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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (12/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 229826 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de setiembre de 2002 GENERALES A. B. C. CasillaESPECIFICAS (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11)Indique el nombre de la embarcación pesquera. Consigne el número de matrícula de la embarcación pesquera.I. CODIFICACION DE LA DECLARACION DATOS GENERALES DE LA EMBARCACION PESQUERACARTILLA DE INSTRUCCIONESCARTILLA DE INSTRUCCIONES Consignar el código de pago asignado a la embarcación pesquera. Indicar la fecha de presentación de la Declaración Jurada por concepto de pago de derechos de pesca correspondiente a la 1era cuota del ejercicio 2002. Indicar lacaptura total debacalao deprofundidad obtenida porlaembarcación pesquera enforma mensual yexpresado enT.M. (numeral 7.5delartículo 7ºdela R.M.Nº 236-2001-PE).Las embarcaciones pesqueras demayor escala consignarán lacapacidad debodega enm3 establecida enloslistados deembarcaciones aprobado porla Resolución Ministerial Nº152-2002-PE; yaquellas embarcaciones demenor escala consignarán lacapacidad debodega establecida ensurespectiva Resolución Autoritativa. II. INFORMACION A CONSIGNAR POR LOS ARMADORES PESQUEROS QUE OPTARON POR LA MODALIDAD DE PAGO MENSUAL O TRES CUOTASEl presente Formato será utilizado para efectos de liquidar los derechos de pesca del recurso bacalao de profundidad conforme las Resoluciones Ministeriales Nºs 236-2001-PE y 105-2002-PE. La entrega del presente formato se efectuará en cualquier Dirección Regional de Pesquería o en la Sede Central del Ministerio de la Producción. La información a consignarse deberá hacerse a máquina o a manuscrito con letra imprenta.Las intrucciones que se presentan a continuación son claras y precisas, por favor léalas con detenimiento antes de llenar la Declaración Jurada. Indica elvalor quecorresponde portonelada métrica extraída, elcual hasido establecido arazón de1.8% UIT por tonelada métrica debacalao deprofundidad extraído entre el1ero deenero al31dediciembre del2002 (numeral 7.2delartículo 7ºdelaR.M.Nº 236-2001-PE). El1.8% delaUITestablecida equivale a S/. 55.80 Nuevos Soles / T.M. Multiplicar los valores de las casillas (4) y (5). Lacolumna delacasilla (7), sólo será utilizada poraquellos armadores pesqueros que efectúan sus pagos dederechos depesca enlamodalidad mensual. Enlacolumna deesta casilla, debe indicarse losvalores obtenidos porconcepto delincentivo porpronto pago, losmismos quecomprenden unareducción dehasta uncinco porciento (5%) delmonto mensual quelescorresponde pagar. Está condicionado aquelospagos porderechos depesca delosmeses demarzo hasta agosto sehayan cancelado dentro delosdiez(10)primeros días útiles delmes siguiente alquecorresponden ,mientras quelosmeses deenero yfebrero deben haber sido cancelados dentro de los diez (10) primeros días útiles de los meses de abril y mayo, respectivamente (R.M.Nº 105-2002-PE) . Esta casilla sólo será utilizada poraquellos armadores quecuenten conunsaldo afavor delejercicio 2001, siempre quenocorresponda alpago porservicio del SISESAT (numeral 7.4 del artículo 7º de la R.M.Nº 236-2001-PE y artículo 41º del D.S. Nº 012-2001-PE). Enesta casilla, seindicará losvalores queresulten negativos (-)delacasilla (11)debido aquepodrán arrastrarse como undeducible afavor delarmador. Esta columna será utilizada para efectos del calculo de pago de derechos de pesca bajo la modalidad mensual y tres cuotas. Enlacolumna deesta casilla, debe indicarse losmontos cancelados mensualmente porservicio deSISESAT sinIGV, siempre quehayan sido abonados dentro de losdiez (10) primeros días útiles delmes siguiente alque corresponden (numeral 7.4delartículo 7ºdelaR.M.Nº 236-2001-PE yartículo 41ºdelD.S.Nº 012- 2001-PE). Losvalores mensuales quecorresponden aesta columna, seobtentrán efectuando laoperación matemática que seindica acontinuación, según modalidad de pago : MENSUAL :Restar alvalor delacasilla (6)losvalores delascasillas (7), (8), (9) y (10).TRES CUOTAS : Restar al valor de la casilla (6) los valores de las casillas (8), (9) y (10). (12) (13) (14) (15) RECIBO Nº ................................ ENTIDAD.................................... FECHA DE PAGO...................... CANTIDAD (S/.).......................... A B C Informes : Teléfonos 224-3254 - 224-3229 - 224-3330 Anexo 440 Fax 224-3338 - 224-3229 Enesta casilla seconsignará elvalor queresulte derestar lascasillas AyB.Sielvalor resulta positivo (+)deberá efectuar elpago porconcepto deDERECHOS DE PESCA por dicha cantidad.Indique el número de recibo con el que efectuó algún pago por concepto de DERECHOS DE PESCA. Marque con (X)enlacolumna que corresponde alaENTIDAD donde efectuó elpago porDERECHOS DEPESCA, enbase ala clasificación que figura en la parte inferior. Señale la fecha en que se recepcionó el pago en CAJA de la ENTIDAD correspondiente. Colocar eltotal delimporte mensual efectivamente pagado porconcepto deDERECHOS DEPESCA. Tener encuenta que la administración, sólo tomará enconsideración lospagos que hayan sido efectuados dentro delPLAZO QUE SEÑALA elnumeral 7.4del artículo 7º de la R.M.Nº 236-2001-PE y el artículo 41º del D.S.Nº 012-2001-PE. Indique el valor resultante de la casilla (14). Indique el valor resultante de la casilla (15). III. CALCULO PARA DETERMINAR EL MONTO A PAGAR POR DERECHOS DE PESCA INFORMACION SUSTENTATORIAIndicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (4). Consignar lacifra que resulte desumar sólo losvalores positivos (+)contenidos enlacolumna delacasilla (11). Elvalor resultante corresponderá ala nominación "A" para efectos del calculo final. Consignar la cifra obtenida de la suma de los valores contenidos en la columna de "CANTIDAD" que está comprendida en la sección de INFORMACION SUSTENTATORIA. El valor resultante correspondará a la nominación "B" para efectos del calculo final.Indicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (6). 16385