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PÆg. 243286 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de abril de 2003 De conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla-mento: y en uso de las atribuciones legales conferidaspor el artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por elartículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar inadmisible el Recurso de Ape- lación interpuesto por el postor POLICÍA PARTICULAREL OBSERVADOR S.R.L. contra el Otorgamiento de laBuena Pro del Proceso de Adjudicación Directa Selecti- va Nº 006-2003-CPN. para la Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia de las instalaciones de la Con-taduría Pública de la Nación, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (05) días siguientes a su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 07984 INABEC Declaran en situación de urgencia la contratación del servicio de impresióny la adquisición de muebles, equiposde comunicación, œtiles y materiales de oficina e instalaciones INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 057-JI-INABEC/2003 San Borja, 8 de abril del 2003 VISTO: El Informe Nº 016-2003-ABASTEC./OA-INABEC, del Área de Abastecimiento; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 21º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contempla la situación de urgencia cuando la au- sencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente lacontinuidad de los servicios esenciales o de las opera-ciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001, modificado por De- creto Supremo Nº 079-2001-PCM establece las condi-ciones que debe reunir la contratación para poder acce-der a la exoneración por situación de urgencia, señalan-do que la misma debe entenderse como una medidatemporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis- pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que realiceel proceso de selección correspondiente para las con-trataciones y adquisiciones respectivas; Que, mediante el informe del visto, se sustenta la urgente necesidad de efectuar las contrataciones de los servicios en referencia, toda vez que comprometen en forma directa la continuidad de los servicios esenciales,por lo que resulta procedente contratar dichos servi-cios, por estas razones esta Oficina declara la situaciónde urgencia por un plazo de 60 días;Con la visación de la Subjefatura, Oficina de Adminis- tración, Oficina de Asesoramiento Institucional, el Áreade Asesoría Jurídica y Responsable de Presupuesto;en uso de las facultades conferidas por el Decreto LeyNº 21547 - Ley Orgánica del INABEC y su Reglamentode Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 041-JI/INABEC-2001; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en SITUACIÓN DE URGEN- CIA la contratación de los Servicios de Impresión, Adqui- sición de Muebles y Equipos, Adquisición de Equipos de Comunicación, Adquisición de Útiles y Materiales deOficina e Instalaciones; por un plazo de 60 días o hastala suscripción de los contratos relacionados con los ci-tados procesos de selección. Artículo 2º.- El valor referencial de los bienes señalados en el artículo anterior, por el período refe- rido asciende a: S/. 192,00.00 (Ciento Noventa y DosMil y 00/100 Nuevos Soles), desagregado de la si-guiente manera: Contratación de los Servicios deImpresiones, por un valor de S/. 70,000.00 (Setentamil y 00/100 Nuevos Soles), Adquisición de Muebles y Equipos por un valor de S/. 30,000.00 (Treinta mil y 00/100 Nuevos Soles), Adquisición de Equipos deComunicación por un valor de S/. 30,000.00 (Treintamil y 00/100 Nuevos Soles), Adquisición de Útiles yMateriales de Oficina por un valor S/. 50,000.00 (Cin-cuenta mil y 00/100 Nuevos Soles), Instalaciones por un valor de S/. 12,000.00 (Doce mil y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- El Jefe de la Oficina de Administración queda encargado de su ejecución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ELVIA ÁLVAREZ VÁSQUEZ Jefa 08011 INADE Autorizan al Proyecto Especial Chira Piura contratar suministro de combustible mediante procedimiento de adjudicación de menor cuantía INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 053-2003-INADE-1100 Lima, 16 de abril del 2003 VISTO: El Oficio Nº 665/2003-INADE-PECHP-8401, del Di- rector Ejecutivo del Proyecto Especial Chira Piura; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno y autono-mía técnica, económica, financiera y administrativa,constituyendo un Pliego Presupuestal de dicho Sector yque tiene a su cargo la dirección y conducción de losProyectos Especiales que le encargue el Gobierno Cen- tral; Que, mediante Resolución Directoral Nº 038/2003- INADE-PECHP-8401, de fecha 7 de marzo del 2003, elProyecto Especial Chira Piura ha declarado en situaciónde urgencia el suministro de combustible, por el lapso detreinta (30) días calendario, a partir del 1 de abril del 2003, de acuerdo al inciso c) del Artículo 19º del Texto