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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 229621 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de setiembre de 2002 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de delito contra la fe pú- blica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 233-2002-TR Lima, 5 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 025-2002-TR/OII del Inspector General (e) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, median- te el cual se adjunta la Hoja Informativa Nº 013-2002-OAI- OAEE; y, CONSIDERANDO: Que, resultado de la acción de control que consta en la Hoja Informativa Nº 013-2002-OAI-OAEE, la Oficina Audi- toría y Exámenes Especiales concluye que la micro empre- sa FRUTA CONFITADA JACKY MAR, de propiedad del se- ñor Gilberto Bustamante Núñez, con R.U.C. Nº 10072976831, supuestamente inscrita en el registro PYME de PROMPYME, bajo el código Nº 441Z9045, no se en- cuentra inscrita en dicho registro, según lo informado por la responsable de Registro de Información de PYME y que el referido código de registro materia de examen, correspon- de a otra titular; Que, la referida contingencia se puso de manifiesto cuan- do el señor Gilberto Bustamante Núñez se apersonó a PROMPYME manifestando que deseaba efectuar una co- rrección en el código de registro PYME de su empresa, el mismo que le fuera entregado por un tramitador a quien encargó la diligencia de inscripción y que respondería al nombre de Javier Salazar; Que, de conformidad con el examen realizado por la Oficina Auditoría y Exámenes Especiales con respecto al caso concreto, la situación detallada mediante los documen- tos de Vistos constituiría delito contra la fe pública; Que, conforme con la Acción de Control en referencia, la Oficina de Auditoría y Exámenes Especiales recomienda autorizar a la Procuradoría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Sector, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judi- ciales que correspondan contra el señor Gilberto Bustaman- te Núñez y los que resulten responsables de la presunta comisión de delito contra la fe pública, en agravio del Esta- do; Con el visto bueno del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537, modi- ficado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del artículo 12º y el artículo 78º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Tra- bajo y Promoción del Empleo, para que interponga las ac- ciones legales correspondientes, contra el señor Gilberto Bustamante Núñez y los que resulten responsables de los hechos señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás an- tecedentes del caso, al Procurador Público del Estado en- cargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social para los fines a los que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 16077TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 519-2002-MTC/15.02 Lima, 6 de septiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-MTC se exceptuó de lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exte- rior que efectúen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil con cargo a recursos públicos en cum- plimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es- pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 0695-2002-SDO señalando que el Inspector Javier Calmell del Solar Varisco, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 9 al 13 de septiembre de 2002, realizará un chequeo de proficiencia en equipo A-320 a personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A. y chequeo inicial en equipo A-320 a los propuestos por la empresa Taca Perú S.A.; Que, asimismo, la Dirección de Seguridad Aérea de la mencionada Dirección General ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 0718-2002-SDO señalando que el mencionado Inspector, efectuará en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 15 al 19 de septiembre de 2002, chequeos en simulador de vuelo a personal aeronáu- tico propuesto por la empresa Aerocontinente S.A. en su desempeño en la aeronave Boeing B-737; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamen- to, pueda realizar las inspecciones técnicas a que se contraen las Órdenes de Inspección Nº 0695 y Nº 0718-2002-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Resolu- ción Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, para los fines a que se contrae la presente Resolución, el viaje del señor Javier Calmell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días del mes de septiembre de 2002 que a continuación se indican y que ocasionarán gastos por viáticos y Tarifa por Uso de Aeropuerto, conforme al siguiente detalle: Fecha Viáticos TUA US$ US$ 09 al 13 1,100.00 25.00 15 al 19 1,100.00 25.00 Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men- cionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministe- rial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obte- nidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16122