Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2003 (15/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 15 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 242693

de Administracion en su Informe Nº 118-2003/GAD/RENIEC de fecha 7 de MORDAZA de 2003; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil e inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 869-2002-JE/ RENIEC, numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Integrar la Resolucion Jefatural Nº 053-2003-JEF/RENIEC en el sentido de precisar el valor referencial, fuente de financiamiento y dependencia u organo encargado de la contratacion exonerada, siendo dichos datos los siguientes: a) Valor referencial: S/. 72,612.48 (Setentidos mil seiscientos doce y 48/100 nuevos soles). b) Fuente de financiamiento: Recursos directamente recaudados. c) Dependencia u organo encargado de la contratacion exonerada: Gerencia de Administracion. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Administracion y Division de Logistica, el cumplimiento estricto de la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 07299

horas en Mesa de Partes del INABEC, y ademas, de acuerdo a lo establecido en las Bases de la Convocatoria; Que, en tal sentido mal hace la apelante cuando pretende que se le considere como postor en el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2003CEP/INABEC; habiendo presentado su propuesta a Mesa de Partes del INABEC el dia 26 de marzo del presente ano a horas 2.38 p.m., segun consta en el Expediente Nº 03008732; Que, por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 180º literal a) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, se debe declarar infundado el Recurso de Apelacion interpuesto por CONSORCIO SEGSA ORIENTE SEGURIDAD GENERAL; En ese sentido, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 21547 - Ley Organica del INABEC; y por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento y normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion presentado por CONSORCIO SEGSA ORIENTE-SEGURIDAD GENERAL contra el otorgamiento de la Buena Pro en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2003-CEP/INABEC, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa 07309

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INABEC
Declaran infundada apelacion contra otorgamiento de buena pro en MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para contratacion de servicio de vigilancia privada
INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO RESOLUCION JEFATURAL Nº 061-JI-INABEC/2003
San MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2003 VISTO: El recurso de Apelacion, presentado por Consorcio SEGSA ORIENTE SEGURIDAD GENERAL, mediante el cual interpone Recurso Impugnativo de Apelacion, contra el procedimiento aplicado en la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2003-CEP/INABEC, Contratacion del Servicio de Vigilancia Privada, solicitando considerar como postor a su representada y en consecuencia validas para todos sus efectos sus propuestas tecnica y economica; CONSIDERANDO: Que, es objeto de la impugnacion que se deje sin efecto la Buena Pro del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2003-CEP/INABEC, la misma que tiene como proposito la contratacion del Servicio de Vigilancia Privada del INABEC; Que, segun consta en el Acta Previa de la Evaluacion de Propuestas de fecha 25 de marzo de 2003, se reunieron los miembros del comite especial de vigilancia a fin de tratar la siguiente agenda: Evaluar lo relacionado a la MORDAZA de propuestas el dia 26 de marzo hasta las 12

INADE
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, correspondiente al ejercicio 2003
PROYECTO ESPECIAL HIDROENERGETICO TAMBO - CCARACOCHA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 030-2003-INADE-9001
Ica, 2 de MORDAZA del 2003 VISTO: El Informe Nº 022-2003-INADE-9000-OA del 2 de MORDAZA del 2003; por el cual la Direccion de Administracion solicita la aprobacion de la MORDAZA modificacion del Plan Anual de Adquisiciones para el ano fiscal 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 002-2003-INADE-9001 de fecha 16 de enero del 2003, el Titular de la Entidad aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha para el ejercicio presupuestal 2003, con el objetivo de asegurar la ejecucion de las metas programadas para el presente ejercicio fiscal; Que, mediante Informe Nº 012-2003-INADE-9000U.A.S.A. del 2 de MORDAZA del 2003, el Jefe de Abastecimiento del PETACC, hace llegar al Director de Administracion el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - MORDAZA Modificacion como consecuencia de haberse reducido la cantidad de combustible a adquirir mediante el MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2003INADE-PETACC y al haberse modificado el valor referencial, actualizado por el comite especial, segun las bases; Que, de conformidad con el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas propuestas;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.