Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2003 (03/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 3 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES
VISTO:

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PASAJES: Columbus - MORDAZA (EE.UU.) - MORDAZA US$ 853.18 x 1 Persona (Esposa) BAGAJES: (Retorno) US$ 600.00 x 1 M3 x 1 Persona (esposa) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 14311

El Oficio V-900-COFA-SACFA Nº 0371 del 7 MORDAZA 2003, a traves del cual la Comandancia General de la Fuerza Aerea del Peru solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion de "Concurso Publico" para la contratacion de la empresa Ascensores Schindler del Peru por la causal de "Servicios Personalisimos" la cual se encargara de efectuar el mantenimiento y servicio tecnico de emergencia a nueve (9) ascensores MORDAZA Schindler, instalados en el Cuartel General FAP - MORDAZA, Grupo Aereo Nº 6 con sede en Chiclayo y Grupo Aereo Nº 7 con sede en Piura; CONSIDERANDO: Que, el Informe Tecnico Nº 0001 del 4 MORDAZA 2003 firmado por el Jefe de la Subdivision de Instalaciones y el Jefe del Dpto. de Servicios de la Secretaria General de la Fuerza Aerea del Peru el cual forma parte de la presente Resolucion, precisa que la contratacion de los servicios especializados para efectuar el mantenimiento y servicio tecnico de emergencia de los ascensores MORDAZA Schindler, instalados en las Unidades anteriormente indicadas, deben ser efectuados por la compania Schindler del Peru, por ser los representantes autorizados en el MORDAZA por la MORDAZA matriz de Schindler en Suiza, asimismo por contar con las herramientas, repuestos, partes, accesorios y otros componentes originales de fabrica y por contar con el personal calificado y certificado por la mencionada compania, el cual permitira mantener la operatividad de los ascensores y brindar las facilidades para el desplazamiento del personal que labora en las instalaciones del CGFAP y de los Grupos Aereos Nº 6 y Nº 7; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas en el Informe Legal Nº 002 del 18 junio 2003 efectuado por el Asesor Legal de la Secretaria General FAP que forma parte de la , presente Resolucion, entre otros aspectos se comprueba que la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion de "Concurso Publico" por la causal de "Servicios Personalisimos", se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso h), Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el Articulo 111º del Reglamento de la precitada MORDAZA aprobada con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la que cuenta con los fondos presupuestales necesarios; Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen por servicios personalisimos; Que, para tal efecto el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las contrataciones a que se refiere el Articulo 19º, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, salvo la prevista en el literal b) del mencionado articulo y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. Las Resoluciones o acuerdos senalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe Tecnico-Legal, los cuales seran publicados en el Diario Oficial El Peruano y puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios personalisimos celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales; o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, los Articulos 105º y 116º del citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001 PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para tal efecto la Entidad competente para aprobar la exoneracion designara a la dependencia u organo encargado de llevar a cabo el mencionado MORDAZA, de acuerdo al monto involucrado, su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, el mantenimiento y servicio tecnico de emergencia para los nueve (9) ascensores ubicados en el Cuartel General de la FAP y en los Grupos Aereos Nº 6 y Nº 7, se encuentra financiado con cargo al presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003 en la cadena funcional del Gasto 5.3.11.39 por el importe total de S/. 156,386.38;

Amplian nombramiento de tecnico de la MORDAZA para que continue prestando servicios en la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en Italia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1169-DE/MGP
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 Visto el Oficio P.500-1381 del Director General del Personal de la MORDAZA de fecha 12 junio 2003. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 263 DE/MGP, de fecha 22 marzo 2001, se nombro en mision oficial a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Tecnico 2do. Sad. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios como Auxiliar del Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en Italia, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 21 MORDAZA 2001; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 944 DE/MGP de fecha 29 MORDAZA 2003, se amplio el nombramiento en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del mencionado Tecnico, para que continue prestando servicios en la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en Italia, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 21 MORDAZA 2002; Que, conforme a lo informado en el documento del visto, se ha determinado que corresponde ampliar, en via de regularizacion, el nombramiento del citado Tecnico, al termino de la Mision Diplomatica, a la que fue nombrado con los dispositivos referidos en los considerandos precedentes, dado que por razones del servicio debio permanecer hasta el 7 junio 2003; Que, la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 diciembre 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de fecha 21 junio 2001, y la Resolucion Ministerial Nº 1062 DE/CCFFAA de fecha 1 diciembre 1994, regulan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Mision Diplomatica; Estando a lo recomendado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar en via de regularizacion, el nombramiento en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Tecnico 2do. Sad. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 03794775, para que continue prestando servicios en la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en Italia, a partir del 21 MORDAZA al 7 junio 2003. Articulo 2º.- El citado Tecnico, continuara revistando a ordenes de la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 14312

Autorizan contratar mantenimiento y servicio tecnico de ascensores mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1177-DE/FAP
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2003

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