Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2003 (03/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 3 de agosto de 2003

ley, MORDAZA si su Recurso de Apelacion no se sustenta en diferente interpretacion de pruebas, ni trata de cuestiones de puro derecho como lo exige el Art. 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, conforme con la evaluacion efectuada al presente expediente y habiendose establecido que el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa impugnante, no tiene argumentos que enerven la eficacia juridica de la Resolucion Directoral impugnada; la misma que ha sido expedida en observancia de las disposiciones establecidas por el Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado por D.S. Nº 019-71-IN; acto administrativo que tiene plena validez y eficacia juridica, debiendo en consecuencia declararse infundado el recurso administrativo bajo analisis; y, De conformidad al Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-71-IN del 26.AGO.71, y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, mediante Informe Nº 2701-2003-IN-0203 del 26.MAY.2003; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa de Transportes REPRESENTACIONES MORDAZA EIRL. y en consecuencia la R.D. Nº 429-2003-IN-1703-2 del 25.FEB.2003, queda subsistente en todos sus extremos por encontrarse de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 14407

cion interpuesto por la empresa impugnante, no tiene argumentos que enerven la eficacia juridica de la Resolucion Directoral impugnada; la misma que ha sido expedida en observancia de las disposiciones establecidas por el Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado por D.S. Nº 019-71-IN; acto administrativo que tiene plena validez y eficacia juridica, debiendo en consecuencia declararse infundado el recurso administrativo bajo analisis; y, De conformidad al Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado por Decretos Supremo Nº 01971-IN de 26.AGO.71, y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, mediante Informe Nº 2438-2003-IN-0204 del 14.MAY.2003; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa de Transportes REPRESENTACIONES MORDAZA EIRL, y en consecuencia la R.D. Nº 362-2002-IN-1703-2 del 14.FEB.2003, queda subsistente en todos sus extremos por encontrarse de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 14408

Aceptan renuncia del Secretario Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1316-2003-IN/0103
MORDAZA, 1 de agosto del 2003 Vista, la renuncia que al cargo de Secretario Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, formula el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA FALCON; CONSIDERANDO:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1263-2003-IN-1703-2
MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2003 VISTO, el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa de Transportes REPRESENTACIONES MORDAZA EIRL., representada por el Sr. MORDAZA H. MORDAZA VARA contra la R.D. Nº 362-2003-IN-1703-2 del 14.FEB.2003. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 362-2003-IN1703-2 del 14.FEB.2003, se resuelve declarar improcedente el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la Empresa de Transportes REPRESENTACIONES MORDAZA EIRL, contra la R.D. Nº 2853-2002-IN-1703-2 del 31.DIC.2002, que se le impone una multa de UNA (1) UIT, por infraccion al articulo 179º inciso g) del D.S. Nº 019-71-IN, por realizar el transporte de explosivos en vehiculo no autorizado por la DICSCAMEC; Que, con Registro Nº 301590 del 11.MAR.2003, la empresa recurrente interpone Recurso de Apelacion contra la R.D. Nº 362-2003-IN-1703-2 del 14.FEB.2003, argumentando que no se ha incurrido en infraccion administrativa al haber realizado el transporte en vehiculo autorizado y que han recurrido al transporte con la unidad vehicular de placa XI-9082, por efecto de desperfecto mecanico que ha sufrido el vehiculo que transportaba la carga explosiva de uso civil; Que, del estudio y analisis de los actuados, se aprecia que la diferente interpretacion de las pruebas producidas en que sustenta su Recurso Administrativo de Apelacion la empresa recurrente; no varian los fundamentos que motivaron la expedicion de la Resolucion Directoral impugnada, MORDAZA si se tiene en cuenta que los vehiculos a utilizarse en el transporte de explosivos, deben contar con permanente mantenimiento para evitar su detencion por fallas mecanicas, disposiciones contempladas en el articulo 108º del Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado por D.S. Nº 019-71 del 26.AGO.71, disposiciones que no cumplio la citada empresa de transportes , mas aun si el vehiculo de placa XI-9082 que presento desperfectos, incluso no contaba con la autorizacion correspondiente, conforme aparece de la Devolucion Nº 34-2002-IN-1703-2 del 16.SET.2002; Que, el articulo 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Recurso de Apelacion se interpondra cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho; De conformidad con la evaluacion efectuada al presente expediente y habiendose establecido que el Recurso de Apela-

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0367-2003-IN0102 de fecha 19 de marzo de 2003, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Secretario Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior; De conformidad con lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, concordante con la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos - Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar a partir de la fecha de la presente Resolucion, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Secretario Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 14527

Designan Secretario Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1317-2003-IN/0103
MORDAZA, 1 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior;

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