Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2003 (26/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 243286

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

De conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento: y en uso de las atribuciones legales conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el articulo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar inadmisible el Recurso de Apelacion interpuesto por el postor POLICIA PARTICULAR EL OBSERVADOR S.R.L. contra el Otorgamiento de la Buena Pro del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 006-2003-CPN. para la Contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia de las instalaciones de la Contaduria Publica de la Nacion, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (05) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 07984

Con la visacion de la Subjefatura, Oficina de Administracion, Oficina de Asesoramiento Institucional, el Area de Asesoria Juridica y Responsable de Presupuesto; en uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 21547 - Ley Organica del INABEC y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 041-JI/INABEC-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en SITUACION DE URGENCIA la contratacion de los Servicios de Impresion, Adquisicion de Muebles y Equipos, Adquisicion de Equipos de Comunicacion, Adquisicion de Utiles y Materiales de Oficina e Instalaciones; por un plazo de 60 dias o hasta la suscripcion de los contratos relacionados con los citados procesos de seleccion. Articulo 2º.- El valor referencial de los bienes senalados en el articulo anterior, por el periodo referido asciende a: S/. 192,00.00 (Ciento Noventa y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), desagregado de la siguiente manera: Contratacion de los Servicios de Impresiones, por un valor de S/. 70,000.00 (Setenta mil y 00/100 Nuevos Soles), Adquisicion de Muebles y Equipos por un valor de S/. 30,000.00 (Treinta mil y 00/100 Nuevos Soles), Adquisicion de Equipos de Comunicacion por un valor de S/. 30,000.00 (Treinta mil y 00/100 Nuevos Soles), Adquisicion de Utiles y Materiales de Oficina por un valor S/. 50,000.00 (Cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles), Instalaciones por un valor de S/. 12,000.00 (Doce mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 3º.- El Jefe de la Oficina de Administracion queda encargado de su ejecucion. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa 08011

INABEC
Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de impresion y la adquisicion de muebles, equipos de comunicacion, utiles y materiales de oficina e instalaciones
INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO RESOLUCION JEFATURAL Nº 057-JI-INABEC/2003 San MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2003 VISTO: El Informe Nº 016-2003-ABASTEC./OA-INABEC, del Area de Abastecimiento; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, contempla la situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM establece las condiciones que debe reunir la contratacion para poder acceder a la exoneracion por situacion de urgencia, senalando que la misma debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones respectivas; Que, mediante el informe del visto, se sustenta la urgente necesidad de efectuar las contrataciones de los servicios en referencia, toda vez que comprometen en forma directa la continuidad de los servicios esenciales, por lo que resulta procedente contratar dichos servicios, por estas razones esta Oficina declara la situacion de urgencia por un plazo de 60 dias;

INADE
Autorizan al Proyecto Especial Chira MORDAZA contratar suministro de combustible mediante procedimiento de adjudicacion de menor cuantia
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 053-2003-INADE-1100 MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2003 VISTO: El Oficio Nº 665/2003-INADE-PECHP-8401, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Chira Piura; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal de dicho Sector y que tiene a su cargo la direccion y conduccion de los Proyectos Especiales que le encargue el Gobierno Central; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 038/2003INADE-PECHP-8401, de fecha 7 de marzo del 2003, el Proyecto Especial Chira MORDAZA ha declarado en situacion de urgencia el suministro de combustible, por el lapso de treinta (30) dias calendario, a partir del 1 de MORDAZA del 2003, de acuerdo al inciso c) del Articulo 19º del Texto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.