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PÆg. 243292 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de abril de 2003 Sin Obras del denominado lote 30, Mz. F, con un área de 1,089.00 m2 (UN MIL OCHENTINUEVE METROS CUA-DRADOS), calificado con Uso de Comercio Local "C1"compatible con Zonificación "R4" (Residencial de Densi-dad Media) ubicado en la urbanización La Alameda deAte, Segunda Etapa, 1er. y 2do. Sector, del distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, el recurrente ha cumplido con presentar la do- cumentación requerida para el trámite correspondiente, y abonado los pagos por derechos administrativos se- ñalados en el TUPA vigente, por concepto de los aportesal SERPAR-LIMA y establecidos en el Art. II-XXI-6 delR.N.C.; Que, mediante los Informes Nº 003 y Nº 013-2003- MML/DMDU-DHU-DSD del 15 de enero y 25 de febrero del 2003 respectivamente, emitidos por la División de Subdivisiones de la Dirección de Habilitaciones Urba-nas, opinan por la procedencia del trámite solicitado; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021, Decreto de Alcaldía Nº 089-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ley Orgánica de Mu- nicipalidades Nº 23853; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la subdivisión del terre- no urbano Sin Cambio de Uso y Sin Obras del denomi- nado lote 30, Mz. F, cuya área es de UN MIL OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (1,089.00 m2) el mis-mo que se encuentra ubicado en la urbanización La Ala-meda de Ate, Segunda Etapa, 1er. y 2do. Sector, deldistrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima. La subdivisión que se autoriza se conforma de la siguiente manera: SUBLOTE Nº F30-A : con un área de 173.25 m2.SUBLOTE Nº F30-B : con un área de 185.625 m2. SUBLOTE Nº F30-C : con un área de 185.625 m2. SUBLOTE Nº F30-D : con un área de 185.625 m2.SUBLOTE Nº F30-E : con un área de 185.625 m2. SUBLOTE Nº F30-F : con un área de 173.25 m2. Las características de los linderos y medidas perimé- tricas de los sublotes resultantes figuran en el Planosignado con el Nº 007-2003-MML-DMDU-DHU y en laMemoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes:F30-A, F30-B, F30-C, F30-D, F30-E, F30-F, de la Mz. F. Artículo Tercero.- DISPONER que el propietario está obligado a insertar en los contratos de venta que cele- bre, una cláusula que establezca la indivisibilidad de los mismos. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, lacual estará a cargo de los interesados, debiendo efec-tuarse en un plazo máximo de 30 (treinta) días calenda- rio, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscrip-ción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de San-ta Anita y a la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria (SUNAT), para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese.ÁNGEL VERA LOP Director 07960MUNICIPALIDAD DE BREÑA Regulan funcionamiento de estableci- mientos con giros de agencia de via- je, turismo y comisionistas de venta de pasajes, imprenta y hotel tres es-trellas ORDENANZA Nº 068-MDB Breña, 31 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo del 2003; VISTO:El Informe Nº 017-2003-OR/MDB de fecha 26 de fe- brero del 2003 de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 191º de la Constitución Política del Estado las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 7) del artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 otorga la facultad a los go-biernos locales para otorgar licencias de apertura de esta-blecimientos comerciales, industriales y de actividades pro- fesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, la Ordenanza Nº 013-98-MDB autoriza el fun- cionamiento, entre otros, el giro de Hotel Tres Estrellasen las avenidas Alfonso Ugarte, Venezuela, Bolivia, Ari-ca, Tingo María, General Varela y Jr. Huaraz; Que, mediante Ordenanza Nº 043-MDB se autorizó el funcionamiento de establecimientos con el giro de Im- prenta en zonas industriales del distrito; asimismo, enlas avenidas señaladas en la Ordenanza Nº 013-98-MDB a excepción del Jr. Huaraz; Que, por Ordenanza Nº 042-MDB se suspendió tem- poralmente el otorgamiento de las Licencias de Funcio- namiento para los giros de Agencia de Viajes, Turismo y Comisionistas de Venta de Pasajes en la Av. Bolivia, cua-dras 6, 7 y 8; Av. España, cuadras 6 y 7; Psje. Nacarino,cuadra 1; Jr. Iquique, cuadras 6, 7 y 8; Av. Arica, cua-dras 3, 4 y 5; Jr. Huaraz, cuadras 6, 7, 8 y 9; Jr. RebecaOquendo, cuadras 3 y 4; Jr. Jorge Chávez, cuadras 7 y 8; Av. República de Portugal, cuadras 2, 3 y 4 y , Jr. Gral. Felipe Varela, cuadras 7, 8 y 9; Que, por su naturaleza las disposiciones municipa- les de carácter temporal constituyen medidas de emer-gencia que se dictan con la finalidad de garantizar elcorrecto funcionamiento de los establecimientos comer- ciales, industriales y de servicios; por lo que resulta ne- cesario establecer disposiciones que permitan regularel funcionamiento de establecimientos dedicados a losgiros de Imprenta, Hotel Tres Estrellas y Agencias deViajes, Turismo y Comisionistas de Venta de Pasajes; Con las atribuciones que confiere el Inc. 3 del artículo 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámitede aprobación del Acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS CON GIROS DE AGENCIA DE VIAJES, TURISMO Y COMISIONISTAS DE VENTA DE PASAJES, IMPRENTA Y HOTEL TRES ESTRELLAS Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 042-MDB.