Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2003 (03/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 3 de agosto de 2003

Visto el Oficio SA-DS-CALLAO-OP-Nº 1530-2003 de la Direccion de Salud I Callao; CONSIDERANDO: Que, en el Articulo 25º del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, se ha establecido que la organizacion estandarizada de las Direcciones de Salud y sus Organos Desconcentrados, se estableceran en el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Salud, Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Red de Salud y Reglamento de Organizacion y Funciones de los Hospitales, los mismos que se aprobaran mediante Resolucion Ministerial; Que, asimismo en la MORDAZA Disposicion Complementaria del Titulo VI de la MORDAZA acotada, se dispone que los Reglamentos de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Salud, Institutos Especializados, Direcciones de Red de Salud y Hospitales del departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao se formularan segun los modelos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, por Resolucion Ministerial Nº 573-2003-SA/DM; se ha aprobado el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Salud y de las Direcciones de Red de Salud; Que, por Resolucion Ministerial Nº 638-2003-SA/DM; se ha aprobado el numero, la poblacion asignada y la descripcion del ambito geografico de las Direcciones de Salud, Direcciones de Red de Salud y Microrredes de Salud, segun lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; Que, el Articulo 29º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, ha previsto que los MORDAZA para Asignacion de Personal se aprobaran mediante Resolucion Suprema; Que, no obstante lo dispuesto, la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud, ha facultado al Ministerio de Salud a modificar los MORDAZA para Asignacion de Personal y los Presupuestos Analiticos correspondientes, al Pliego Ministerio de Salud y Pliegos de sus Organismos Publicos Descentralizados; siendo esta MORDAZA MORDAZA la prevalente por el MORDAZA de especialidad que rige la interpretacion de supuestos de conflicto normativo; Que en cumplimiento de lo establecido por la Tercera Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado con el D.S. Nº 013-2002-SA, se ha elaborado el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal, de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur y de las Direcciones de Red de Salud a su cargo como organos desconcentrados, documentos de gestion necesarios para proceder a la aprobacion de los demas instrumentos tecnico-normativos; Que, con R.M. Nº 806-92-SA/DM se aprobaron el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones Subregionales de MORDAZA y Callao y con R.M. Nº 807-92-SA/ DM se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Subregional de Salud I Callao; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud y su Reglamento y lo establecido en el literal (l) del Articulo 8º de la citada Ley; y, Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento Estrategico y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion de Salud I Callao que consta de siete (7) titulos, tres (3) capitulos, cuarentidos (42) articulos, cuatro (4) disposiciones complementarias, dos (2) disposiciones transitorias y un (1) organigrama estructural; que en anexo 1, forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion de Red de Salud MORDAZA - La Punta, que consta de siete (7) titulos, tres (3) capitulos, veintidos (22) articulos, dos (2) disposiciones complementarias, una (1) disposicion transitoria y un (1) organigrama estructural; que en anexo 2, forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion de Red de Salud BEPECA, que consta de siete (7) titulos, tres (3) capitulos, veintidos (22) articulos, dos (2) disposiciones complementarias, una (1) disposicion transitoria y un (1) organigrama estructural; que en anexo 3, forma parte de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion de Red de Salud Ventanilla, que consta de siete (7) titulos, tres (3) capitulos, veintidos (22)

articulos, dos (2) disposiciones complementarias, una (1) disposicion transitoria y un (1) organigrama estructural; que en anexo 4, forma parte de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Direccion de Salud I Callao, el mismo que consta de cuatro (6) folios y cuatrocientos y dos (402) cargos clasificados y que en anexo 5, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Direccion de Red de Salud MORDAZA - La Punta, el mismo que consta de cuatro (4) folios y quinientos cincuenta y dos (552) cargos clasificados y que en anexo 6, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 7º.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Direccion de Red de Salud BEPECA, el mismo que consta de cuatro (4) folios y cuatrocientos diecinueve (419) cargos clasificados y que en anexo 7, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 8º.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion de Red de Salud Ventanilla, el mismo que consta de cuatro (4) folios y cuatrocientos sesenta y tres (463) cargos clasificados y que en anexo 8, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 9º.- Dejar sin efecto la R.M. Nº 806-92-SA/DM, en lo concerniente a la aprobacion del anterior Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Subregional de Salud del Callao y la R.M. Nº 807-92-SA/DM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 14404

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de material medico e insumos para el Instituto Especializado de Oftalmologia - INO
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 857-2003-SA/DM
MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2003 VISTOS: El Oficio Nº 673-2003-DG/INO, el Informe Tecnico Nº 054-2003-LOG-INO que incluye el Anexo Nº 01 "Requerimiento Urgente de Material Medico e Insumos" visado por las Jefaturas de Logistica y Farmacia y la Direccion Ejecutiva de Administracion del INO, que consigna el detalle de los bienes con sus valores referenciales para cubrir metas del 16 al 31 de MORDAZA del 2003, el Memorandum Nº 544-2003DEA-INO, el Memorandum Nº 227-2003-OPLAN-INO, y el Oficio Nº 1867-2003-OGAJ e Informe Nº 869-2003-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se

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