Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2003 (03/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 3 de agosto de 2003

Estando a lo informado por el Secretario de Adquisiciones y Contrataciones y del Secretario General, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar el mantenimiento y servicio tecnico de emergencia para los nueve (9) ascensores Schindler como "Servicios Personalisimos" y en consecuencia exonerado del MORDAZA de seleccion de "Concurso Publico". Articulo 2º.- Aprobar la contratacion de la empresa Ascensores Schindler, para que realice el mantenimiento y servicio tecnico de emergencia para los nueve ascensores (9) ubicados en las Unidades anteriormente indicadas, disponiendose que las misma se efectue mediante el MORDAZA de seleccion de "Adjudicacion de Menor Cuantia". Articulo 3º.- El monto de los honorarios y gastos de la contratacion a que se refiere el articulo precedente, sera hasta por un valor de Ciento Cincuentiseis Mil Trescientos Ochentiseis y 38/100 Nuevos Soles (S/. 156,386.38), con cargo al presupuesto de Recursos Ordinarios AF-2003 en la cadena funcional del gasto 5.3.11.39. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial sera de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, a la que se remitiran los antecedentes del caso, dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 14313

Autorizan adquisicion de medicamentos para el Hospital Central FAP mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1178 DE/FAP
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Oficio V-67-COFA-SACFA-Nº 0403 del 14 MORDAZA 2003, de la Fuerza Aerea del Peru, por el que solicita la exoneracion de un MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica por "Situacion de Urgencia", para la adquisicion de medicamentos para el Hospital Central FAP; CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 junio 2003, la Fuerza Aerea del Peru convoco al MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica por relacion de items Nº 001-2003-FAP/HCFA para la adquisicion de medicamentos por un valor referencial total de S/. 3'911,066.19 (tres millones novecientos once mil sesenta y seis y 19/100 nuevos soles); Que, con la Resolucion Ministerial Nº 1121-DE/FAP del 10 MORDAZA 2003 se declaro la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica por relacion de items Nº 0012003-FAP/HCFA para la adquisicion de medicamentos por los considerandos en MORDAZA expuestos, retrotrayendo dicho MORDAZA a la etapa de elaboracion de las Bases Administrativas; Que el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su inciso c), indica que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen por "Situacion de Urgencia", y que de acuerdo a lo senalado en el articulo 20º estas exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico - legal previo; Que, el articulo 21º de la citada Ley define como "Situacion de Urgencia" a la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultandola para la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o

cantidad, segun sea el caso necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Entidad MORDAZA las contrataciones y adquisiciones mediante procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia y mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion por cualquier medio de comunicacion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases; y que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, del Informe Tecnico del 14 MORDAZA 2003 del Secretario de Adquisiciones y Contrataciones de la Fuerza Aerea, que forma parte de la presente Resolucion se comprueba que la Fuerza Aerea del Peru convoco en su oportunidad a la Licitacion Publica por relacion de items Nº 001-2003-FAP/HCFAP, a fin de que el Hospital Central de la Fuerza Aerea empiece a ser abastecido con medicamentos a partir del mes de agosto del 2003, pero al promulgarse la Resolucion Ministerial Nº 1121DE/FAP del 10 MORDAZA 2003 con la cual se declarara la Nulidad de Oficio de dicho MORDAZA de seleccion, retrotrayendolo a la etapa de elaboracion de las Bases Administrativas, mas el plazo de Ley de 20 dias utiles que debe de existir entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas, resulta materialmente imposible que dicho nosocomio obtenga los medicamentos que requiere a partir del mes de agosto del presente ano, con lo cual quedaria desabastecido y con la imposibilidad de atender a su poblacion; Que, del Informe Legal de fecha 14 MORDAZA 2003 del Asesor Legal de la Secretaria de Adquisiciones y Contrataciones, que forma parte de la presente Resolucion, se verifica que la solicitud de exoneracion por "Situacion de Urgencia" se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM concordante con el 2º parrafo del Articulo 108º del Reglamento de la precitada MORDAZA aprobado con el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Que, la Ley Nº 26842, "Ley General de Salud", en su Primera MORDAZA del Titulo Preliminar establece que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo y en su Sexta MORDAZA del mismo Titulo, establece que es de interes publico la provision de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institucion que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisiciones y Contrataciones, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aerea del Peru del MORDAZA de Seleccion Licitacion Publica por "Situacion de Urgencia", para la adquisicion de medicamentos para el Hospital Central FAP, hasta por el monto de S/. 1'300,000.00 (un millon trescientos mil con 00/100 nuevos soles) con cargo al presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003, y en la cadena de gastos 5.3.11.30. Articulo 2º.- Autorizar al Comite Especial Permanente del Hospital Central FAP a llevar a cabo el respectivo MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comando de Personal de la Fuerza Aerea del Peru a aprobar las Bases y suscribir el(los) contrato(s) respectivo(s), de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion Ministerial en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion para los fines de control posterior que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 14314

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