Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2003 (26/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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FE DE ERRATAS

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

RESOLUCION Nº 323-2003-RASS Fe de Erratas de la Resolucion Nº 323-2003-RASS, publicada en la edicion del 23 de MORDAZA de 2003, en la pagina 243077. En el tercer considerando: DICE: "... 88 puntos con que se califico su propuesta tecnica, correspondiendole asi 100 puntos al haber cumplido con todas las exigencias de las bases. Y que al haber logrado tambien 100 puntos en la propuesta economica, se le debe otorgar la Buena Pro;" DEBE DECIR: "... 8 puntos con que se califico dicho factor, correspondiendole asi 100 puntos en su propuesta tecnica al haber cumplido con todas las exigencias de las bases. Y que al haber logrado tambien 100 puntos en la propuesta economica, se le debe otorgar la Buena Pro;" 07959

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 077-2003-A/MPSM Tarapoto, 22 de MORDAZA del 2003 POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, en sesion ordinaria de fecha 7 de MORDAZA del 2003, en atencion al Informe Nº 009-2003-CE/MPSM del 4 de MORDAZA del 2003, del Presidente de la Comision Permanente de Adquisiciones, el Informe Nº 053-2003-DSSC/ MPSM del 25 de marzo del 2003 emitido por el Director de Servicios Sociales y Comunales, y los Informes Nºs. 47 y 52-2003-OAJ/MPSM del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del 31 de marzo y 3 de MORDAZA del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 009-2003-CE/MPSM, del 4 de MORDAZA del 2003, el Presidente del Comite Permanente de Adquisiciones de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, da cuenta entre otros del inminente riesgo de desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche y la consecuente no atencion a los beneficiarios por un periodo prudencial; Que, con Informe Nº 053-2003-DSSC del 25 de marzo del 2003 el Director de Servicios Sociales y Comunales comunica el desabastecimieinto del Programa del Vaso de Leche, en vista de que por una parte se ha declarado la nulidad de oficio del item leche fresca; es decir, se ha repuesto el tramite a la Apertura de Sobre y Otorgamiento de la Buena Pro; asi mismo del item productos lacteos se encuentra en curso las impugnaciones al otorgamiento de la buena pro realizado por los postores participantes en el proceso; Que, con Informe Nºs. 47 y 52-2003-OAJ/MPSM, del 31 de marzo y 3 de MORDAZA del 2003, el Jefe de la Oficina de

Asesoria Juridica emite opinion favorable respecto a la necesidad de declarar en situacion de urgencia las adquisiciones de los insumos del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de MORDAZA y MORDAZA del ano en curso, debido a que no puede desabastecerse el Programa del Vaso de Leche, tanto mas si se trata de un programa de apoyo social; Que, como quiera que a la fecha la poblacion beneficiaria del Programa del Vaso de Leche, no puede estar desabastecida de los insumos correspondientes a este programa en sus raciones diarias, y en tanto el inciso c) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exonerados del MORDAZA de licitacion, concurso publico o adjudicaciones directas, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de urgencia, y el Art. 20º de la indicada MORDAZA establece que las adquisiciones MORDAZA indicadas se realizaran mediante el MORDAZA de menor cuantia, atendiendo a que en el presente caso se da un hecho excepcional no previsto al iniciarse el MORDAZA de licitacion, cuyo resultado evidentemente va a retrasar tanto la suscripcion del contrato de suministro, asi como el abastecimiento a los beneficiarios; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del Art. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion de la licitacion o concurso publico debe ser aprobado por Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los gobiernos locales, puesto en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de 10 dias calendario siguientes a su aprobacion; Que, es necesario adoptar los mecanismos legales que permitan seguir atendiendo a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, aplicando el MORDAZA normativo excepcional que fija las normas de contratacion; De conformidad con lo dispuesto en los Art. 10º numeral 3) y 36º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y demas normas pertinentes, luego del debate correspondiente, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, adopto por mayoria el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de insumos para abastecer el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA para los meses de MORDAZA y MORDAZA del ano 2003, tiempo que permitira llevar a cabo el MORDAZA de licitacion correspondiente. Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Administracion a traves de la Unidad de Abastecimiento, adquiera los productos necesarios mientras dure la situacion de urgencia, debiendo velar que el producto adquirido cumpla con las especificaciones nutricionales aprobadas por el Instituto Nacional de Salud, correspondiendo: Leche fresca refrigerada en un total de 51,655.55 litros por la suma de S/. 59,357.88 nuevos soles y Productos Lacteos en un total de 14,839.47 kilogramos por la suma de S/. 59,357.88 nuevos soles, cuya fuente de financiamiento corresponde al Tesoro Publico para el Programa del Vaso de Leche. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion de poner el presente acuerdo en conocimiento de Contraloria General de la Republica, Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica y del Ministerio de Economia y Finanzas, asi como la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano de la Unidad de Imagen Institucional. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA 07986

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