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PÆg. 249940 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de agosto de 2003 Y, en uso de las atribuciones conferidas por el artícu- lo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo, la ABSTENCIÓN del Regidor JUAN BALDEON SURI- CHAQUI y dispensa del trámite de lectura y aprobacióndel Acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- RECONOCER la autonomía de las competencias otorgadas a esta Municipalidad Distrital envirtud de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley General de Tránsi-to y Transportes - Ley Nº 27181, Ley de Transporte Publi- co Especial para Pasajeros en Vehículos Menores - Ley Nº 27189 y su Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC, De-creto Supremo Nº 040-2001-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte. Artículo Segundo.- SOLICITAR al Ministerio de Trans- portes la DEROGATORIA del Decreto Supremo Nº 032- 2003-MTC, por ser contrario a lo dispuesto por las nor- mas mencionadas en el artículo primero. Artículo Tercero.- SOLICITAR al Tribunal Constitu- cional la INCONSTITUCIONALIDAD del Decreto Supre- mo Nº 032-2003-MTC. Artículo Cuarto.- RECONOCER la vigencia de nues- tra competencia para autorizar el servicio de transporte especial en vehículos menores en nuestra jurisdicción. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección de Desa- rrollo Urbano otorgar las autorizaciones para la presta- ción del servicio especial para pasajeros en vehículosmenores en estricto cumplimiento de lo dispuesto por las normas invocadas en el artículo primero, en aquellas zonas que no cuenten con una persona jurídica autoriza-da, siempre que se acredite la necesidad del servicio, la capacidad de la zona y demanda de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 15352 Solicitan a la Municipalidad Metropo- litana de Lima que delegue facultad para formalizar servicio de transporte colectivo en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 055 San Juan de Lurigancho, 22 de julio de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley General de Transporte y Trán- sito Terrestre - Ley Nº 27181, dispone que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios; Que, asimismo, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, que aprobó el Reglamento Nacional de Ad- ministración de Transporte, dispone que los servicios de trans-porte terrestre de carácter público de personas y/o mercan- cías, incluyendo sus instalaciones complementarias, son de necesidad y utilidad pública y de preferente interés nacional; Que, en el distrito de San Juan de Lurigancho, se viene prestando el servicio de Transporte de Taxi Colectivo en for- ma informal, existiendo un promedio de 139 operadores,que brindan servicio a las poblaciones de los Asentamientos Humanos de Miguel Grau, Huáscar (parte Alta), Belén, San Fernando, Proyecto Integral el Arenal Alto de Canto Gran-de, Asociación Pro Vivienda Los Pinos, trasladándolos a los mercados y zonas aledañas; Que, a la fecha existen expedientes presentados por personas jurídicas que solicitan la renovación de su au-torización para la prestación de esta modalidad del ser- vicio, autorizaciones otorgadas por la anterior gestión noobstante que la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, norma vigente a ese momento y las normas antes mencionadas no otorgaba la competencia a lasmunicipalidades distritales; Que, hasta la fecha no existe una regulación dada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, no obstante te-ner competencia especial para regular esta modalidad de transporte tal como lo dispone el artículo 161º inciso 7.7 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972,concordante con el artículo 17º de la Ley Nº 27181 y los artículos 7º y 15º del Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC; Que, el artículo IV del Titulo Preliminar de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades - Ley Nº 27972, dispone que los go- biernos locales representan al vecindario, promueven la ade- cuada prestación de los servicios públicos locales y el desa-rrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 160º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que la alcaldía metropolitanapuede disponer la delegación de funciones especificas a sus municipalidades distritales; Que, en consecuencia siendo una necesidad para la población de San Juan de Lurigancho la prestación del servicio de transporte bajo la modalidad del colectivo en esta jurisdicción bajo condiciones de seguridad y calidaden resguardo de sus usuarios; Y, en uso de las atribuciones conferidas por el artícu- lo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo, con las ABSTENCIONES de los REGIDORES JUAN BAL- DEÓN SURICHAQUI, ROMER LAYME ESCOBAR, JOELESTRAVER TORRES Y JENNY ORTEGA FLORES y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- RECONOCER la necesidad que en el distrito de San Juan de Lurigancho se formalice el servicio de transporte colectivo bajo condiciones de se- guridad y calidad en beneficio de su población. Artículo Segundo.- SOLICITAR a la Municipalidad Metropolitana de Lima la delegación de la facultad específica de regular y autorizar la prestación del servicio de transportecolectivo dentro de la jurisdicción de San Juan de Lurigancho. Artículo Tercero.- DISPONER que la Comisión Permanente de Proceso Administrativo Disciplinario eva-lúe las acciones administrativas contra los funcionarios responsables de la emisión de las autorizaciones indebi- das en materia de transporte colectivo y de la inclusiónde la facultad de autorizar dicha modalidad a través del Texto Único de Procedimiento Administrativo. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR al Alcalde en coordinación con la Dirección de Desarrollo Urbano, la realización de los trámites correspondientes ante la Mu- nicipalidad Metropolitana de Lima, para la obtención dela delegación de la facultad específica mencionada en el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 15355 Respaldan demanda de inconstitucio- nalidad presentada por diversas auto- ridades municipales contra artículo 9”, inciso 22), de la Ley OrgÆnica de Muni-cipalidades ACUERDO DE CONCEJO Nº 056 San Juan de Lurigancho, 22 de julio de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha la Moción de Orden del Día presentada por el Regidor Neptalí Carpio