mil dos. VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, en sesión de Sala Plena Extraordinaria de esta Corte Superior de Justicia, presidida por el suscrito y rea- lizada el día once de octubre del año en curso, con la par- ticipación de los señores Vocales Superiores Titulares de esta Corte, se trató como tema de agenda: La Imple- mentación del Consejo Ejecutivo Distrital de este Distrito Judicial; Que, estando a que los señores Vocales Titulares asistentes, ratificaron el acuerdo que fuera adoptado el día de ayer, diez de los corrientes, en la reunión oficial convo- cada por esta Presidencia, por la cual, se acordó imple- mentar el Consejo Ejecutivo Distrital de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial y habiéndose aprobado