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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (26/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 243282 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de abril de 2003 Autorizan viaje de representantes de la SBS a EE.UU. para participar en even-to sobre riesgo financiero RESOLUCIÓN SBS Nº 505-2003 Lima, 23 de abril de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, The World Bank en coordinación con The Risk Waters Group, han organizado el Taller "Risk Manage- ment for Regulators: Assessing, Managing and Supervi-sing Financial Risk", el mismo que se llevará a cabo del27 de abril al 2 de mayo de 2003 en la ciudad de Wa-shington D.C., Estados Unidos de América; Que, en el citado taller se desarrollarán temas de importancia vinculados a las actividades realizadas por este organismo de regulación, supervisión y control,orientados a fortalecer el conocimiento técnico de nues-tros profesionales sobre aspectos relacionados con lasúltimas metodologías utilizadas para evaluar, medir yadministrar adecuadamente los riesgos financieros de acuerdo con el Nuevo Acuerdo de Capital de Basilea; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, me- diante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado unaserie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejer-cicio 2003, estableciéndose en el Numeral 6.1. que nose encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitación aproba- das para el ejercicio 2003; Que, por ser de interés para la Institución se ha con- siderado conveniente designar en esta oportunidad, alos señores Jorge Olcese Fernández, Intendente delDepartamento de Riesgo Crediticio de la Gerencia de Riesgos y Pablo Rieckhof Mondoñedo, Analista del De- partamento de Análisis del Sistema Financiero de laGerencia de Estudios Económicos, para que participenen el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gas- tos por concepto de pasajes aéreos y viáticos seráncubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Co-operación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitadomediante Oficio SBS Nº 6987-2003 y comunicación deno objeción del Banco Interamericano de Desarrollo, re- mitida por la Unidad de Coordinación de Préstamos Sec- toriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencialos gastos por concepto de impuestos y Tarifa COR-PAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejer-cicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto enla Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCMy en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridaden el Gasto para el ejercicio 2003, Nº SBS-DIR-ADM- 085-03; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Jorge Olcese Fernández, Intendente del Departamentode Riesgo Crediticio de la Gerencia de Riesgos y PabloRieckhof Mondoñedo, Analista del Departamento deAnálisis del Sistema Financiero de la Gerencia de Estu- dios Económicos, a la ciudad de Washington D.C., Esta- dos Unidos de América del 26 de abril al 3 de mayo de2003, para los fines expuestos en la parte considerativade la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, den- tro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efec- tuado el viaje, deberán presentar ante el Superintenden- te de Banca y Seguros un informe detallado describien-do las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pa-sajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo alConvenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC- PE, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargoal Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003, deacuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ 342,64 Tarifa CORPAC 56,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos deAduana de cualquier clase o denominación a favor delos funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 07985 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran infundada acción de inconstitucionalidad presentada contrala Ley N” 27180 EXPEDIENTE Nº 011-2001-AI/TC MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 30 días del mes de setiembre de 2002, el Tribunal Constitucional, en sesión de Pleno Jurisdic-cional, con la asistencia de los señores MagistradosRey Terry, Presidente; Revoredo Marsano, Vicepresi-dente; Alva Orlandini, Bardelli Lartirigoyen, Gonzales Ojeda y García Toma, pronuncia la siguiente sentencia por unanimidad. ASUNTOAcción de inconstitucionalidad interpuesta por el Al- calde Metropolitano de Lima, representado por su apo- derado judicial, doctor Ernesto Blume Fortini, contra laLey Nº 27180, que modifica diversos artículos del De-creto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal. ANTECEDENTESEl Alcalde Metropolitano de Lima y la Municipalidad Metropolitana de Lima solicitan que se declare la incons-titucionalidad de la Ley Nºs. 27180, que modifica diver-sos artículos del Decreto Legislativo Nº 776, Ley deTributación Municipal, debiendo pronunciarse este Tri- bunal también respecto de las relaciones jurídicas pro- ducidas mientras estuvo en vigencia la ley cuestionada. Sustenta la inconstitucionalidad de dicha norma en: 1. Fundamentos de la Inconstitucionalidad For- mal Afirma que la ley impugnada, no es una norma aproba- da, promulgada ni publicada con el carácter expresode ley orgánica, contraviniendo los artículos 106º y 196º de la Constitución; en tal sentido, el artículo 106º de la Constitución establece que, mediante leyes orgánicasse regula la estructura y funcionamiento del Estadoprevistas en la Constitución, así como las materias cuyaregulación por ley orgánica se establezcan en la mis-ma, requiriendo para su aprobación o modificación más de la mitad del número legal de miembros del Congre- so.