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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (20/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 231706 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de octubre de 2002 dad de Bogotá, del 21 al 25 de octubre del 2002, en el mar- co del 1er. Festival Gastronómico y Cultural Peruano; Que, es pertinente designar a un representante de PROM- PEX, con la finalidad de que presida la delegación de exporta- dores peruanos que participarán en la Misión para promocio- nar el Pisco e introducirlo en el mercado colombiano, país que lo reconoce como denominación de origen del Perú; Que, a los exportadores peruanos participantes se les ha preparado una Agenda de Negocios con la finalidad de que se entrevisten con los principales importadores y re- presentantes de supermercados, restaurantes, hoteles y cadenas de distribución del rubro bebidas alcohólicas de Colombia; actividad que ha sido coordinada con la Oficina Comercial de Perú en Colombia y que será apoyada por el Centro Andino de Negocios - CEAN y la Cámara de Comer- cio Peruano Colombiana - COLPERÚ; Que, el inciso b) del literal 3.1 del Artículo 3º del Decre- to de Urgencia Nº 030-2002 establece medidas complemen- tarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año 2002 y señala que se puede autorizar viajes al exte- rior con cargo a recursos públicos cuando los viajes tienen por finalidad efectuar acciones de promoción y/o negocia- ción económica y comercial de importancia para el Perú; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Sr. Fernando Ego- Aguirre López-Albújar, Consultor de Productos Orgánicos, Pisco y Aceitunas, de la Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX- a la ciudad de Bogotá, Colom- bia, del 21 al 25 de octubre del 2002, para los fines expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al Pre- supuesto del Pliego Comisión para la Promoción de Expor- taciones, del Sector Comercio Exterior y Turismo, de acuer- do al siguiente detalle: - Viáticos :US$ 800.00 - Impuesto del Pasaje :US$ 25.00 - Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- El funcionario autorizado mediante el Artícu- lo 1º, dentro de los quince (15) días calendario, siguientes a la realización del viaje, deberá presentar un informe para la Pre- sidencia de PROMPEX, sobre las acciones y logros obtenidos durante el evento en el que participará, así como la respectiva rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18536 Autorizan viaje del Viceministro de Comercio Exterior a México para parti- cipar en reuniones del APEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 089-2002-MINCETUR/DM Lima, 17 de octubre de 2002 Visto el Memorándum Nº 090-2002-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de San Lucas, Los Cabos, México, se llevarán a cabo las "Reuniones ABAC y CEO Summit", asi- mismo la "XIV Reunión Ministerial Conjunta" del 22 al 26 de octubre de 2002, en el marco del Foro de Cooperación Eco- nómica Asia Pacífico - APEC; Que, la Agenda de dichas Reuniones, contempla la re- visión del avance del trabajo realizado en el presente año y la elaboración de los nuevos lineamientos y directrices a seguir durante el año 2003 que serán considerados por los Líderes Económicos APEC conjuntamente con los Minis-tros, relacionados al fortalecimiento del sistema multilate- ral, liberalización y facilitación del comercio y la inversión en la región Asia Pacífico; Que, los asuntos que se revisarán y negociarán en dichas Reuniones, son de interés para el país; razón por la cual es necesario autorizar la participación del doctor Alfredo Ferre- ro-Diez Canseco, Viceministro de Comercio Exterior; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Alfredo Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Comercio Exterior, a la ciudad de San Lucas, Los Cabos, México, del 21 al 28 de octubre de 2002, con el objeto de que asista a las reuniones señaladas en la parte Considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Mi- nisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes US$ 1,102,05 Viáticos US$ 1,760,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes a la realización del viaje, el funcionario autorizado mediante el Artículo 1º, presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los lo- gros obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18533 Autorizan y registran modelo de máqui- na tragamonedas solicitada por Recrea- tivos Turísticos Franco Perú S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 198-2002-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2002 Visto, el Expediente Nº 008258-2002-MITINCI, presen- tado por la empresa Recreativos Turísticos Franco Perú S.A., en el que solicita autorización y registro de un (1) modelo de máquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta- bleciéndose en el artículo 11º que los modelos de máqui- nas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, esta- blece la información y documentación que deben presentar los interesados en obtener la autorización y registro de los modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 12º del citado Reglamento señala que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego debe- rán someterse con anterioridad a su autorización y regis- tro, a un examen técnico ante una entidad autorizada, la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acredi- tará que el modelo o las memorias que componen el pro- grama de juego, según sea el caso, cumplen con los requi- sitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumpli- miento Nº 200201-11 de fecha 15.1.2001, expedido por el Laboratorio de Certificación de la Pontificia Universidad Católica del Perú y verificado los requisitos técnicos de la máquina tragamonedas cuya autorización y registro solici- tan, se advierte que cumple con lo dispuesto en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI;