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PÆg. 242232 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de abril de 2003 DISPOSICIÓN UNICA - Las disposiciones que reglamentarán la presente nor- ma se dictarán vía Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 06568 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO Ratifican en el cargo a auxiliar coacti- vo de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 150-2003-MPCH La Merced, 2 de abril de 2003 VISTO:La Resolución de Alcaldía Nº 0486-99-MPCHA del 22 de noviembre de 1999 y el Informe Nº 021-2003-EJEC-MPCH del 1 de abril del 2003; CONSIDERANDO:1. Que, nuestra Constitución Política del Estado dis- pone que las Municipalidades de la República son Ór-ganos de Gobierno Local, con autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia. 2. Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0486-99-MPCH del 22 de noviembre de 1999, previo Informe Nº 001-99-CCPM-MPCH del 11 de noviembre de 1999 de la Comisiónde Concurso Público de Méritos, en cumplimiento de lodispuesto por la Ley Nº 26979 del Procedimiento de Ejecu-ción Coactiva se designó en el cargo de Auxiliar Coactivode la Municipalidad Provincial de Chanchamayo al Sr. Ed-win José Fuentes Malpartida. 3. Que según Informe Nº 021-2003-EJEC-MPCH del 1 de abril del 2003, es necesario ratificarlo en el cargo me-diante la presente Resolución. 4. Que, posteriormente a la dación de la Resolución de Alcaldía Nº 0486-99-MPCH, el Gobierno Central dictó laLey Nº 27204, publicada el 26 de noviembre de 1999, queprecisa que el ejecutor y auxiliar coactivo son funcionariosdesignados en los términos señalados por el artículo 7º dela Ley Nº 26979, y no implican que dichos cargos sean deconfianza. 5. Que, asimismo con fecha 5 de marzo del 2001, publi- cada al día siguiente, se aprobó por D.S. Nº 036-2001-EF,el Reglamento de la Ley Nº 26979 de Procedimiento deEjecución Coactiva que dispone en su tercera disposicióntransitoria y final que los ejecutores y auxiliares coactivosdebidamente acreditados ante las entidades del SistemaFinanciero y Bancario, Policía Nacional del Perú y demásInstituciones que indica; podrán ordenar embargos o reque-rir su cumplimiento; indicando asimismo los requisitos de suacreditación. 6. En consecuencia, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 26979 de Procedimientos de Ejecución Coactiva,Ley Nº 27204, D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones y D.S. Nº005-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa; D.S.Nº 036-2001-EF, Reglamento de la Ley Nº 26979 y, deconformidad con el Art. 47º de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar al Sr. Edwin José Fuentes Malpartida en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipa-lidad Provincial de Chanchamayo. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Banca y Seguros, Banco de laNación, Banco Central de Reserva del Perú, Superin-tendencia Nacional de los Registros Públicos, Oficina Re-gistral La Merced, Registro Predial Urbano y Policía Nacio-nal del Perú.Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal y Unidad de Personal el fiel cumplimiento de la presenteResolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.WALTER MENDOZA CASTRO Alcalde 06557 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHORCO Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos del Programadel Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2003-MDC Aricapampa, 27 de marzo del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE COCHORCOVISTO, el Informe Técnico Nº 001-2003-MDC-OA, pre- sentado por el Jefe de la Oficina de Abastecimientos, elINFORME LEGAL Nº 001-2003-MDC-AL, emitido por laOficina de Asesoría Legal, y el Acuerdo Unánime de Con-cejo, tomado en Sesión Ordinaria de fecha 26 de marzodel 2003; y, CONSIDERANDO:Que, mediante INFORME TÉCNICO Nº 001-2003- MDC-OA, el Jefe de la Oficina de Abastecimientos, pro-pone se declare en situación de urgencia la adquisiciónde insumos del Programa del Vaso de Leche para losmeses de enero a marzo del año en curso, al habersedeclarado desierto el Proceso de Adjudicación DirectaSelectiva Nº 001-2003-MDC-PVL, el mismo que sí serealizará en segunda convocatoria, haría peligrar el re-parto oportuno del producto alimenticio a los beneficia-rios del citado programa, que en su mayoría son niñosde 0 a 6 años, por cuanto, se tendría que cumplir obliga-toriamente plazos señalados por Ley; Que, mediante INFORME LEGAL Nº 001-2003-MDC- AL, la Oficina de Asesoría Legal, recomienda que el Plenodel Concejo acuerde declarar en situación de urgencia laadquisición de insumos destinados a atender el Programadel Vaso de Leche, al haberse generado un hecho deexcepción, como es la declaratoria de desierto del Procesode Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2003-MDC-PVL,por lo que, la municipalidad debe promover una acciónrápida y temporal de adquisición de los insumos para elmencionado programa, y así poder cumplir en forma opor-tuna con los fines del aludido programa social; Que, de acuerdo a lo expuesto por el Artículo 21º, concordante con el Artículo 20º inciso c) y Artículo 19º delD. S. Nº 012-2001-PCM y el Artículo 108º del D. S. Nº 013-2001-PCM, procede la declaración de urgencia, cuandoexista la ausencia imprevisible de determinado bien y siem-pre que comprometa en forma directa e inminente la conti-nuidad del servicio esencial; en el presente caso, la decla-ratoria de desierto, en primera convocatoria, del Procesode Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2003-MDC-PVL,sumado al hecho que a la fecha aún no se reparte elproducto alimenticio, hacen peligrar la ejecución del Pro-grama del Vaso de Leche, en forma inminente; Que, esta medida debe ser tomada como temporal y con el propósito de adquirir lo indispensable para paliar laurgencia, sin perjuicio de realizarse el proceso de selec-ción correspondiente para las adquisiciones consiguientes; Estando a los documentos de vistos y de conformidad a lo establecido en el Artículo 20º inciso c) del D. S. Nº 012-2003-PCM, y en los Artículos 109º y 110º último párrafo, dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, luego deldebate, el Pleno del Concejo, por unanimidad: ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, la adquisición de los insumos del Programa