Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

rio de los bienes o a su representante, otro a la Direccion (Division o Unidad) respectiva y el tercero sera para el archivo de la Division de la Policia Municipal. Articulo 42º.- En concordancia a lo establecido en el Articulo 118º de la Ley Nº 23853, las especies en estado de descomposicion y los productos de circulacion o consumo prohibido se destruyen o eliminan inmediatamente, bajo responsabilidad del funcionario del area competente. En el caso de productos perecibles si dentro de las veinticuatro (24) horas de decomisados, los propietarios de los mismos no se apersonaran a la municipalidad a cumplir con la sancion correspondiente, la municipalidad podra donarlos, previo control que determine su buen estado, a las entidades o instituciones que brinden ayuda a personas de escasos recursos economicos. Los hechos MORDAZA enunciados deben constar en Acta al momentos de su ejecucion, contando con la presencia del funcionario responsable de la unidad organica ademas de un representante de la Oficina de Auditoria Interna o del Despacho de Alcaldia. Articulo 43º.- Los bienes no comprendidos en el articulo anterior se depositaran por un plazo a cuyo vencimiento la municipalidad podra disponer de ellos. El propietario podra solicitar su devolucion y recogerlos dentro de ese plazo, una vez pagada la multa por la infraccion que genero el decomiso o la remocion. Articulo 44º.- En el caso que se incautasen productos adulterados, falsificados o de contrabando tal hecho se pondra en conocimiento, mediante la denuncia correspondiente, por ante la Policia Nacional del Peru, el Ministerio Publico o el organo jurisdiccional respectivo, sin perjuicio de la imposicion, por parte de la autoridad municipal, de la sancion que corresponda.

Articulo 52º.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones tecnicas y administrativas que fueran necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo 53º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 54º.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Desarrollo MORDAZA y la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas, el fiel cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06567

Aprueban disposiciones sobre tenencia y control sanitario de mascotas
ORDENANZA Nº 007-2003-MDLP
La MORDAZA, 21 de marzo del 2003 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE LA MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de febrero del 2003, bajo la presidencia del senor MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con la asistencia de los senores Regidores: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA Larenas de MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Rebatta, Sr. MORDAZA Hamamoto Miyasato, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se trato sobre MORDAZA de Tenencia y Control Sanitario de Mascotas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala: "las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia ..."; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 13) del articulo 66º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, es competencia municipal controlar la sanidad animal, en sus respectivas jurisdicciones; Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, ha visto por conveniente promover y reglamentar la tenencia responsable de animales domesticos y silvestres en su jurisdiccion, a efectos de evitar que se produzcan situaciones de peligro e incomodidad para los vecinos; Que, toda persona tiene el derecho irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA y asimismo a la preservacion del paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente; De conformidad con el articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias, con el MORDAZA en mayoria de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA MORDAZA SOBRE TENENCIA Y CONTROL SANITARIO DE MASCOTAS I.- DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Ambito de Aplicacion: La presente Ordenanza regula la tenencia y el control sanitario de mascotas en la jurisdiccion del distrito de La Perla. Articulo 2º.- Objetivo. La presente Ordenanza busca garantizar la seguridad y tranquilidad de los vecinos, asi como la proteccion de las mascotas, en el MORDAZA de la conservacion de un ambiente saludable y adecuado para el desarrollo de la vida. Articulo 3º.- Definicion de Mascotas. Para efectos de la presente ordenanza se considera mascota a aquella espe-

CAPITULO IV RECURSOS IMPUGNATIVOS
Articulo 45º.- La impugnacion contra las resoluciones que sancionen infracciones por incumplimiento u omision a las disposiciones municipales de naturaleza administrativa establecidas se tramitara de conformidad con lo establecido en el Ley Nº 27444, y a lo especificado en la presente ordenanza. Contra la notificacion de una infraccion no cabe recurso impugnativo alguno. Articulo 46º.- Si una impugnacion se declara fundada y el supuesto infractor ya hubiera cancelado el importe de la multa correspondiente, se le devolvera el integro de lo pagado, sin intereses. Articulo 47º.- El plazo para interponer recursos de reconsideracion o apelacion, es de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion del acto impugnado.Las impugnaciones que se presenten vencido el plazo senalado en el parrafo precedente, seran declaradas inadmisibles mediante resolucion. Articulo 48º.- Son competentes para resolver recursos de impugnaciones, segun el organo emisor de las resoluciones que impongan sanciones: a) Cuando MORDAZA impuestas por el Alcalde: a.1 Los recursos de reconsideracion, el Alcalde. a.2 Los recursos de apelacion, el Concejo Municipal. b) Cuando MORDAZA impuestas por las Direcciones de Infraestructura MORDAZA, Promocion y Servicios Comunales; Educacion, Cultura y Deporte, y de la Unidad de Policia Municipal u otras dependencias: b.1 Los recursos de reconsideracion, un funcionario designado por resolucion de alcaldia. b.2 Los recursos de apelacion, el Alcalde.

CAPITULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Articulo 49º.- Apruebese el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas Administrativas, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo 50º.- Todos los plazos que se senalan en la presente ordenanza, deben entenderse referidos en dias habiles. Articulo 51º.- Derogase o dejese sin efecto la Ordenanza Nº 018-92/MDLP y las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza.

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