Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2003 (26/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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las Fuerza Armadas que demuestre la condicion de ex combatiente de la MORDAZA Militar de 1941 o del Conflicto de la MORDAZA del Alto Cenepa y MORDAZA del Documento Nacional de Identidad y/o Carne de Identidad Personal. c) La Gerencia de Rentas verificara que el solicitante posea un solo bien inmueble en el distrito a nombre propio o de la sociedad conyugal y que se encuentre destinado a casa-habitacion o terreno sin construir. d) Una vez cumplido con los requisitos establecidos en los items anteriores, la Gerencia de Rentas procedera a emitir la Resolucion debidamente motivada, en la cual se otorguen los beneficios senalados en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Los beneficios tributarios que se otorguen en virtud de la presente Ordenanza, se aplicaran a partir del mes siguiente de aprobada la solicitud. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07964

Exoneran de MORDAZA de seleccion la ejecucion de obras de pavimentacion de los AA.HH. Los Pinos y Cerro Alto y la "Ciclovia Av. MORDAZA Prado"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-2003 La MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de MORDAZA del 2003, el Informe Legal Nº 190-2003MDLM-GAJ, de fecha 11 de MORDAZA del 2003 de la Gerencia de Asuntos Juridicos, el Informe Nº 084-2003GA/MDLM, de fecha 11 de MORDAZA del 2003, de la Gerencia de Administracion, y los Informes Nº 086-2003MDLM-GDU-SGOPIU y Nº 080-2003-MDLM-GDUSGOPIU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Obras Publicas e Infraestructura MORDAZA, de fechas 7 de MORDAZA y 26 de marzo del 2003 respectivamente, en el cual se solicita se autorice la exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente para la Contratacion de las siguientes obras: "Pavimentacion del Asentamiento Humano Los Pinos", "Pavimentacion del Asentamiento Humano Cerro Alto" y "Construccion de la Ciclovia Av. MORDAZA Prado" para ser ejecutadas por el Ministerio de Defensa -Ejercito Peruano; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 -"Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones que se realicen entre entidades del Sector Publico de acuerdo a los criterios de economia que establezca el reglamento; Que, mediante Oficios Nº 040-2003/CAC-18º BB, 0412003/CAC-18º BB y 042-2003/CAC-18º BB de fecha 27 de Marzo del 2003, el Ministerio de Defensa - Ejercito Peruano, presento a la Municipalidad de La MORDAZA una propuesta tecnica y economica para la ejecucion de la obras: "Pavimentacion del Asentamiento Humano Los Pinos", por la suma de S/. 124,509.34 (ciento veinticua-

tro mil quinientos nueve y 34/100 nuevos soles); "Pavimentacion del Asentamiento Humano Cerro Alto" por la suma de S/. 312,024.45 (trescientos doce mil veinticuatro y 45/100 nuevos soles) y "Ciclovia Av. MORDAZA Prado" por la suma de S/. 294,865.82 (doscientos noventicuatro mil ochocientos sesenticinco y 82/100 nuevos soles); Que, el Articulo 106º del Reglamento de la Ley Nº 26850 -"Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, senala que la exoneracion debe estar sustentada en un informe tecnico - economico elaborado por la entidad que detalle y demuestre cuando menos lo siguiente: a) Que la adquisicion o contratacion resulte mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del mercado; b) Que, en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra entidad del estado; y; c) Que, la adquisicion o contratacion resulta tecnicamente idonea y viable; Que, con Informes Nº 080-2003-MDLM-GDU-SGOPIU y Nº 086-2003-MDLM-GDU-SGOPIU de fechas 7 de MORDAZA y 26 de marzo del 2003 respectivamente, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Obras Publicas e Infraestructura MORDAZA, senala que luego de evaluarse la propuesta tecnica - economica del Ministerio de Defensa -Ejercito Peruano se ha llegado a la conclusion que la misma representa una ventaja para la Municipalidad de La MORDAZA, tanto en la oportunidad de los costos como en el plazo de ejecucion; Que, mediante Informe Nº 084-MDLM-GA-2003 de fecha 11 de MORDAZA del 2003, la Gerencia de Administracion opina sobre la procedencia de la exoneracion solicitada estando a que la ejecucion de las obras descritas por parte del Ministerio de Defensa - Ejercito Peruano representan una economia de costos indicando ademas las MORDAZA de financiamiento para la ejecucion de las mismas; Que, asimismo, la Gerencia de Asuntos Juridicos, con Informe Nº 190-2003-MDLM-GAJ de fecha 11 de MORDAZA del 2003, y luego de haber evaluado el cumplimiento de los aspectos legales de los solicitado, opina por la procedencia de la exoneracion solicitada de conformidad con el Texto Unico Ordenando de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S. Nº 013-2001-PCM-; Que, siendo el Ministerio de Defensa - Ejercito Peruano, una entidad del sector publico integrante del Gobierno Central, su contratacion esta dentro de los alcances del Articulo 19º inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, respecto de la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Articulo 19º se realizaran mediante procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, dicha exoneracion debera ser aprobada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales; Estando a lo expuesto, de conformidad con Informe Legal Nº 190-2003-MDLM-GAJ, de fecha 11 de MORDAZA del 2003 de la Gerencia de Asuntos Juridicos, el Informe Nº 084-2003-GA/MDLM, de fecha 11 de MORDAZA del 2003, de la Gerencia de Administracion, y los Informes Nº 086-2003MDLM-GDU-SGOPIU y Nº 080-2003-MDLM-GDUSGOPIU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Obras Publicas e Infraestructura MORDAZA, de fechas 7 de MORDAZA y 26 de marzo del 2003 respectivamente, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion correspondiente, la ejecucion por parte del Ministerio de Defensa - Ejercito Peruano, de las siguientes obras y de acuerdo al valor referencial que se indica:

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