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PÆg. 249198 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de agosto de 2003 Visto el Oficio SA-DS-CALLAO-OP-Nº 1530-2003 de la Dirección de Salud I Callao; CONSIDERANDO: Que, en el Artículo 25º del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, se ha establecido quela organización estandarizada de las Direcciones de Salud y sus Órganos Desconcentrados, se establecerán en el Reglamento de Organización y Funciones de las Direccio-nes de Salud, Reglamento de Organización y Funciones delas Direcciones de Red de Salud y Reglamento de Organi-zación y Funciones de los Hospitales, los mismos que seaprobarán mediante Resolución Ministerial; Que, asimismo en la Segunda Disposición Comple- mentaria del Título VI de la norma acotada, se dispone quelos Reglamentos de Organización y Funciones de las Di-recciones de Salud, Institutos Especializados, Direccionesde Red de Salud y Hospitales del departamento de Lima yProvincia Constitucional del Callao se formularán según los modelos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, por Resolución Ministerial Nº 573-2003-SA/DM; se ha aprobado el Reglamento de Organización y Funcionesde las Direcciones de Salud y de las Direcciones de Red deSalud; Que, por Resolución Ministerial Nº 638-2003-SA/DM; se ha aprobado el número, la población asignada y la descrip- ción del ámbito geográfico de las Direcciones de Salud, Di-recciones de Red de Salud y Microrredes de Salud, segúnlo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley delMinisterio de Salud; Que, el Artículo 29º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, ha pre- visto que los Cuadros para Asignación de Personal se apro-barán mediante Resolución Suprema; Que, no obstante lo dispuesto, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657 -Ley del Ministerio de Salud, ha facultado al Ministerio de Salud a modificar los Cuadros para Asignación de Personal y los Presupuestos Analíticos correspondientes, al PliegoMinisterio de Salud y Pliegos de sus Organismos PúblicosDescentralizados; siendo esta última norma la prevalentepor el principio de especialidad que rige la interpretaciónde supuestos de conflicto normativo; Que en cumplimiento de lo establecido por la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley delMinisterio de Salud, aprobado con el D.S. Nº 013-2002-SA,se ha elaborado el Reglamento de Organización y Funcio-nes y el Cuadro para Asignación de Personal, de la Direc-ción de Salud II Lima Sur y de las Direcciones de Red de Salud a su cargo como órganos desconcentrados, docu- mentos de gestión necesarios para proceder a la aproba-ción de los demás instrumentos técnico-normativos; Que, con R.M. Nº 806-92-SA/DM se aprobaron el Re- glamento de Organización y Funciones de las DireccionesSubregionales de Lima y Callao y con R.M. Nº 807-92-SA/ DM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Subregional de Salud I Callao; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y su Reglamento y lo establecidoen el literal (l) del Artículo 8º de la citada Ley; y, Con las visaciones de la Oficina General de Planea- miento Estratégico y de la Oficina General de Asesoría Ju- rídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Salud I Callao que consta desiete (7) títulos, tres (3) capítulos, cuarentidós (42) artícu-los, cuatro (4) disposiciones complementarias, dos (2) dis- posiciones transitorias y un (1) organigrama estructural; que en anexo 1, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Red de Salud Bonilla - LaPunta, que consta de siete (7) títulos, tres (3) capítulos,veintidós (22) artículos, dos (2) disposiciones complemen- tarias, una (1) disposición transitoria y un (1) organigrama estructural; que en anexo 2, forma parte de la presenteResolución. Artículo 3º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Red de Salud BEPECA, queconsta de siete (7) títulos, tres (3) capítulos, veintidós (22) artículos, dos (2) disposiciones complementarias, una (1) disposición transitoria y un (1) organigrama estructural; queen anexo 3, forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Red de Salud Ventanilla, queconsta de siete (7) títulos, tres (3) capítulos, veintidós (22)artículos, dos (2) disposiciones complementarias, una (1) disposición transitoria y un (1) organigrama estructural; que en anexo 4, forma parte de la presente Resolución. Artículo 5º.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección de Salud ICallao, el mismo que consta de cuatro (6) folios y cuatro-cientos y dos (402) cargos clasificados y que en anexo 5,forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6º.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección de Red deSalud Bonilla - La Punta, el mismo que consta de cuatro (4)folios y quinientos cincuenta y dos (552) cargos clasifica-dos y que en anexo 6, forma parte integrante de la presenteResolución. Artículo 7º.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección de Red deSalud BEPECA, el mismo que consta de cuatro (4) folios ycuatrocientos diecinueve (419) cargos clasificados y que enanexo 7, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 8º.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud Ventanilla, el mismo que consta de cuatro (4) folios y cua-trocientos sesenta y tres (463) cargos clasificados y que enanexo 8, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 9º.- Dejar sin efecto la R.M. Nº 806-92-SA/DM, en lo concerniente a la aprobación del anterior Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Subregional de Salud del Callao y la R.M. Nº 807-92-SA/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 14404 Exoneran de proceso de selección la adquisición de material mØdico e insu- mos para el Instituto Especializado de Oftalmología - INO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 857-2003-SA/DM Lima, 31 de julio del 2003 VISTOS: El Oficio Nº 673-2003-DG/INO, el Informe Técnico Nº 054-2003-LOG-INO que incluye el Anexo Nº 01 "Reque-rimiento Urgente de Material Médico e Insumos" visado porlas Jefaturas de Logística y Farmacia y la Dirección Ejecu- tiva de Administración del INO, que consigna el detalle de los bienes con sus valores referenciales para cubrir metasdel 16 al 31 de julio del 2003, el Memorándum Nº 544-2003-DEA-INO, el Memorándum Nº 227-2003-OPLAN-INO, y elOficio Nº 1867-2003-OGAJ e Informe Nº 869-2003-OGAJde la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Artículo 19º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los proce-sos de Licitación Pública, Concurso Público o AdjudicaciónDirecta, según sea el caso, las adquisiciones y contratacio-nes que se realicen en situación de urgencia declaradas de conformidad con dicha norma legal, contrataciones que en virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo legal se realizaránmediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, establece que se considera situa-ción de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e im- previsible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los serviciosesenciales o de las operaciones productivas que la Entidadtiene a su cargo, facultando dicha situación a la adquisiciónde los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o canti-dad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el pro- ceso de selección que corresponda; Que, asimismo el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estable-ce que la situación de urgencia debe entenderse como unamedida temporal ante un hecho de excepción que determi-na una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis- pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se