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PÆg. 242805 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de abril de 2003 les alcanzados por los postulantes a las plazas de Voca- les de la Corte Superior de Justicia de Huánuco - Pasco, materia de la Convocatoria Nº 002-2002; y, CONSIDERANDO: Que, habiendo concluido las etapas del concurso público de méritos y evaluación personal, para cubrir las plazas de Vocales de la Corte Superior de Justi- cia de Huánuco - Pasco, conforme a lo previsto porla Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura y el Reglamento de Concursos para el Nombramiento de Jueces y Fiscales, aproba-do por Resolución Nº 382-2002-CNM, publicado el 21 de julio de 2002; El Pleno del Consejo, en sesión de la fecha, con el informe de visto, elaborado por la Comisión Perma- nente de Selección y Nombramiento de Magistrados, procedió al nombramiento con el voto conforme delos dos tercios del número legal de sus miembros, tal como lo dispone el artículo 39º del citado Reglamen- to, y la proclamación, entrega de título y juramentose realice en acto público; En cumplimiento de dicho acuerdo y en uso de las facultades concedidas por los artículos 150º y 154ºde la Constitución Política del Perú, 2º, 21º inciso a) y 37º incisos b), d), f) y g) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar al doctor MANUEL GUEVARA SALDAÑA, Vocal de la Corte Superior de Justicia de Huánuco - Pasco. Segundo.- Proceder al acto de proclamación, jura- mento y entrega de título en ceremonia pública del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, remitiéndosecopia de la presente resolución, al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. TEÓFILO IDROGO DELGADO Presidente 07458 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 167-2003-CNM San Isidro, 11 de abril de 2003 VISTO:El Informe de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento de Magistrados, con los promedios fina-les alcanzados por los postulantes a las plazas de Voca- les de la Corte Superior de Justicia de Huánuco - Pasco, materia de la Convocatoria Nº 002-2002; y, CONSIDERANDO: Que, habiendo concluido las etapas del concurso público de méritos y evaluación personal, para cubrir las plazas de Vocales de la Corte Superior de Justiciade Huánuco - Pasco, conforme a lo previsto por la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura y el Reglamento de Concursos para elNombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolución Nº 382-2002-CNM, publicado el 21 de julio de 2002; El Pleno del Consejo, en sesión de la fecha, con el informe de visto, elaborado por la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento de Magistrados, procedióal nombramiento con el voto conforme de los dos tercios del número legal de sus miembros, tal como lo dispone el artículo 39º del citado Reglamento, y la proclamación,entrega de título y juramento se realice en acto público; En cumplimiento de dicho acuerdo y en uso de las facultades concedidas por los artículos 150º y 154º de laConstitución Política del Perú, 2º, 21º inciso a) y 37º incisos b), d), f) y g) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;SE RESUELVE: Primero.- Nombrar al doctor ERNESTO LESSING DIESTRO Y LEÓN, Vocal de la Corte Superior de Justi-cia de Huánuco - Pasco. Segundo.- Proceder al acto de proclamación, jura- mento y entrega de título en ceremonia pública del Plenodel Consejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copia de la presente resolución, al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. TEÓFILO IDROGO DELGADO Presidente 07459 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador impulsar accio- nes contra presuntos responsables de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Moro RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 118-2003-CG Lima, 15 de abril de 2003VISTOS; el Informe Especial Nº 017-2001-2-0344, resultante del Examen Especial practicado en la Munici-palidad Distrital de Moro, provincia del Santa, departa- mento de Ancash, período enero 1996 a julio del 2001, considerando operaciones anteriores y posteriores alperíodo citado, emitido por el Órgano de Auditoría Inter- na de la Municipalidad Provincial del Santa, por encargo de la Contraloría General mediante Oficios Nºs. 920-2001-CG/SC y 590-2001-CG/B350; y, CONSIDERANDO:Que, como resultado de la acción de control efectua- da por el Órgano de Auditoría Interna de la MunicipalidadProvincial del Santa a la Municipalidad Distrital de Moro, la Comisión Auditora ha determinado irregularidades re- lacionadas con egresos indebidos, deficiencias en la ela-boración de expediente técnico y sobrevaluación en la ejecución de obra, favorecimiento en la contratación de asesoramiento técnico, falsificación de documentos,pagos irregulares por preparación de alimentos para el Programa del Vaso de Leche, pagos simulados a tercero y reconocimiento indebido de pagos a proveedores; he-chos que denotan la existencia de indicios razonables de comisión de los delitos de Peculado, Colusión Ilegal y Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación deDocumentos, previstos y penados en los artículos 387º, 384º y 427º del Código Penal, respectivamente; Que, según los antecedentes alcanzados, se ha tomado conocimiento que la Junta Distrital de Desarrollo de la Muni- cipalidad de Moro ha interpuesto la denuncia Nº 2003-6 ante la Quinta Fiscalía Provincial del Santa, contra autoridades yfuncionarios de la citada Municipalidad, por los delitos de Peculado y otros, presentando como prueba, el referido In- forme Especial; Que, en atención a los hechos expuestos y habiéndose acreditado la existencia de indicios de comisión de delitos, como consecuencia de la acción de control practicada, enlos que se encuentran involucrados autoridades y funciona- rios de la Municipalidad Distrital de Moro, que desempeñan o han desempeñado función pública en la misma, correspon-de a la Contraloría General de la República proceder confor- me a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23.JUL.2002, el procesointegral de control iniciado antes de la entrada en vigor de esta Ley, se regirá por la normativa anterior hasta su conclu- sión; Que, de acuerdo a lo establecido en los literales d) y o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del